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Documento BOE-A-2016-10553

Resolución de 26 de octubre de 2016, del Departamento de Justicia, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por Resolución de 29 de junio de 2016, en el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Cataluña.

Publicado en:
«BOE» núm. 275, de 14 de noviembre de 2016, páginas 79101 a 79102 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2016-10553

TEXTO ORIGINAL

Visto lo que disponen la base reguladora novena de la Resolución JUS/1729/2016, de 29 de junio, por la que se convoca concurso específico para la provisión de un puesto de trabajo del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Cataluña («DOGC» núm. 7163, de 15.7.2016, y «BOE» núm. 170, de 15.7.2016), así como el artículo 51 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de justicia;

En uso de las competencias que me atribuye la normativa vigente, resuelvo:

1. Adjudicar, con carácter definitivo, el puesto de jefe de la Sección de Formación, Docencia e Investigación Forense del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Cataluña al señor Joan Ignasi Galtés Vicente, con destino en la División de Barcelona Ciudad y L’Hospitalet de Llobregat, partido judicial de L’Hospitalet de Llobregat.

2. De conformidad con la base décima de la Resolución de convocatoria, el plazo de toma de posesión será de tres días naturales si no implica cambio de localidad del funcionario; ocho días naturales si implica cambio de localidad dentro de Cataluña y veinte días naturales si implica cambio de comunidad autónoma.

Este plazo de toma de posesión empezará a contar a partir del día siguiente al del cese, que se tendrá que efectuar dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución definitiva del concurso en el «DOGC» y en el «BOE», o a partir de la publicación en el «DOGC» en el caso de que la publicación de esta convocatoria no se haga de manera simultánea en el «BOE» y en el «DOGC».

Información sobre los recursos que se pueden interponer:

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el consejero de Justicia en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el último diario oficial («BOE» o «DOGC») en que esta Resolución se haya publicado, de acuerdo con lo que establecen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 77 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, o bien recurso contencioso administrativo ante los juzgados contenciosos administrativos de Barcelona, o ante el juzgado en cuya circunscripción tenga el domicilio la persona recurrente, a su elección, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo que disponen los artículos 8.2.a), 14.1.2.ª, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ambos plazos a contar a partir del día siguiente de su publicación en el último diario oficial («BOE» o «DOGC»). Transcurrido un mes desde la interposición del recurso de reposición sin que se notifique la resolución, se podrá entender desestimado y se podrá interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de seis meses a contar a partir del día siguiente del día en que se produzca el acto presunto desestimatorio del recurso.

Igualmente, las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 26 de octubre de 2016.–El Consejero de Justicia, P. D. (Resolución JUS/820/2016, de 31 de marzo de 2016), la Secretaria de Relaciones con la Administración de Justicia, Patrícia Gomà i Pons.

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