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Documento BOE-A-2016-10586

Resolución de 26 de octubre de 2016, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Acuerdo de modificación del Convenio colectivo de Kidsco Balance, SL.

Publicado en:
«BOE» núm. 275, de 14 de noviembre de 2016, páginas 79296 a 79298 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2016-10586
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2016/10/26/(3)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del acta en la que se contiene el acuerdo de modificación del Convenio colectivo de la empresa Kidsco Balance, SL (código de convenio n.º 90101622012013), publicado en el «BOE» de 31 de octubre de 2014, que fue suscrito con fecha 23 de septiembre de 2016, por los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma y, de otra, por el Comité de empresa y Delegados de personal en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada acta en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro directivo, con notificación a la Comisión negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 26 de octubre de 2016.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

COMISIÓN NEGOCIADORA DE CONVENIO
Acta número 4/2016

En el domicilio social de la empresa Kidsco Balance, S.L., calle Gobelas, n.º 19, siendo las 12:00 horas del 23 de septiembre de 2016, se reúnen la representación de la empresa y los representantes de los trabajadores integrantes de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo: Doña M.ª Isabel Mérida Ruiz, doña Mónica Sánchez Moreno y don Eduardo Torres Aragoncillo.

Constituida la Comisión Negociadora del convenio con el objeto de proceder a negociar una posible revisión salarial, ambas partes han alcanzado por unanimidad acuerdo al efecto y a tal fin suscriben la presente acta de cierre y acuerdo para proceder a modificar el convenio colectivo de los centros de trabajo de Madrid, Sevilla y Murcia de la empresa KIDSCO Balance, SL, en orden a incorporar y proceder a la revisión salarial pactada con la consiguiente actualización de las tablas salariales.

A tal fin se suscribe la presente acta con los siguientes acuerdos:

Primero. Incremento salarial.

Se acuerda un incremento salarial de un 5 % del salario base de convenio para todos los grupos profesionales y con efectos del 1 de septiembre de 2016.

Segundo. Modificación del artículo 27 del convenio.

A tal efecto se acuerda modificar el artículo 27 del Convenio, cuya nueva redacción queda de la siguiente forma:

«Artículo 27.

1. De conformidad con el articulo 84.2 ET se determinan las tablas salariales aplicables en el ámbito de aplicación del presente convenio quedando incorporadas como anexo III a la presente acta.

2. Con efectos de 1 de septiembre de 2016 se incrementará en un 5 % el salario base establecido en dichas tablas. Para futuras actualizaciones se requerirá el acuerdo expreso de los sujetos firmantes del presente convenio».

Tercero. Actualización tablas salariales.

A efectos de la aplicación del incremento salarial se actualizan las tablas salariales que quedan incorporadas como Anexo a la presente acta para su publicación.

Cuarto. Inscripción y publicación.

La presente acta será presentada para su inscripción y publicación conforme se establece legal y reglamentariamente. A tal fin, se acuerda la delegación a doña Pilar Valiente Bonilla, responsable del departamento de laboral, de cuantas gestiones y trámites sean necesarios para proceder a dicho registro y publicación del acuerdo.

Habiéndose alcanzado el presente acuerdo en la Comisión negociadora se suscribe la presente acta final de acuerdo.

Sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión.

En Madrid a 23 de septiembre de 2016.

ANEXO III
(Salarios)

Sección

GP

Puesto de trabajo

Salario anual

Salario mensual

(14 pagas)

1. Escuelas Infantiles.

I

Director/a.

15.271,20

1.090,80

III

Coordinador/a.

11.453.40

818,10

IV

Educador/a Maestro/a.

11.298,78

807,06

IX

Personal de Apoyo.

9.631,44

687,96

I

Psicopedagogo/a.

15.271,20

1.090,80

III

Enfermero/a.

11.453.40

818,10

2. Servicios.

VIII

Cocinero/a.

9.911,90

707,99

IX

Ayudante de Cocina.

9.631,44

687,96

VIII

Limpiador/a.

9.911,90

707,99

VIII

Personal de Mantenimiento.

9.911,90

707,99

I

Pediatra.

15.271,20

1.090,80

3. Administración.

I

Director/a Departamento.

15.271,20

1.090,80

III

Responsable / Coordinador/a.

11.453.40

818,10

VI

Oficial Administrativo.

10.180,80

727,20

IX

Auxiliar Administrativo.

9.631,44

687,96

4. Actividades Lúdicas.

Extraescolares.

Ludotecas.

II

Coordinador/a de Proyectos.

13.413,20

958,09

V

Coordinador/a act. Lúdicas.

10.817,10

772,65

IX

Monitor Multidisciplinar.

9.631,44

687,96

VII

Socorrista.

10.053,54

718,11

VIII

Limpiador/a.

9.631,44

687,96

I

Médico.

15.271,20

1.090,80

III

Enfermero/a

11.453.40

818,10

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 26/10/2016
  • Fecha de publicación: 14/11/2016
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 27 y ACTUALIZA las tablas salariales del Convenio publicado por Resolución de 20 de octubre de 2014 (Ref. BOE-A-2014-11202).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
Materias
  • Centros de enseñanza
  • Convenios colectivos
  • Educación Infantil

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