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Documento BOE-A-2016-11620

Resolución de 30 de noviembre de 2016, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación, por la que se modifican convocatorias de ayudas aprobadas en los años 2013, 2014 y 2015 en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016, en materia de conceptos susceptibles de gasto.

Publicado en:
«BOE» núm. 294, de 6 de diciembre de 2016, páginas 85444 a 85448 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía, Industria y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2016-11620

TEXTO ORIGINAL

La compensación y retribución de los trabajos realizados por personal investigador durante las campañas oceanográficas y la actividad de investigación en bases o instalaciones polares en el ámbito de los Organismos Públicos de Investigación (OPIs) se encuentra actualmente regulada por una Resolución de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, de 14 de marzo de 2016.

Esta resolución establece un régimen de resarcimiento que se basa en la posibilidad de que tales organismos soliciten al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas la formulación de una productividad adicional destinada a retribuir las actuaciones desarrolladas por el personal que participe en campañas de investigación oceanográfica o desarrolle trabajos de investigación en bases o instalaciones polares.

Hasta el año 2015, el régimen de resarcimiento para estos trabajos se había basado en el acuerdo de la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones (CECIR) de 27 de marzo de 1996, para el IEO y Acuerdo de 26 de septiembre de 2001, para el CSIC, que establecían un módulo por penosidad, atendiendo a importes derivados de puntos acumulados según días de navegación, y en un resarcimiento asociado a un porcentaje del importe establecido para la manutención en las comisiones de servicio. Ambas resoluciones quedaron sin efecto por el Acuerdo de la CECIR de 25 de noviembre de 2015.

Ante la implantación del nuevo sistema de resarcimiento basado en la formulación de complementos de productividad para el personal implicado en las campañas oceanográficas y la actividad de investigación en bases o instalaciones polares, se considera muy conveniente darles cabida en los conceptos susceptibles de gasto en las convocatorias de proyectos de investigación financiados en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016, tanto en el Programa Estatal de Fomento de la I+D+I de Excelencia como en el Programa Estatal de I+D+I orientada a los Retos de la Sociedad, mediante la oportuna modificación de dichas convocatorias.

Se pretende con ello responder a la demanda de los OPIs pero también de las universidades y otros organismos de investigación que se encuentran ante semejantes necesidades de compensación.

Mediante el Real Decreto 1067/2015, de 27 de noviembre, se ha creado la Agencia Estatal de Investigación y se ha aprobado su Estatuto.

En cumplimiento de lo dispuesto en la disposición adicional primera del Real Decreto 1067/2015, de 27 de noviembre, la Agencia Estatal de Investigación se ha constituido de manera efectiva mediante la celebración de la sesión constitutiva de su Consejo Rector, que ha tenido lugar el día 20 de junio de 2016.

De conformidad con el Real Decreto 1067/2015, de 27 de noviembre, la Agencia Estatal de Investigación ha asumido la gestión de las ayudas del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación que tiene atribuida el Ministerio de Economía y Competitividad a través de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, sin perjuicio de las competencias que en materia de gestión de préstamos y anticipos reembolsables mantiene la indicada Secretaría de Estado.

En virtud de todo lo expuesto, se resuelve:

Artículo 1. Modificación de la Resolución de 5 de noviembre de 2013, de la Secretaria de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2013 del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes al Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia, Subprograma Estatal de Generación de Conocimiento, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.

La Resolución de 5 de noviembre de 2013, de la Secretaria de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2013 del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes al Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia, Subprograma Estatal de Generación de Conocimiento, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de fecha 6 de noviembre de 2013, dictada al amparo de la Orden ECC/1779/2013, de 30 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas de varios subprogramas del Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016, queda modificada de la siguiente manera:

En el artículo 20 (conceptos susceptibles de ayuda), punto 7, se añade un apartado j) que queda redactado de la siguiente forma:

«j) Complementos salariales abonados por los beneficiarios a los miembros del equipo de investigación y equipo de trabajo que participen en campañas oceanográficas ejecutadas con fecha posterior al 25 de noviembre de 2015, a bordo de los buques gestionados por la Comisión de Coordinación y Seguimiento de las Actividades de los Buques Oceanográficos (COCSABO) y en campañas Antárticas en las Bases Españolas, por una cuantía diaria máxima de 55 €. En caso de imputar gastos en concepto de complementos salariales según lo anteriormente indicado, no serán elegibles las cantidades por dietas de alojamiento y/o manutención, respecto a los mismos miembros del equipo y por las mismas actividades.»

Artículo 2. Modificación de la Resolución de 5 de noviembre de 2013, de la Secretaria de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2013 del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes al Programa Estatal de Investigación, Desarrollo e Innovación orientada a los Retos de la Sociedad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.

La Resolución de 5 de noviembre de 2013, de la Secretaria de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2013 del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes al Programa Estatal de Investigación, Desarrollo e Innovación orientada a los Retos de la Sociedad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de fecha 6 de noviembre de 2013, dictada al amparo de la Orden ECC/1780/2013, de 30 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas del Programa Estatal de Investigación, Desarrollo e Innovación orientada a los Retos de la Sociedad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016, queda modificada de la siguiente manera:

En el artículo 20 (conceptos susceptibles de ayuda), punto 7, se añade un apartado j) que queda redactado de la siguiente forma:

«j) Complementos salariales abonados por los beneficiarios a los miembros del equipo de investigación y equipo de trabajo que participen en campañas oceanográficas ejecutadas con fecha posterior al 25 de noviembre de 2015, a bordo de los buques gestionados por la Comisión de Coordinación y Seguimiento de las Actividades de los Buques Oceanográficos (COCSABO) y en campañas Antárticas en las Bases Españolas, por una cuantía diaria máxima de 55 €. En caso de imputar gastos en concepto de complementos salariales según lo anteriormente indicado, no serán elegibles las cantidades por dietas de alojamiento y/o manutención, respecto a los mismos miembros del equipo y por las mismas actividades.»

Artículo 3. Modificación de la Resolución de 1 de agosto de 2014, de la Secretaria de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2014 del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes al Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia, Subprograma Estatal de Generación de Conocimiento, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.

La Resolución de 1 de agosto de 2014, de la Secretaria de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2014 del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes al Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia, Subprograma Estatal de Generación de Conocimiento, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de fecha 8 de agosto de 2014, dictada al amparo de la Orden ECC/1779/2013, de 30 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas de varios subprogramas del Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016, queda modificada de la siguiente manera:

En el artículo 20 (conceptos susceptibles de ayuda), punto 6, se añade un apartado j) que queda redactado de la siguiente forma:

«j) Complementos salariales abonados por los beneficiarios a los miembros del equipo de investigación y equipo de trabajo que participen en campañas oceanográficas ejecutadas con fecha posterior al 25 de noviembre de 2015, a bordo de los buques gestionados por la Comisión de Coordinación y Seguimiento de las Actividades de los Buques Oceanográficos (COCSABO) y en campañas Antárticas en las Bases Españolas, por una cuantía diaria máxima de 55 €. En caso de imputar gastos en concepto de complementos salariales según lo anteriormente indicado, no serán elegibles las cantidades por dietas de alojamiento y/o manutención, respecto a los mismos miembros del equipo y por las mismas actividades.»

Artículo 4. Modificación de la Resolución de 6 de agosto de 2014, de la Secretaria de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2014 del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes al Programa Estatal de Investigación, Desarrollo e Innovación orientada a los Retos de la Sociedad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.

La Resolución de 6 de agosto de 2014, de la Secretaria de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2014 del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes al Programa Estatal de Investigación, Desarrollo e Innovación orientada a los Retos de la Sociedad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de fecha 8 de agosto de 2014, dictada al amparo de la Orden ECC/1780/2013, de 30 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas del Programa Estatal de Investigación, Desarrollo e Innovación orientada a los Retos de la Sociedad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016, queda modificada de la siguiente manera:

En el artículo 20 (conceptos susceptibles de ayuda), punto 6, se añade un apartado j) que queda redactado de la siguiente forma:

«j) Complementos salariales abonados por los beneficiarios a los miembros del equipo de investigación y equipo de trabajo que participen en campañas oceanográficas ejecutadas con fecha posterior al 25 de noviembre de 2015, a bordo de los buques gestionados por la Comisión de Coordinación y Seguimiento de las Actividades de los Buques Oceanográficos (COCSABO) y en campañas Antárticas en las Bases Españolas, por una cuantía diaria máxima de 55 €. En caso de imputar gastos en concepto de complementos salariales según lo anteriormente indicado, no serán elegibles las cantidades por dietas de alojamiento y/o manutención, respecto a los mismos miembros del equipo y por las mismas actividades.»

Artículo 5. Modificación de la Resolución de 17 de junio de 2015, de la Secretaria de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2015 del procedimiento de concesión de ayudas a proyectos de I+D correspondientes al Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia, Subprograma Estatal de Generación de Conocimiento, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.

La Resolución de 17 de junio de 2015, de la Secretaria de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2015 del procedimiento de concesión de ayudas a proyectos de I+D correspondientes al Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia, Subprograma Estatal de Generación de Conocimiento, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de fecha 23 de junio de 2015, dictada al amparo de la Orden ECC/1779/2013, de 30 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas de varios subprogramas del Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016, queda modificada de la siguiente manera:

En el artículo 20 (conceptos susceptibles de ayuda) punto 5 se añade un apartado o) que queda redactado de la siguiente forma:

«o) Complementos salariales abonados por los beneficiarios a los miembros del equipo de investigación y equipo de trabajo que participen en campañas oceanográficas ejecutadas con fecha posterior al 25 de noviembre de 2015, a bordo de los buques gestionados por la Comisión de Coordinación y Seguimiento de las Actividades de los Buques Oceanográficos (COCSABO) y en campañas Antárticas en las Bases Españolas, por una cuantía diaria máxima de 55 €. En caso de imputar gastos en concepto de complementos salariales según lo anteriormente indicado, no serán elegibles las cantidades por dietas de alojamiento y/o manutención, respecto a los mismos miembros del equipo y por las mismas actividades.»

Artículo 6. Modificación de la Resolución de 17, de junio de 2015, de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2015 del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes al Programa Estatal de Investigación, Desarrollo e Innovación orientada a los Retos de la Sociedad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.

La Resolución 17 de junio de 2015, de la Secretaria de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2015 del procedimiento de concesión de ayudas a proyectos de I+D+I correspondientes al Programa Estatal de Investigación, Desarrollo e Innovación orientada a los Retos de la Sociedad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de fecha 23 de junio de 2015, dictada al amparo de la ECC/1780/2013, de 30 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas del Programa Estatal de Investigación, Desarrollo e Innovación orientada a los Retos de la Sociedad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016, queda modificada de la siguiente manera:

En el artículo 20 (conceptos susceptibles de ayuda), punto 5, se añade un apartado o) que queda redactado de la siguiente forma:

«o) Complementos salariales abonados por los beneficiarios a los miembros del equipo de investigación y equipo de trabajo que participen en campañas oceanográficas ejecutadas con fecha posterior al 25 de noviembre de 2015, a bordo de los buques gestionados por la Comisión de Coordinación y Seguimiento de las Actividades de los Buques Oceanográficos (COCSABO) y en campañas Antárticas en las Bases Españolas, por una cuantía diaria máxima de 55 €. En caso de imputar gastos en concepto de complementos salariales según lo anteriormente indicado, no serán elegibles las cantidades por dietas de alojamiento y/o manutención, respecto a los mismos miembros del equipo y por las mismas actividades.»

Disposición final única. Eficacia.

Esta resolución surtirá efectos desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 30 de noviembre de 2016.–La Secretaria de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación y Presidenta de la Agencia Estatal de Investigación, Carmen Vela Olmo.

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