Está Vd. en

Documento BOE-A-2016-199

Resolución de 28 de diciembre de 2015, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda al Convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Junta de Castilla y León, para impartir las enseñanzas de formación profesional de grado superior en los centros docentes militares de formación de suboficiales de las Fuerzas Armadas, en el año 2015.

Publicado en:
«BOE» núm. 7, de 8 de enero de 2016, páginas 1167 a 1171 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2016-199

TEXTO ORIGINAL

La Subsecretaria del Ministerio de Defensa, el Secretario de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Consejera de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Castilla y León han suscrito, con fecha 6 de octubre de 2015, una Adenda al Convenio de colaboración para impartir las enseñanzas de Formación Profesional de Grado Superior en los Centros Docentes Militares de Formación de Suboficiales de las Fuerzas Armadas en el año 2015.

Para general conocimiento y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se dispone la publicación de la referida Adenda al Convenio de colaboración, como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 28 de diciembre de 2015.–El Subsecretario de la Presidencia, Federico Ramos de Armas.

ANEXO
Adenda entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Junta de Castilla y León, al Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y las Comunidades de Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla-León, Galicia, Madrid y Región de Murcia, firmado el 24 de marzo de 2015, para impartir las enseñanzas de Formación Profesional de Grado Superior en los Centros Docentes Militares de Formación de Suboficiales de las Fuerzas Armadas, en el año 2015

En León, a 6 de octubre de 2015

REUNIDOS

De una parte, la Sra. doña Irene Domínguez-Alcahud Martín-Peña, Subsecretaria de Defensa, nombrada por Real Decreto 36/2012, de 5 de enero, en nombre y representación del Ministerio de Defensa, por delegación de firma del Sr. Ministro de Defensa, expresamente concedida para este acto, de conformidad con la Orden DEF/3015/2004, de 17 de septiembre, sobre delegación de competencias en autoridades del Ministerio de Defensa en materia de convenios de colaboración.

De otra parte, el Sr. don Marcial Marín Hellín, Secretario de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, actuando en nombre y representación de dicho Ministerio, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 603/2015, de 3 de julio, por el que se efectúa su nombramiento, y en virtud de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, artículo 14.6.

Y de otra, el Sr. don Fernando Rey Martínez, Consejero de Educación de la Junta de Castilla y León.

Las partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y

EXPONEN

Primero.

Que el 24 de marzo de 2015, se suscribió el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y las Comunidades de Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla-León, Galicia, Madrid y Región de Murcia, para impartir las enseñanzas de Formación Profesional de Grado Superior en los Centros Docentes Militares de Formación de Suboficiales de las Fuerzas Armadas.

Segundo.

Que la cláusula séptima del citado convenio establece la creación de una Comisión de Seguimiento mixta, entre cuyas funciones se encuentran las de aprobar las actividades docentes a realizar así como, proponer para cada ejercicio presupuestario las titulaciones a impartir, el número de profesores y el importe a abonar por el Ministerio de Defensa.

Tercero.

Que según establece la cláusula segunda del convenio, le corresponde al Ministerio de Defensa la financiación del coste del personal docente que preste servicios en los centros docentes militares de formación.

Cuarto.

Que según establece la cláusula sexta del convenio, con carácter anual, las autoridades firmantes, a propuesta de la Comisión de Seguimiento, acordarán una adenda al referido convenio en la que se concretarán, para dicho año económico, las titulaciones a impartir, número de profesores necesarios, cuantías de sus retribuciones, la aplicación presupuestaria del Ministerio de Defensa con la que se hará frente al gasto y la forma de efectuar su pago a la Comunidad de Castilla y León.

En consecuencia, las partes acuerdan suscribir esta adenda que se regirá por las siguientes.

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la adenda.

El objeto de esta adenda es acordar el número de profesores que es preciso sean cedidos por la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León para impartir en el año 2015 las titulaciones de formación profesional de grado superior.

Igualmente, acordar el régimen de dicho profesorado, las cuantías de sus retribuciones y la forma en que el Ministerio de Defensa hará frente a los gastos que ocasione la cesión, de este personal docente.

Segunda. Titulaciones a impartir y centros.

Durante el año 2015 se impartirán las titulaciones de técnico superior siguientes:

Academia Básica del Aire (ABA) en León

Especialidad fundamental

Titulación

Técnico Superior Formación Profesional En

Protección y apoyo a la fuerza.

Sistemas de telecomunicación e informáticos.

Control aéreo y sistemas de información y telecomunicaciones.

Mantenimiento Operativo.

Mantenimiento Aeromecánico.

Academia de Caballería del Ejército de Tierra (ACAB) en Valladolid

Especialidad fundamental

Titulación

Técnico Superior Formación Profesional En

Caballería.

Asistencia a la dirección.

Academia de Artillería del Ejército de Tierra (ACART) en Segovia

Especialidad fundamental

Titulación

Técnico Superior Formación Profesional En

Artillería de campaña.

Mecatrónica industrial y administración de sistemas informáticos en red (se dan las dos titulaciones a las dos especialidades).

Artillería antiaérea.

Tercera. Aportaciones de la Consejería de Educación.

Le corresponde a la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León proporcionar el personal docente siguiente:

Academia Básica del Aire (ABA) en León:

De 1 de enero a 31 de diciembre 2015: once (11) profesores a jornada completa, con los siguientes requisitos:

Cinco Profesores del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria de Sistemas electrónicos.

Tres Profesores del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, de Equipos Electrónicos.

Un Profesor del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria especialidad FOL.

Dos Profesores del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria especialidad Inglés.

Incremento de profesorado del 1 de enero a 30 de junio 2015: un (1) profesor a media jornada con los siguientes requisitos:

Un Profesor del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria especialidad FOL(a media jornada:10 horas).

Cargos:

Un Profesor Coordinador (Jefe de Estudios Adjunto).

Un Profesor Jefe de Departamento.

Academia de Caballería del Ejército de Tierra (ACAB) en Valladolid:

De 1 de enero a 31 de diciembre: Seis (6) Profesores a jornada completa con los siguientes requisitos:

Cuatro Profesores del cuerpo de profesores de Enseñanza Secundaria de Administración de Empresa.

Un Profesor del cuerpo de profesores Técnicos de FP, especialidad Procesos de Gestión Administrativa.

Un Profesor del cuerpo de profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad Inglés.

De 1 de enero a 15 de julio: Dos (2) Profesores a jornada completa y uno (1) a media jornada con los siguientes requisitos:

Un Profesor del cuerpo de profesores Técnicos de FP, especialidad Procesos de Gestión Administrativa.

Un Profesor del cuerpo de profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad lengua francesa.

Un Profesor a media jornada del cuerpo de profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad Inglés.

Cargos:

Un Profesor Coordinador (Jefe de Estudios Adjunto).

Un Profesor Jefe de Departamento.

Academia de Artillería del Ejército de Tierra (ACART) en Segovia.

De 1 de enero a 31 de diciembre: Doce (12) profesores a jornada completa con los siguientes requisitos:

Un Profesor del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad de Organización y Proyectos de fabricación mecánica.

Dos Profesores del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad de Mecanizado y Mantenimiento de máquinas.

Un Profesor del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad de Instalaciones electrotécnicas.

Dos Profesores del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad Informática.

Un Profesor del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad de Sistemas y aplicaciones informáticas.

Un Profesor del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad FOL.

Cuatro Profesores del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad Inglés.

De 1 de enero a 15 de julio: Dos (2) Profesores a jornada completa y 1 a media jornada con los siguientes requisitos:

Dos Profesores del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad Organización y Proyectos de fabricación mecánica.

Un Profesor del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad Informática. (a media jornada).

Cargos:

Un Profesor Coordinador (Jefe de Estudios Adjunto).

Dos Profesores Jefes de Departamento.

Cuarta. Régimen del personal docente objeto de esta adenda.

El personal docente estará sujeto al régimen de derechos y obligaciones establecidos en la cláusula quinta del convenio de colaboración suscrito el 24 de marzo de 2015.

Quinta. Aportaciones del Ministerio de Defensa.

El coste máximo previsto para la prestación de este servicio es de un millón trescientos mil euros (1.300.000 €) para el periodo comprendido desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2015, con cargo a la aplicación presupuestaria 14.01.121N.450 correspondiente al ejercicio económico 2015.

A tal efecto, y conforme a lo previsto en la cláusula sexta del Convenio de colaboración de 24 de marzo de 2015, se establecerá el siguiente calendario:

A la finalización de cada uno de los semestres de 2015, se abonará la cantidad requerida por la Comunidad de Castilla y León, en función de los costes derivados de los haberes devengados por los profesores en dicho semestre. A tal efecto, por los jefes de estudio adjuntos de cada centro se certificará, en cada uno de los periodos citados, el número y especialidad de los profesores que imparten los correspondientes títulos de Formación Profesional, y la Comunidad de Castilla y León rendirá cuenta justificativa en la que se acrediten los profesores y los haberes devengados por cada uno de ellos, conforme al régimen retributivo que les sea de aplicación.

Sexta. Vigencia.

Esta adenda tendrá vigencia a lo largo del año 2015.

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman la presente adenda en tres ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fechas arriba indicadas.–Por el Ministerio de Defensa, Irene Domínguez-Alcahud Martín-Peña.–Por el Ministerio de Educación Cultura y Deporte, Marcial Marín Hellín.–Por la Junta de Castilla y León, Fernando Rey Martínez.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid