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Documento BOE-A-2016-2505

Acuerdo de 21 de enero de 2016, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Valencia, relativo a la aprobación de la modificación de las normas de reparto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo.

Publicado en:
«BOE» núm. 62, de 12 de marzo de 2016, páginas 19684 a 19686 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2016-2505

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión de 21 de enero de 2016, acordó hacer público el Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Valencia, en su reunión del día 25 de noviembre de 2015, relativo a la aprobación de la modificación de las Normas de Reparto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Tribunal, del siguiente tenor literal:

I. Modificación de las Reglas de Reparto

Se modifica la Regla Primera de las Reglas de Reparto de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana establecidas por Acuerdo de la Sala de Gobierno del citado Tribunal de fecha 6 de noviembre de 2012 y modificadas por Acuerdo de dicha Sala de Gobierno de fecha 13 de noviembre de 2013 quedando redactadas de la siguiente forma:

«El reparto de asuntos entre las distintas Secciones de la Sala tendrá lugar del siguiente modo:

Sección Primera

1. Ordenación del Territorio (Urbanismo (incluyendo licencias de actividad) y Medio Ambiente).

2. Propiedades especiales (Aguas, Minas, Montes, Propiedad Industrial, Propiedad Intelectual, Patrimonio Histórico Artístico).

3. Demanio, bienes públicos y bienes patrimoniales.

4. Expropiación forzosa.

5. Materias no susceptibles de inclusión entre las asignadas a las restantes Secciones.

6. Recurso para la protección de los Derechos Fundamentales de la Persona en las citadas materias.

7. Derechos de reunión y de manifestación.

8. Responsabilidad patrimonial referida a las citadas materias.

9. Recursos en segunda instancia en dichas materias.

Sección Segunda

1. Personal al servicio de todas las Administraciones públicas, incluido el personal estatutario de los Servicios de Salud.

2. Extranjería (expulsiones y sanciones).

3. Responsabilidad patrimonial referida a las citadas materias.

4. Responsabilidad patrimonial en materia sanitaria.

5. Responsabilidad patrimonial en materia de funcionamiento de los servicios públicos de las Administraciones locales.

6. Recurso para la protección de los Derechos Fundamentas de la Persona en las citadas materias.

7. Recursos en segunda instancia en dichas materias.

Sección Tercera

1. Administración Tributaria Estatal.

2. Recurso para la protección de los Derechos Fundamentales de la Persona en las citadas materias.

3. Responsabilidad patrimonial referida a las citadas materias.

4. Recursos en segunda instancia en dichas materias.

Sección Cuarta

1. Administración Tributaria Autonómica y Local.

2. Recurso para la protección de los Derechos Fundamentales de la Persona en las citadas materias.

3. Responsabilidad patrimonial referida a las citadas materias.

4. Recursos en segunda instancia en dichas materias.

Sección Quinta

1. Contratación administrativa.

2. Acción administrativa.

3. Administración laboral y de la Seguridad Social.

4. Extranjería en materias no atribuidas a la Sección Segunda.

5. Recurso para la protección de los Derechos Fundamentales de la Persona en las citadas materias.

6. Responsabilidad patrimonial referida a las citadas materias.

7. Recursos en segunda instancia en dichas materias.

Sección de los artículos 16.4 y 99.3 LJCA

1. Recurso de casación para la unificación de doctrina (artículo 99 LJCA).

2. Recurso de casación en interés de Ley (artículo 101 LJCA).

3. Recurso de revisión (artículo 102 LJCA).

Sección Contencioso-Electoral

Recursos contencioso-electorales previstos en la Ley Orgánica 5/1985 de 19 de junio, de Régimen Electoral General de competencia de las Salas de lo Contencioso-administrativo de las Tribunales Superiores de Justicia.

II. Composición de las Secciones

1. El número de integrantes de las distintas Secciones a partir de la expresada fecha de 1 de enero de 2016 quedará de la siguiente forma:

Secciones 1.ª, 3.ª y 5.ª: Presidente y cuatro magistrados (dos con la condición de magistrado especialista).

Sección 2.ª: Presidente y tres magistrados (dos con la condición de magistrado especialista).

Sección 4.ª: Presidente y tres magistrados (uno con la condición de magistrado especialista.

2. La determinación de los Magistrados que integrarán las citadas Secciones durante el año 2016 se determinará, con la suficiente antelación, de conformidad con lo establecido en el artículo 198.1 LOPJ y el artículo 58.2 del Reglamento 1/2000 de 26 de julio, de los Órganos de Gobierno de los Tribunales.

III. Medios materiales y personales

Comuníquese este Acuerdo al Ilmo. Sr. Secretario Coordinador de Valencia a través del Ilmo. Sr. Secretario de Gobierno, a fin de que en el ámbito de sus competencias resuelva lo procedente respecto de los medios personales y materiales a asignar a las Secciones en atención al nuevo reparto y composición de las mismas.

IV. Entrada en vigor

Lo dispuesto en el precedente acuerdo entrará en vigor el 1 de enero de 2016.

Madrid, 21 de enero de 2016.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, José Carlos Lesmes Serrano.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo
  • Fecha de disposición: 21/01/2016
  • Fecha de publicación: 12/03/2016
  • Fecha de entrada en vigor: 01/01/2016
Materias
  • Comunidad Valenciana
  • Reparto de asuntos
  • Tribunales Superiores de Justicia

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