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Documento BOE-A-2016-2979

Resolución de 7 de marzo de 2016, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se autoriza a Red Eléctrica de España, SAU, la ampliación de la subestación a 400 kV de Ascó mediante la construcción de una reactancia en serie con el circuito Ascó-Vandellós 1, en el término municipal de Ascó, en la provincia de Tarragona, y se declara, en concreto, su utilidad pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 75, de 28 de marzo de 2016, páginas 22392 a 22394 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Referencia:
BOE-A-2016-2979

TEXTO ORIGINAL

Red Eléctrica de España, S.A.U., con domicilio en Alcobendas (Madrid), paseo del Conde de los Gaitanes, n.º 177, solicitó con fecha 22 de diciembre de 2010, autorización administrativa, declaración, en concreto, de utilidad pública y aprobación de proyecto de ejecución de la instalación que se cita.

El expediente fue incoado en la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial del Departamento de Empresa y Empleo de la Generalidad de Cataluña.

El expediente se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y con las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas, habiéndose solicitado los correspondientes informes.

La petición de Red Eléctrica de España, S.A.U. fue sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, no habiéndose recibido alegaciones.

Se recibe respuesta del Ayuntamiento de Ascó en la que señalan que no tiene alegaciones al proyecto, dado que las obras descritas son compatibles con el planeamiento urbanístico vigente. De dicha contestación se da traslado al peticionario que responde que toma razón de su conformidad, así como de las afecciones que la instalación podría suponer en los bienes tutelados por dicho Organismo, aceptándose expresamente los condicionados establecidos en su escrito.

La Asociación Nuclear Ascó Vandellós (ANAV), tras la reglamentaria reiteración, responde informando de un error en el documento de relación de bienes y derechos, referente a la titularidad de las fincas, y haciendo consideraciones sobre el estudio de seguridad y salud laboral a tener en cuenta. De dicha contestación se da traslado al peticionario que responde que toma razón de su conformidad, así como de las afecciones que la instalación de referencia podría suponer en los bienes tutelados por dicha Sociedad y acepta los condicionados establecidos en su escrito. Se da traslado al Organismo para que muestre su conformidad o reparos, recibiéndose escrito del mismo por el que comunica su aceptación y conformidad con la respuesta recibida.

Se recibe informe de ADIF en el que manifiesta que no está afectado por el mencionado proyecto. De dicha contestación se da traslado al peticionario que responde que toma razón de su conformidad al proyecto, al encontrarse la ampliación proyectada en el exterior de la zona de protección del ferrocarril.

El Servicio Territorial de Urbanismo en las Tierras del Ebro del Departamento de Territorio y Sostenibilidad de la Generalidad de Cataluña, la Confederación Hidrográfica del Ebro, Endesa Distribución Eléctrica, S.L., Endesa Generación, S.A. e Iberdrola Generación, S.A. no han emitido respuesta tras efectuar las reglamentarias reiteraciones, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

La Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial del Departamento de Empresa y Empleo de la Generalidad de Cataluña emitió en fecha 22 de marzo de 2012 informe favorable al proyecto.

Mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de octubre de 2015 se aprobó el documento de «Planificación Energética. Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2015-2020», publicado por Orden IET/2209/2015, de 21 de octubre («Boletín Oficial del Estado» n.º 254, de 23 de octubre de 2015), estando la reactancia serie de la subestación de Ascó contemplada en dicho Acuerdo.

La Dirección General de Política Energética y Minas dictó Resolución de fecha 22 de diciembre de 2015 mediante la que se otorga el carácter singular, entre otras, a la reactancia serie de Ascó a los efectos previstos en el Real Decreto 1047/2013, de 27 de diciembre.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia emitió informe, aprobado por el Consejo de Administración en su sesión celebrada el día 11 de febrero de 2016.

Asimismo, la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico establece en su disposición transitoria segunda que «los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de la presente ley se tramitarán hasta su resolución conforme a la legislación anterior».

Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, esta Dirección General de Política Energética y Minas resuelve:

1. Autorizar a Red Eléctrica de España, S.A.U. la ampliación de la subestación de Ascó 400 kV mediante la instalación de una reactancia en serie con el circuito Ascó-Vandellós 1, en el término municipal de Ascó (Tarragona), cuyas características principales son:

Tensión nominal: 400 kV.

Tecnología: AIS.

Instalación: Intemperie.

Configuración: triple barra con 2 equipamientos transversales.

La ampliación consiste en la instalación de una reactancia serie en el circuito Ascó-Vandellós 1, dos posiciones convencionales de interruptor, y la línea para conexión de la reactancia con el circuito Ascó-Vandellós 1, que parte del apoyo existente n.º 1 del circuito Ascó-Vandellós 1 y termina en un nuevo pórtico situado al lado de la actual posición Vandellós 1, en Ascó. La longitud de dicha conexión será 63 m.

La finalidad del proyecto es aliviar los problemas de estabilidad transitoria asociados a la excesiva concentración de producción en el eje Aragón-Ascó-Vandellós.

Esta autorización se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables.

2. Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza a los efectos previstos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

La instalación objeto de esta resolución deberá estar contemplada en el plan de inversión de la empresa transportista correspondiente al año previsto de puesta en servicio de la misma.

Si las instalaciones, de acuerdo con lo previsto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y en su normativa de desarrollo, debieran ser construidas o financiadas por consumidores o productores de energía eléctrica, sólo percibirán retribución en concepto de operación y mantenimiento, considerándose nulo su valor de inversión a efectos retributivos de acuerdo a lo dispuesto en el Real Decreto 1047/2013, de 27 de diciembre, por el que se establece la metodología para el cálculo de la retribución de la actividad de transporte de energía eléctrica.

Asimismo, si las instalaciones contenidas en la presente resolución se encontrasen en algunas de las situaciones especiales recogidas en el artículo 17 del Real Decreto 1047/2013, de 27 de diciembre, se estará a lo dispuesto en el mismo.

Esta autorización se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Sr. Secretario de Estado de Energía, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 7 de marzo de 2016.–La Directora General de Política Energética y Minas, María Teresa Baquedano Martín.

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