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Documento BOE-A-2016-30

Ley Foral 21/2015, de 16 de diciembre, por la que se concede un suplemento de crédito, por importe de 2.175.000 euros, para el Departamento de Desarrollo Económico.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 2, de 2 de enero de 2016, páginas 141 a 142 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Comunidad Foral de Navarra
Referencia:
BOE-A-2016-30
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-nc/lf/2015/12/16/21

TEXTO ORIGINAL

LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente,

Ley Foral por la que se concede un suplemento de crédito, por importe de 2.175.000 euros, para el Departamento de Desarrollo Económico.

Exposición de motivos

Se ha puesto de manifiesto en el Departamento de Desarrollo Económico la insuficiencia de las consignaciones presupuestarias para el apoyo de los Centros Tecnológicos de Navarra en el ejercicio 2015.

En consecuencia, para atender estas necesidades, se concede el suplemento de crédito correspondiente, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra.

Artículo 1. Concesión de suplemento de crédito.

Se concede un suplemento de crédito por importe de 2.175.000 euros para atender necesidades del Departamento de Desarrollo Económico en el ejercicio.

Este importe se aplicará a la siguiente partida presupuestaria: 180011 18210 7309 467300 «Aportaciones Centros Tecnológicos: aportación de fondos a la Fundación CENER-CIEMAT para la amortización de préstamos».

Artículo 2. Financiación.

La financiación de este suplemento de crédito se realizará con cargo a las siguientes partidas presupuestarias:

180011 18210 4701 467300 Bonos tecnológicos para servicios intensivos en conocimiento

500.000,00

180011 18210 7701 467303 Subvenciones a empresas por proyectos de I+D+i, patentes y estudios de viabilidad. PO FEDER

500.000,00

180011 18210 7701 467307 Bonos tecnológicos para proyectos tecnológicos. PO FEDER

200.000,00

125005 16420 7709 467902 Subvenciones a la implantación de la banda ancha

500.000,00

180003 18330 6031 425200 Plan de gestión energética en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra

275.000,00

180003 18330 2276 425200 Asistencia técnica ahorro y eficiencia energética

200.000,00

TOTAL

2.175.000,00

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente ley foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, promulgo, en nombre de S.M. el Rey, esta Ley Foral, ordeno su inmediata publicación en el «Boletín Oficial de Navarra» y su remisión al «Boletín Oficial del Estado» y mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.

Pamplona, 16 de diciembre de 2015.–La Presidenta del Gobierno de Navarra, Uxue Barkos Berruezo.

(Publicado en el «Boletín Oficial de Navarra» número 253, de 22 de diciembre de 2015)

ANÁLISIS

  • Rango: Ley Foral
  • Fecha de disposición: 16/12/2015
  • Fecha de publicación: 02/01/2016
  • Fecha de entrada en vigor: 23/12/2015
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
  • Publicada en el BON núm. 253, de 22 de diciembre de 2015.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 22 de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto (Ref. BOE-A-1982-20824).
Materias
  • Centros tecnológicos
  • Créditos Extraordinarios y Suplementarios
  • Navarra

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