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Documento BOE-A-2016-558

Resolución de 28 de diciembre de 2015, de la Subsecretaría, por la que se autoriza la eliminación de series documentales custodiadas en los archivos del Departamento.

Publicado en:
«BOE» núm. 18, de 21 de enero de 2016, páginas 5639 a 5641 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2016-558

TEXTO ORIGINAL

La Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español, en concreto en su artículo 58; el Real Decreto 1164/2002, de 8 de noviembre, por el que se regula la conservación del patrimonio documental con valor histórico, el control de la eliminación de otros documentos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos y la conservación de documentos administrativos en soporte distinto al original; y el Real Decreto 1401/2007, de 29 de octubre, por el que se regula la composición, funcionamiento y competencias de la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos, constituyen la normativa que establece el procedimiento para la conservación y eliminación de determinados documentos.

La Instrucción de la Subsecretaría de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, de 22 de julio de 2013, por la que se crea el Grupo de Trabajo de Coordinación de Archivos del Ministerio y de sus Organismos Públicos, establece, en su artículo 4 apartado e), como función del mencionado Grupo de Trabajo realizar los estudios de valoración documental y elevar las peticiones de dictamen a la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos.

En la reunión del 17 de noviembre de 2015, el Grupo de Trabajo de Coordinación de Archivos del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y de sus Organismos Públicos procedió al estudio de las propuestas de eliminación de las series documentales de «Documentos de control y seguimiento de residuos peligrosos (copias blancas y verdes) (1992-2016)», «Documentos de control y seguimiento de aceites usados. Documentos B (copias blancas y verdes) (1992-2016)», «Notificaciones previas de traslados de residuos peligrosos (1992-2016)» y «Quejas y sugerencias (1996- )», y acordó elevar la petición de dictamen a la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos. Dicha Comisión Superior, en su reunión del 4 de diciembre de 2015, dictaminó la eliminación de las mencionadas series documentales.

En virtud de dicho acuerdo, así como en el ejercicio de las competencias que me están conferidas por el artículo 6 del anteriormente mencionado Real Decreto 1164/2002, de 8 de noviembre, resuelvo:

Primero.

Aprobar la eliminación de los documentos que forman parte de las series documentales de «Documentos de control y seguimiento de residuos peligrosos (copias blancas y verdes) (1992-2016)», «Documentos de control y seguimiento de aceites usados. Documentos B (copias blancas y verdes) (1992-2016)», y «Notificaciones previas de traslados de residuos peligrosos (1992-2016)», que se custodian en el Archivo General del Área de Medio Ambiente y en el archivo de gestión de la Subdirección General de Residuos, y «Quejas y sugerencias (1996- )», que se custodian en el archivo de gestión de la Inspección General de Servicios y en el Archivo General del Área de Medio Ambiente.

Segundo.

La eliminación estará sujeta a los plazos, muestreos y demás formalidades previstos en las propuestas dictaminadas favorablemente por la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos. Los plazos y muestreos se encuentran recogidos en el anexo que acompaña a esta resolución.

Tercero.

El proceso de destrucción se hará periódicamente, una vez transcurridos los años de conservación establecidos para cada una de las series señaladas en el Anexo, quedando autorizadas por la presente las destrucciones regulares una vez cumplidos los plazos obligatorios de conservación.

Cuarto.

El Archivo General del Área de Medio Ambiente, el archivo de gestión de la Subdirección General de Residuos y el archivo de gestión de la Inspección General de Servicios seleccionarán las unidades de instalación que se conservarán como testigo, de acuerdo con las propuestas presentadas.

Quinto.

Ordenar la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Sexto.

La autorización no se hará efectiva hasta transcurridos tres meses desde la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta resolución, siempre que en ese plazo no haya constancia de la interposición de recurso de cualquier naturaleza contra la misma.

Séptimo.

No se llevará a cabo la destrucción de documentos autorizada hasta que la presente resolución, en caso de ser impugnada, adquiera firmeza.

Octavo.

Una vez producida la eficacia de la autorización, el proceso de destrucción garantizará la seguridad de la documentación estando protegida contra intromisiones externas, y el método de destrucción será el adecuado para que se imposibilite la reconstrucción de los documentos y la recuperación de cualquier información contenida en ella.

Noveno.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso administrativo de alzada ante la Ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1922, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 28 de diciembre de 2015.–El Subsecretario de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Jaime Haddad Sánchez de Cueto.

ANEXO

Código de propuesta CSCDA

N.º dictamen CSCDA

Título (años extremos)/Productor

Tipo de eliminación

Forma

Plazo

MAGRAMA/10/2015-1

27/2015

Documentos de control y seguimiento de residuos peligrosos (copias blancas y verdes) (1992-2016) // Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental. Subdirección General de Residuos.

ET

Eliminación total, dejando como muestra, de cada 5 años, un ejemplar de copia blanca y de copia verde de cada una de las CCAA.

5 años

MAGRAMA/10/2015-2

28/2015

Documentos de control y seguimiento de aceites usados. Documentos B (copias blancas y verdes) (1992-2016) // Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental. Subdirección General de Residuos.

ET

Eliminación total, dejando como muestra, de cada 5 años, un ejemplar de copia blanca y de copia verde de cada una de las CCAA, y un ejemplar de copia rosa de aquellas CCAA que las hayan remitido.

5 años

MAGRAMA/10/2015-3

29/2015

Notificaciones previas de traslados de residuos peligrosos (1992-2016) // Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental. Subdirección General de Residuos.

ET

Eliminación total, dejando como muestra de cada 5 años, un ejemplar de cada una de las CCAA, un ejemplar de incidencias, y un ejemplar de cada país de la Unión Europea al que se hayan realizado traslados.

5 años

MAGRAMA/10/2015-4

30/2015

Quejas y sugerencias (1996-) // Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Subsecretaría. Inspección General de Servicios.

EP

Eliminación parcial, siendo de conservación permanente los Informes de seguimiento anual, y dejando como muestra, de cada año, un ejemplar de queja y un ejemplar de sugerencia.

5 años

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