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Documento BOE-A-2016-6417

Orden ESS/1065/2016, de 27 de junio, por la que se resuelve parcialmente el concurso específico convocado por Orden ESS/624/2016, de 25 de abril, para la provisión de puestos de trabajo en la Administración de la Seguridad Social.

Publicado en:
«BOE» núm. 159, de 2 de julio de 2016, páginas 47021 a 47022 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2016-6417

TEXTO ORIGINAL

Por Orden ESS/624/2016, de 25 de abril (BOE de 30 de abril), se convocó concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en la Administración de la Seguridad Social (Gerencia de Informática de la Seguridad Social).

Habiéndose dado cumplimiento a las normas reglamentarias y a las bases de la convocatoria, finalizado el plazo de presentación de instancias, valorados los méritos alegados por los concursantes y a propuesta de la Comisión de Valoración a la que hace referencia la base quinta de la citada Orden, este Ministerio ha resuelto:

Primero.

Resolver parcialmente la adjudicación del puesto de trabajo contenido en el anexo de esta resolución.

Segundo.

El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.

Dicho plazo comenzará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la presente Orden.

Tercero.

El personal que obtenga destino en este concurso deberá permanecer en el puesto de trabajo adjudicado un mínimo de dos años para poder participar en otros concursos de provisión, salvo en el ámbito de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, o en los supuestos previstos en el párrafo segundo del artículo 20.1. e) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública y en el de supresión del puesto de trabajo.

Cuarto.

El destino adjudicado se considera de carácter voluntario y, en consecuencia, no genera derecho al abono de indemnización por concepto alguno.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo que corresponda, según lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de aquella Jurisdicción o, potestativamente y con carácter previo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó (artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992).

Madrid, 27 de junio de 2016.–La Ministra de Empleo y Seguridad Social, P. D. (Orden ESS/619/2012, de 22 de marzo), el Secretario de Estado de la Seguridad Social, Tomás Burgos Gallego.

ANEXO

Puesto adjudicado:

Número de orden: 98. Denominación: Analista Programador. Código: 3797243. Niv.: 18. Adscr. Sub.: A2C1. Localidad: Madrid.

Puesto cese:

Denominación: Analista de Sistemas. Niv.: 22. Mto.: PR. Localidad: Madrid.

Adjudicatario:

Apellidos y nombre: Sobreviela Guiance, Eduardo. NRP: 5069604735A1188. Subgr.: C1.

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