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Documento BOE-A-2016-7192

Orden HAP/1257/2016, de 14 de julio, por la que se declara inhábil el mes de agosto a efectos del cómputo de plazos en las pruebas selectivas correspondientes a la oferta de empleo público de 2015.

Publicado en:
«BOE» núm. 179, de 26 de julio de 2016, páginas 52142 a 52142 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2016-7192

TEXTO ORIGINAL

El desarrollo de los procesos selectivos convocados por este Ministerio, correspondientes a la Oferta de Empleo Público de 2015, exige el cumplimiento de determinados plazos en concordancia con lo establecido en el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

A la vista de las dificultades que entraña el cumplimiento de los referidos plazos durante el mes de agosto,

Este Ministerio resuelve declarar inhábil dicho mes a efectos del cómputo de plazos en las convocatorias de pruebas selectivas, correspondientes a la oferta de empleo público de 2015, de los siguientes Cuerpos:

Arquitectos de la Hacienda Pública.

Ingenieros de Montes de la Hacienda Pública.

Ingenieros Técnicos Forestales al servicio de la Hacienda Pública.

Superior de Interventores y Auditores del Estado.

Técnico de Auditoría y Contabilidad.

Arquitectos Técnicos al servicio de la Hacienda Pública.

Superior de Gestión Catastral.

Técnico de Gestión Catastral.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante el mismo órgano que la dictó, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el órgano judicial competente de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero), y Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Madrid, 14 de julio de 2016.–El Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, P. D. (Orden HAP/1335/2012, de 14 de junio), la Subsecretaria de Hacienda y Administraciones Públicas, Pilar Platero Sanz.

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