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Documento BOE-A-2016-7617

Orden ESS/1354/2016, de 2 de agosto, por la que, en ejecución de sentencia, se anula la fecha de efectos de la adjudicación de una plaza la Orden ESS/1607/2015, de 21 de julio, y la Orden ESS/2029/2015, de 25 de septiembre.

Publicado en:
«BOE» núm. 190, de 8 de agosto de 2016, páginas 56789 a 56790 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2016-7617

TEXTO ORIGINAL

La Orden ESS/1607/2015, de 21 de julio, dispuso poner fin al procedimiento convocado por Orden TIN/815/2010, de 18 de marzo, adjudicando la plaza en ejecución de sentencia a don Nicolás Vázquez de Castro, con efectos iniciales de 18 de noviembre de 2011 y efectos finales de 18 de octubre de 2012.

Mediante auto de 11 de septiembre de 2015, dictado por el Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo número 6 de Madrid en pieza de ejecución derivada del procedimiento abreviado 14/2012, se estimó que dicha resolución era conforme con la ejecución de lo sentenciado, salvo en lo relativo a la fecha final de efectos del nombramiento del ejecutante, que, de acuerdo con la parte dispositiva del auto, «habrá de coincidir con la fecha en que la Orden ajustada a este auto se publique en el BOE».

En ejecución de este auto de 11 de septiembre de 2015 se dictó la Orden ESS/2029/2015, de 25 de septiembre (BOE del 5 de octubre), adjudicando la plaza en ejecución de sentencia a don Nicolás Vázquez de Castro, con efectos iniciales de 18 de noviembre de 2011 y efectos finales «hasta el día de la publicación de la presente orden en el "Boletín Oficial del Estado", anulándose la Orden ESS/1607/2015, de 21 de julio, en todo lo que se oponga a ésta».

El reiterado auto de 11 de septiembre de 2015 fue objeto de recurso de apelación, que se estimó parcialmente mediante la sentencia en apelación de fecha 22 de junio de 2016, dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, cuyo fallo dispone «anular el indicado auto (de 11 de septiembre de 2015) así como la Orden ESS/1607/2015, de 21 de julio, en cuanto a las fechas de efectos de adjudicación de la plaza de Consejero de Trabajo e Inmigración». Y añade «Declarar el día 7 de junio de 2010 (día de la publicación de la Orden TIN/1470/2010, de 28 de mayo) como fecha de inicio de efectos de la adjudicación de la indicada plaza, y en el día 1 de agosto de 2015 (fecha de publicación de la Orden ESS/1607/2015, de 21 de julio) como fecha de finalización de tales efectos». Es decir, que la citada sentencia anuló el auto de 11 de septiembre de 2015 y la Orden ESS/1607/2015, de 21 de julio, exclusivamente en cuanto a las fechas de efectos de la adjudicación de la plaza de Consejero de Empleo y Seguridad Social, que quedaron establecidos en los términos que se acaban de exponer.

La ejecución de los términos del fallo, en la medida en que fija los efectos iniciales y finales del nombramiento en el 7 de junio de 2010 y el 1 de agosto de 2015, respectivamente, exige igualmente dejar sin efecto la Orden ESS/2029/2015, de 25 de septiembre, en lo que se refiere a dichas fechas.

En atención a cuanto se ha expuesto este Ministerio, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, y en ejecución de la referida sentencia, ha dispuesto anular la Orden ESS/1607/20175, de 21 de julio, en cuanto a las fechas de efectos de la adjudicación de la plaza de Consejero de Empleo y Seguridad Social a don Nicolás Vázquez de Castro, declarando como fecha inicial de efectos la de 7 de junio de 2010, y como fecha final la de 1 de agosto de 2015.

Igualmente se dispone dejar sin efectos la Orden ESS/2029/2015, de 25 de septiembre, en lo que concierne a esas mismas fechas.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.

Madrid, 2 de agosto de 2016.–La Ministra de Empleo y Seguridad Social, P.D. (Orden ESS/619/2012, de 22 de marzo), el Subsecretario de Empleo y Seguridad Social, Pedro Llorente Cachorro.

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