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Documento BOE-A-2016-8191

Acuerdo de 18 de agosto de 2016, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se resuelve el concurso de méritos, convocado por Acuerdo de 19 de mayo de 2016, para la provisión de puesto de trabajo en la Escuela Judicial.

Publicado en:
«BOE» núm. 213, de 3 de septiembre de 2016, páginas 63434 a 63434 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2016-8191

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en el artículo 625 de la Ley Orgánica 4/2013, de 28 de junio, del Poder Judicial, y como resultado del concurso de méritos para la provisión de un puesto de trabajo de subalterno en la Escuela Judicial del Consejo General del Poder Judicial entre funcionarios pertenecientes a las Agrupaciones profesionales a que se refiere la disposición transitoria tercera del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (anterior grupo E del artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto) o a los Cuerpos o Escalas de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de 19 de mayo de 2016, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 127/2016, de 26 de mayo, procede aprobar la propuesta de la Comisión de Valoración designada al efecto, adjudicando el puesto de trabajo en el concurso atendiendo al orden de puntuación total alcanzada de acuerdo con lo señalado en la norma quinta reguladora del concurso, en los siguientes términos:

1) Adjudicar el puesto de trabajo de subalterno N13 con destino en la Escuela Judicial en Barcelona a don César Navarro Ruiz, con DNI 43423033E.

No puede remitirse relación complementaria de concursantes, como así estipula la norma quinta, párrafo 2, para cubrir el puesto en el caso de que el funcionario quien inicialmente se hubiese adjudicado no tomase posesión del puesto, al ser el único aspirante que ha participado en el concurso.

Conforme a la referida norma quinta, apartado 3), de las normas que rigen el concurso, el plazo de toma de posesión será de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia del adjudicatario o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo. El plazo de toma de posesión comenzará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes a la publicación del presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado», así como el cambio de la situación administrativa que en cada caso corresponda. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse desde su publicación.

El funcionario nombrado quedará en la situación administrativa de servicio activo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 625.3 de la Ley Orgánica 4/2013, de 28 de junio, del Poder Judicial, y estará sometido al Reglamento de Personal del Consejo, y en lo no previsto en él, por la legislación general de la función pública estatal.

Contra este Acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la notificación de la misma. Potestativamente, podrá interponer recurso de reposición ante la Comisión Permanente, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución. En este último caso, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo, hasta que se haya resuelto el recurso de reposición o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 18 de agosto de 2016.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes Serrano.

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