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Documento BOE-A-2017-1021

Orden FOM/59/2017, de 27 de enero, por la que se modifica el apartado quinto del anexo I del Decreto 1675/1972, de 26 de junio, por el que se aprueban las tarifas a aplicar por el uso de la red de ayudas a la navegación aérea (Eurocontrol) y se modifica el tipo de interés por mora en el pago de dichas tarifas.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 27, de 1 de febrero de 2017, páginas 7527 a 7529 (3 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2017-1021
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2017/01/27/fom59

TEXTO ORIGINAL

El procedimiento para el establecimiento de una política común de tarifas por el uso de la red de ayudas a la navegación aérea, también conocidas como tasas de ruta, se rige por el Acuerdo Multilateral relativo a las tarifas por ayudas a la navegación aérea, hecho en Bruselas el 12 de febrero de 1981, y ratificado por España mediante Instrumento de 14 de abril de 1987, y por el Reglamento de Ejecución (UE) n.º 391/2013, de la Comisión, de 3 de mayo de 2013, por el que se establece un sistema común de tarificación de los servicios de navegación aérea.

La Comisión Ampliada de la Organización Europea para la Seguridad de la Navegación Aérea (Eurocontrol), competente para la determinación de las tarifas, de sus condiciones de pago y periodo de aplicación, ha establecido las nuevas tarifas unitarias para el año 2017 y ha modificado el tipo de interés por mora en el pago de dichas tarifas mediante sus Decisiones número 145 y 146 aprobadas el 2 de diciembre de 2016.

El artículo 3 de la Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del Régimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenamiento de las Prestaciones Patrimoniales de carácter Público, dispone que las modificaciones de las tarifas por el uso de la red de ayudas a la navegación aérea adoptadas en el seno de Eurocontrol se incorporarán al ordenamiento jurídico español por orden ministerial.

En ejecución de las indicadas Decisiones números 145 y 146 de la Comisión Ampliada de Eurocontrol, esta orden tiene por objeto modificar el apartado quinto del anexo I del Decreto 1675/1972, de 26 de junio, por el que se aprueban las tarifas a aplicar por el uso de la red de ayudas a la navegación aérea y modificar el tipo de interés por mora en el pago de las tarifas.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1. Modificación del apartado quinto del anexo I del Decreto 1675/1972, de 26 de junio, por el que se aprueban las tarifas a aplicar por el uso de la red de ayudas a la navegación aérea (Eurocontrol).

El apartado quinto del anexo I del Decreto 1675/1972, de 26 de junio, por el que se aprueban las tarifas a aplicar por el uso de la red de ayudas a la navegación aérea (Eurocontrol), queda redactado como sigue:

«ANEXO I
Tarifas a aplicar por el uso de la Red de Ayudas a la Navegación Aérea

(…)

Quinto. 1.º Las tarifas unitarias de base aplicables a partir del 1 de enero de 2017 por los servicios puestos a disposición de los usuarios, dentro de los espacios aéreos españoles que se indican, son los siguientes:

FIR/UIR Barcelona: 71,76 Euros.

FIR/UIR Canarias: 58,43 Euros.

FIR/UIR: Madrid: 71,76 Euros.

2.º Las tarifas unitarias de base aplicables a partir del 1 de enero de 2017 para el resto de Estados participantes en el sistema común de establecimiento y percepción de tarifas por ayudas a la navegación aérea son las siguientes:

Zonas

Tarifa unitaria global

(en euros)

Tipo de cambio aplicado

1 euro =

Bélgica-Luxemburgo

67,53

Alemania

69,43

Francia

67,07

Reino Unido

75,76

0,852695 GBP

Países Bajos

66,33

Irlanda

29,61

Suiza

104,39

1,09141 CHF

Portugal Lisboa

40,19

Austria

72,78

Portugal Santa María

10,06

Grecia

30,02

Turquía

28,05

3,32475 TRL

Malta

18,86

Italia

80,07

Chipre

34,39

Hungría

35,42

308,329 HUF

Noruega

46,86

9,19212 NOK

Dinamarca

60,54

7,44562 DKK

Eslovenia

64,67

Rumanía

33,63

4,44615 RON

República Checa

42,10

27,0014 CZK

Suecia

60,78

9,56556 SEK

Eslovaquia

52,61

Croacia

46,31

7,49808 HRK

Bulgaria

26,97

1,95510 BGN

Antigua República Yugoslava de Macedonia

52,13

61,3973 MKD

Moldova

57,79

22,0482 MDL

Finlandia

56,30

Albania

49,68

136,820 ALL

Bosnia y Herzegovina

43,30

1,95471 BAM

Serbia/Montenegro/KFOR

34,39

123,121 RSD

Lituania

44,49

Polonia

43,03

4,31698 PLN

Armenia

39,59

530,351 AMD

Letonia

27,53

Georgia

23,86

2,57222 GEL

Estonia

28,53

3.º Las tarifas unitarias para los Estados miembros de la Unión Económica y Monetaria son las resultantes de la aplicación de los tipos de conversión fijados entre el euro y las monedas de dichos Estados, establecidos de forma irrevocable el 31 de diciembre de 1998.

4.º Las tarifas unitarias para los Estados cuya moneda nacional no es el euro y los tipos de cambio que figuran en el cuadro anterior, son los determinados y comunicados por Eurocontrol para aplicarse en el mes de enero de 2017.

No obstante, dichas tarifas unitarias para los Estados cuya moneda nacional no es el euro, se calcularán mensualmente basándose en el tipo medio de cambio mensual entre el euro y la moneda nacional, correspondiente al mes anterior a aquél en el cual se efectuó el vuelo. El tipo de cambio aplicado es el promedio mensual de los tipos al cierre, calculado por Reuters basándose en el tipo diario de interés para la compra (bid rate).»

Artículo 2. Tipo de interés por mora.

El tipo de interés por mora en el pago de las tarifas por ayudas a la navegación aérea (Eurocontrol) se establece en el 9,88 por 100 anual.

Disposición final única. Entrada en vigor.

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», si bien sus efectos se producirán desde el día 1 de enero de 2017, de conformidad con lo determinado en las Decisiones números 145 y 146 adoptadas por la Comisión Ampliada de Eurocontrol el día 2 de diciembre de 2016.

Madrid, 27 de enero de 2017.–El Ministro de Fomento, Íñigo de la Serna Hernáiz.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 27/01/2017
  • Fecha de publicación: 01/02/2017
  • Fecha de entrada en vigor: 02/02/2017
  • Efectos desde el 1 de enero de 2017.
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo I.5 del Decreto 1675/1972, de 26 de junio (Ref. BOE-A-1972-966).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 3 de la Ley 25/1998, de 13 de julio (Ref. BOE-A-1998-16714).
Materias
  • Navegación aérea
  • Organización Europea para la Seguridad de la Navegación Aérea
  • Tarifas

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