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Documento BOE-A-2017-10959

Impugnación de disposiciones autonómicas (título V LOTC) n.º 4332-2017, en relación con Resolución 807/XI del Parlamento de Cataluña por la que se designan los miembros de la Sindicatura Electoral de Cataluña al amparo de la disposición final tercera de la denominada Ley del Parlamento de Cataluña 19/2017, de 6 de septiembre, del Referéndum de Autodeterminación.

Publicado en:
«BOE» núm. 233, de 27 de septiembre de 2017, páginas 94261 a 94262 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2017-10959

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 26 de septiembre actual, ha acordado:

«En el Incidente de ejecución dimanante de la impugnación de disposiciones autonómicas (título V LOTC) núm. 4332-2017, promovida por el Gobierno de la Nación frente al Parlamento de Cataluña, en relación con la Resolución 807/XI del Parlamento de Cataluña por la que se designan los miembros de la Sindicatura Electoral de Cataluña al amparo de la disposición final tercera de la denominada Ley del Parlamento de Cataluña 19/2017, de 6 de septiembre, del Referéndum de Autodeterminación, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto Noveno del Auto de 20 de septiembre de 2017, se acuerda publicar que en este Tribunal se han presentado escrito de renuncia por las siguientes personas:

– D. Marc Marsal i Ferret, D. Jordi Matas i Dalmases, D.ª Marta Alsina i Conesa, D.ª Tania Verge i Mestre, D. Josep Pagés Masso, D. Josep Costa i Roselló y D.ª Eva Labarta i Ferrer, miembros de la Sindicatura Electoral de Cataluña, escritos por los que manifiestan su renuncia al cargo de miembro en la Sindicatura Electoral de Cataluña, “dejando previamente sin efecto las resoluciones y acuerdos adoptados”.

– D.ª María Carme Vilanova Ramón, presidenta, D. Vicens Bitriá Águila, vocal y D. Armand Simon Llanes, secretario, miembros de la Sindicatura Electoral de Arán, escritos por los que manifiestan su renuncia al cargo de miembro en la Sindicatura Electoral de Arán; D.ª María Carme Vilanova Ramón indica que la renuncia se formula “dejando previamente sin efecto las resoluciones y acuerdos adoptados”; D. Vicens Bitriá Águila y D. Armand Simon Llanes indican en su renuncia “que no se ha adoptado ninguna resolución ni acuerdo a excepción de la propia constitución de la sindicatura de demarcación que queda sin efecto”.

– D. Roc Fuentes i Navarro, presidente, D.ª Susana Romero Soriano, vocal y D. Antoni Fitó i Baucells, secretario, miembros de la Sindicatura Electoral de Barcelona, escritos por los que manifiestan su renuncia al cargo de miembro en la Sindicatura Electoral de Barcelona, indicando “que no se ha adoptado ninguna resolución ni acuerdo a excepción de la propia constitución de la sindicatura de demarcación que queda sin efecto”.

– D. Jordi Casadevall Fusté, presidente, D. Josep María Llistosella i Vila, vocal y D. Jordi Díaz Comas, secretario, miembros de la Sindicatura Electoral de Girona escritos por los que manifiestan su renuncia al cargo de miembro en la Sindicatura Electoral de Girona, indicando “que no se ha adoptado ninguna resolución ni acuerdo a excepción de la propia constitución de la sindicatura de demarcación que queda sin efecto”.

– D.ª Mariona Lladonosa Latorre, presidenta, D. Alexandre Sárraga Gómez, vocal y D. Simeó Miquel Roé, secretario, miembros de la Sindicatura Electoral de Lleida escritos por los que manifiestan su renuncia al cargo de miembro en la Sindicatura Electoral de Lleida, indicando “que no se ha adoptado ninguna resolución ni acuerdo a excepción de la propia constitución de la sindicatura de demarcación que queda sin efecto”.

– D. Xavier Faura i Sanmartin, presidente; D.ª Montserrat Aumatell i Arnau, vocal y D.ª Marta Cassany i Virgili, secretaria, miembros de la Sindicatura Electoral de Tarragona, escritos por los que manifiestan su renuncia al cargo de miembro de la Sindicatura Electoral de Tarragona indicando “que no se ha adoptado ninguna resolución ni acuerdo a excepción de la propia constitución de la sindicatura de demarcación que queda sin efecto”.

Publíquese en el “Boletín Oficial del Estado”.»

Madrid, 26 de septiembre de 2017.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 26/09/2017
  • Fecha de publicación: 27/09/2017
Referencias anteriores
Materias
  • Cataluña
  • Procedimiento Electoral
  • Referéndum
  • Tribunal Constitucional

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