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Documento BOE-A-2017-13049

Resolución de 2 de noviembre de 2017, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio específico de colaboración entre el Deutscher Akademischer Austauschdienst-DAAD y el Servicio Español para la Internacionalización de la Educación.

Publicado en:
«BOE» núm. 275, de 13 de noviembre de 2017, páginas 109307 a 109309 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2017-13049

TEXTO ORIGINAL

El Deutscher Akademischer Austauschdienst-DAAD y el Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE), han suscrito, con fecha 27 de septiembre y 17 de octubre de 2017, un Convenio Específico de Colaboración, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 2 de noviembre de 2017.–La Secretaria General Técnica, Mónica Fernández Muñoz.

ANEXO
Convenio específico de colaboración entre el Deutscher Akademischer Austauschdienst-DAAD y el Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE)

REUNIDOS

De una parte, el Deutscher Akademischer Austauschdienst - German Academic Exchange Service con sede en la Kennedyallee 50, Código postal 53175 de Bonn (en adelante, DAAD), en este acto representado por Wolfgang Gairing, Head of Section ST24, Western, Northern and Southern Europe.

De otra, el Organismo Autónomo Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (en adelante, SEPIE), organismo creado por la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización de la Sector Público y otras medidas de reforma administrativa, y por la que se extingue con fecha 31 de diciembre la Fundación Universidad.es, subrogándose este Organismo Autónomo en los derechos y obligaciones de que fuese titular la Fundación, con sede en la calle General Oráa, 55, 28008 Madrid, en este acto representado por su Director, don Pablo Martín González, por nombramiento con fecha 9 de octubre de 2014.

DAAD y SEPIE tienen a bien establecer el siguiente Convenio específico de Colaboración para la convocatoria conjunta del Premio Julián Sanz del Río para jóvenes investigadores/as de España y Alemania 2017.

Ambos se reconocen capacidad y representación suficientes para adoptar el presente documento y suscribir en nombre de las instituciones que en este acto representan un Convenio Específico de Colaboración y, en su virtud,

EXPONEN

Que el DAAD tiene entre sus fines: a) promover la internacionalización de las instituciones alemanas de educación superior; b) fomentar el intercambio científico, tecnológico y cultural con otros países; c) apoyar, mediante programas de becas, el intercambio internacional de estudiantes y académicos; d) promover el estudio de la lengua alemana en el extranjero; e) asesorar a los responsables de las políticas culturales, educativas y de desarrollo de otros países; f) cooperar con diversas instituciones extranjeras, en la realización de sus planes educativos, científico-tecnológicos y culturales, y particularmente en el perfeccionamiento y coordinación de sus servicios técnicos.

Que según la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización de la Sector Público y otras medidas de reforma administrativa, se integran en este Organismo Autónomo las funciones de que fuese titular la Fundación Universidad.es, y por lo tanto se atribuyen al SEPIE los siguientes fines: a) contribuir a la formulación de instrumentos que coadyuven a la exportación del conocimiento y de la tecnología generados en el sistema universitario español; b) contribuir a una mayor internacionalización de las universidades y centros de investigación españoles, promoviendo en el exterior su oferta educativa e investigadora; c) generar acciones y procedimientos que posibiliten la captación eficiente de alumnos, investigadores profesores extranjeros para las universidades españolas; d) a requerimiento de instituciones nacionales o extranjeras, gestionar programas internacionales de becas o programas de intercambio académico, con el fin de facilitar la captación de estudiantes, investigadores y profesores internacionales para las universidades españolas; e) contribuir mediante su gestión a la mejora de la acogida y estancia de estudiantes, investigadores y profesores extranjeros en España y de españoles en el extranjero, en el marco de programas internacionales de movilidad académica, y f) impulsar el Espacio Europeo de Educación Superior y el Espacio Iberoamericano del Conocimiento.

Que es posible desarrollar sinergias en el cumplimiento de los fines de ambos organismos y contribuir, conjuntamente, a: a) promover en el exterior la oferta educativa e investigadora de las universidades y centros de investigación de ambos países; b) poner en común las experiencias y resultados logrados en el ámbito de la educación, la ciencia y la tecnología; c) fomentar el intercambio de personas en el campo educativo, científico, tecnológico y cultural; d) realizar acciones conjuntas para impulsar el Espacio Europeo de Educación Superior.

Que con fecha 16 de Junio de 2016 ambas instituciones firmaron un Convenio Marco de Colaboración, en cuyo apartado segundo, letra e, se establece que ambas entidades se comprometen mutuamente a «Convocar anualmente el Premio Julián Sanz del Río para jóvenes investigadores de Alemania y España de acuerdo con sus respectivas legislaciones».

Asimismo, el Convenio marco establece en su apartado cuarto, que «Cualquier necesidad de financiación conjunta de las acciones, programas o proyectos específicos que se formulen en el ámbito de este Convenio Marco de Colaboración será, en su caso, objeto de acuerdo y formalización mediante el respectivo convenio específico».

Por todo lo cual,

ACUERDAN

Apartado primero. Objeto y régimen jurídico aplicable.

El objeto del presente Convenio específico es regular la colaboración entre el DAAD y el SEPIE para implementar la convocatoria conjunta del Premio Julián Sanz del Río para jóvenes investigadores de España y Alemania en el año 2017, y se encuentra sometido a lo previsto en los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Apartado segundo. Compromiso de las partes.

A. Las partes se comprometen conjuntamente a:

1. Generar coordinadamente los protocolos de actuación y la hoja de ruta necesarios para la implementación de la Convocatoria a que se refiere el apartado primero.

2. Gestionar las solicitudes recibidas en virtud de la convocatoria mediante el registro oportuno de las mismas, la respuesta a consultas recibidas, la solicitud de subsanación de documentación, etc.

3. Seleccionar y convocar conjuntamente al Jurado.

4. Publicar la Resolución emanada de la decisión del Jurado en sus respectivas páginas webs y a comunicar aquella a los candidatos seleccionados y no seleccionados, o en su caso, que el Premio se ha declarado desierto.

B. El SEPIE se compromete a:

1. Abonar el Premio al candidato alemán seleccionado por el Jurado, según lo estipulado en el apartado tercero.

2. Organizar la reunión del Jurado en la ciudad de Madrid.

C. El DAAD se compromete a:

1. Abonar el Premio al candidato español seleccionado por el Jurado, según lo estipulado en el apartado tercero.

2. Organizar la entrega del Premio en la ciudad de Berlín.

Apartado tercero. Aportaciones económicas.

El SEPIE abonará al premiado alemán, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.102.144B.48201, la suma de 5.000 euros y una beca de 2.000 euros para la realización de una estancia de investigación de un mes en España.

EL DAAD abonará con cargo a su presupuesto, al premiado español, la suma de 5.000 euros y una beca de 2.150 euros para la realización de una estancia de investigación de un mes en Alemania más 200 euros de pago de gastos de viaje.

Asimismo, abonará con cargo a su presupuesto ordinario los costes de desplazamiento del Jurado alemán hasta Madrid.

Apartado cuarto. Vigencia.

1. El presente Convenio entrará en vigor el día de su firma y se extinguirá una vez finalizados todos los trámites administrativos que su implementación conlleve, y en todo caso, se extinguirá en la misma fecha prevista de extinción del Convenio marco suscrito entre ambas entidades.

No obstante, de acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, este convenio será eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, y publicado en el «Boletín Oficial del Estado».

2. El presente Convenio podrá prorrogarse por mutuo acuerdo de las partes, que se expresará con dos meses de antelación al término de la vigencia del mismo.

Apartado quinto. Terminación anticipada.

Serán causas de terminación anticipada del Convenio:

a) El acuerdo de las dos partes.

b) El incumplimiento de los compromisos establecidos en el apartado segundo de una de las partes denunciado por la otra parte, o la imposibilidad fáctica de cumplimiento.

Y en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido, las partes firman el presente Convenio, en ejemplar duplicado en alemán y español y en todas sus hojas, en el lugar y fecha abajo indicados.

En nombre del Deutscher Akademischer Austauschdienst-German Academic Exchange Service (DAAD), Wolfgang Gairing, Head of Section ST24, Western, Northern and Southern Europe, Bonn, 27 de septiembre de 2017.–En nombre del Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE), Pablo Martín González, Director, Madrid, 17 de octubre de 2017.

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