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Documento BOE-A-2017-13472

Orden EIC/1128/2017, de 13 de octubre, de autorización administrativa de cesión total de la cartera de contratos de seguros de los ramos distintos del seguro de vida, por parte de Metrópolis, SA, Compañía Nacional de Seguros y Reaseguros, a Fiatc, Mutua de Seguros y Reaseguros a Prima Fija.

Publicado en:
«BOE» núm. 284, de 22 de noviembre de 2017, páginas 113252 a 113253 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía, Industria y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2017-13472

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo a lo establecido en el artículo 89.1 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, las entidades Metrópolis, SA, Compañía Nacional de Seguros y Reaseguros, y Fiatc, Mutua de Seguros y Reaseguros a Prima Fija, han presentado con fecha 19 de mayo de 2017, en la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, solicitud de autorización administrativa para llevar a cabo la operación de cesión en virtud de la cual la entidad Metrópolis, SA, Compañía Nacional de Seguros y Reaseguros, cederá a la entidad Fiatc, Mutua de Seguros y Reaseguros a Prima Fija, la cartera de contratos de seguros de los ramos distintos del seguro de vida.

De la documentación que se adjunta a la solicitud presentada se concluye que se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en los artículos 89 y 169.3.c) de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, y en los artículos 99 y 100 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, para llevar a cabo la operación de cesión y la revocación de la autorización administrativa para operar en los ramos de accidentes, vehículos terrestres no ferroviarios, vehículos marítimos, lacustres y fluviales, mercancías transportadas, incendio y elementos naturales, otros daños a los bienes, responsabilidad civil vehículos terrestres automóviles, responsabilidad civil vehículos marítimos, lacustres y fluviales, responsabilidad civil general, pérdidas pecuniarias diversas, defensa jurídica y decesos, ramos 1, 3, 6, 7, 8, 9, 10, 12, 13, 16, 17 y 19 de la clasificación prevista en el Anexo de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, he resuelto:

Primero.

Autorizar la cesión total de la cartera de contratos de seguros de los ramos distintos del seguro de vida por la entidad cedente Metrópolis, SA, Compañía Nacional de Seguros y Reaseguros, a la entidad cesionaria Fiatc, Mutua de Seguros y Reaseguros a Prima Fija.

Segundo.

Revocar la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora en los ramos de accidentes, vehículos terrestres no ferroviarios, vehículos marítimos, lacustres y fluviales, mercancías transportadas, incendio y elementos naturales, otros daños a los bienes, responsabilidad civil vehículos terrestres automóviles, responsabilidad civil vehículos marítimos, lacustres y fluviales, responsabilidad civil general, pérdidas pecuniarias diversas, defensa jurídica y decesos a la entidad cedente Metrópolis, SA, Compañía Nacional de Seguros y Reaseguros, una vez que se verifique la realización de la operación a la que se refiere el punto primero.

Contra la presente Orden Ministerial, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo previsto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 13 de octubre de 2017.–El Ministro de Economía, Industria y Competitividad, P. D. (Orden ECC/1695/2012, de 27 de julio), la Secretaria de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, Irene Garrido Valenzuela.

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