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Documento BOE-A-2017-4843

Resolución de 28 de abril de 2017, de la Universidad Politécnica de Madrid, por la que se corrigen errores en la de 21 de abril de 2017, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 106, de 4 de mayo de 2017, páginas 35537 a 35538 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2017-4843

TEXTO ORIGINAL

Padecido error en el texto remitido de la mencionada Resolución, inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 101, de fecha 28 de abril de 2017, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

Página 32953, donde dice:

«2.2 Requisitos específicos:

a) Justificar:

1. Ser funcionario de Carrera del Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad o de la Escala de Investigadores Científicos de los Organismos Públicos de Investigación que hayan prestado como mínimo dos años de servicios efectivos bajo dicha condición. Los funcionarios que participen en este concurso tendrán que estar acreditados para el Cuerpo docente de Catedráticos de Universidad.

2. Tendrán la consideración de acreditados, los profesores habilitados o habilitadas y, para el cuerpo y el área de conocimiento de que se trate, conforme a las previsiones contenidas en el Real Decreto 1313/2007.»

Debe decir:

«2.2 Requisitos específicos:

a) Justificar hallarse:

1. Acreditado o acreditada para el cuerpo docente universitario al que se refiera.

2. Tendrán la consideración de acreditados, los profesores habilitados y habilitadas, para el cuerpo y área de conocimiento de que se trate, conforme a las previsiones contenidas en el Real Decreto 1313/2007.

3. Ser funcionario o funcionaria del cuerpo docente por el que se convoca la plaza.

b) No podrán participar en el concurso, quieres habiendo obtenido una plaza tras un concurso de acceso a Cuerpos Docentes Universitarios en otra Universidad, no la hubieran desempeñado, al menos, durante dos años.»

Página 32955, donde dice:

«5.6 Una vez constituida la Comisión, en caso de ausencia del Presidente, este será sustituido por el profesor más antiguo.»

Debe decir:

«5.6 Una vez constituida la Comisión, en caso de ausencia del Presidente, este será sustituido por el profesor más antiguo en la UPM, conforme al siguiente orden de prelación de cuerpos docentes universitarios: Catedráticos de Universidad, Profesores Titulares de Universidad o Catedráticos de Escuelas Universitarias. En el caso de ausencia del Secretario, este será sustituido por el profesor más moderno en orden inverso de prelación de cuerpos indicados anteriormente.»

Página 32956, donde dice:

«6.2 De las pruebas.

1. La primera prueba para plazas de Catedráticos de Universidad consistirá en la exposición oral ………….............................»

Debe decir:

«6.2 De las pruebas.

1. La primera prueba para plazas de Profesores Titulares de Universidad consistirá en la exposición oral ………….............................»

Pág. 32957, donde dice:

«6.2 Pruebas.

3. La segunda prueba de los concursos para la provisión de plazas de Catedráticos de Universidad, consistirá en la exposición oral por el candidato…………………»

Debe decir:

«3. La segunda prueba para Profesores Titulares de Universidad consistirá en la exposición oral de un tema, durante un tiempo máximo de una hora, del programa docente presentado por el candidato, seleccionado por la Comisión, entre diez temas de dicho programa, elegido por el candidato, que cubran todo el perfil de la plaza.

Se valorarán positivamente la experiencia docente y la capacidad pedagógica del concursante en su exposición, así como el dominio de la materia.

Seguidamente, la Comisión debatirá con el candidato acerca de los contenidos expuestos, la metodología a utilizar y todos aquellos aspectos que estime relevantes en relación con el tema, durante un tiempo máximo de dos horas.

Finalizada la prueba, cada miembro de la Comisión entregará al Presidente un informe razonado incluyendo la valoración desglosada por cada uno de los aspectos evaluados de cada uno de los candidatos, valorando los contenidos y metodología expuestos por los mismos. A la vista de los informes, la Comisión procederá a una votación, sin que sea posible la abstención.»

Madrid, 28 de abril de 2017.–El Rector, Guillermo Cisneros Pérez.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 28/04/2017
  • Fecha de publicación: 04/05/2017
Referencias anteriores
  • CORRIGE errores de la Resolución de 21 de abril de 2017 (Ref. BOE-A-2017-4651).

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