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Documento BOE-A-2017-5257

Resolución de 28 de abril de 2017, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto Desmantelamiento y demolición de la central termoeléctrica de gasificación integrada en ciclo combinado de Elcogas de 320 MW, término municipal de Puertollano (Ciudad Real).

Publicado en:
«BOE» núm. 113, de 12 de mayo de 2017, páginas 39597 a 39611 (15 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2017-5257

TEXTO ORIGINAL

La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, en su artículo 7.2 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación de impacto ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso el sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinario regulado en la Sección 1.ª del Capítulo II, del Título II, de la Ley, por tener efectos significativos sobre el medio ambiente.

El proyecto «Desmantelamiento y demolición de la Central Termoeléctrica de Gasificación Integrada en Ciclo Combinado (GICC) de ELCOGAS de 320 MW» se encuadra en el artículo 7.2, apartado c) 3.º, incremento significativo de la generación de residuos de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:

1. Objeto, descripción y localización del proyecto

Promotor y órgano sustantivo.

La central térmica de ELCOGÁS, ubicada en el término municipal de Puertollano (Ciudad Real), consiste en una planta termoeléctrica de 320 MW de potencia con tecnología de Gasificación de Carbón Integrada en Ciclo Combinado (GICC). Los combustibles que emplea son gas natural y una mezcla al 50 % de carbón de hulla y coque de petróleo.

Como consecuencia de los cambios en las subvenciones por el consumo de carbón nacional, el presente proyecto tiene como objeto el desmontaje y demolición de las instalaciones más importantes de la planta GICC actual, excluyéndose del mismo las subestaciones eléctricas, depósitos de agua, viales, etc. En resumen, los trabajos a realizar serían los siguientes:

Desmontaje y desmantelamiento de todas las instalaciones de la planta, incluidos edificios, equipos, estructuras y objetos instalados sobre el nivel del suelo y todos los equipos, estructuras y objetos dentro de los edificios o estructuras en cualquier nivel. Los sótanos y cimentaciones que se encuentren por debajo del nivel del suelo se mantendrán como están.

Todas las excavaciones y partes existentes de edificios por debajo del nivel del suelo serán rellenados y compactados con material inerte procedente de los trabajos de demolición, quedando el emplazamiento uniformemente nivelado al nivel del suelo.

Todas las zanjas existentes de cableado, tuberías, etc., cubiertas o descubiertas, serán rellenadas y compactadas con material inerte procedente de las demoliciones al nivel del suelo.

El promotor del proyecto es ELCOGÁS, S.A., y el órgano sustantivo la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital.

2. Tramitación y consultas

Con fecha 13 de septiembre de 2016 se recibe en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural el documento ambiental del proyecto, al objeto de que se formule el informe de impacto ambiental, solicitándose al promotor una copia en formato digital, la cual se recibe el 23 de septiembre de 2016.

Con fecha 6 de octubre de 2016 se inicia, por parte de esta misma Dirección General, la fase de consultas en relación al proyecto.

Posteriormente, con fecha 14 de octubre de 2016, se recibe una Adenda al proyecto, que según el promotor, tendría el objeto de definir el alcance y las actuaciones necesarias para el desmantelamiento total de la planta, no contemplados en el documento ambiental inicial. En consecuencia, se amplió el plazo de la fase de consultas.

En la tabla adjunta se han recogido los organismos consultados durante esta fase, señalando con una «X» aquellos que han emitido informe en relación con el documento ambiental:

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Subdirección General de Medio Natural de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA).

Subdirección General de Residuos de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural del MAGRAMA

X

Subdirección General de Calidad del Aire y Medio Ambiente Industrial de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural del MAGRAMA.

Información Ambiental Estratégica de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural del MAGRAMA.

Agencia Estatal de Meteorología del MAGRAMA.

X

Oficina Española de Cambio Climático del MAGRAMA.

Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales y de Archivos y Bibliotecas del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes.

Subdirección General de Protección del Patrimonio Histórico de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes.

Subdirección General de Calidad y Seguridad Industrial de la Dirección General de Industria del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

X

Área de Contaminación Atmosférica del Centro Nacional de Sanidad Ambiental del Ministerio de Sanidad y Consumo.

Confederación Hidrográfica del Guadiana.

X

Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

Delegación del Gobierno en Castilla-La Mancha.

Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Dirección General de Agricultura y Ganadería de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Agencia del Agua de Castilla-La Mancha de la Consejería de Fomento de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

X

Consejería de Fomento de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Dirección General de Protección Ciudadana de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

X

Dirección General de Industria, Energía y Minerías de la Consejería de Economía, Empresa y Empleo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Consejería de Sanidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Dirección General de Salud Pública y Consumo de la Consejería de Sanidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

X

Diputación Provincial de Ciudad Real.

Ayuntamiento de Puertollano (Ciudad Real).

X

COAG-IR Castilla-La Mancha.

WWF/España.

SEO/Birdlife.

Ecologistas en Acción - ACMADEN (Asociación Castellano-Manchega de Defensa del Patrimonio Natural).

Colectivo Naturalista Jabalón.

Colectivo Ecologista Masiega.

Organización Ecologista Cabañeros.

Asociación Ecologista Cabañeros de Ciudad Real.

El contenido ambiental más significativo de las respuestas a las consultas realizadas es el siguiente:

La Subdirección General de Residuos del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (MAPAMA) señala que el proyecto supone una importante generación de residuos de construcción y demolición (RCD). La documentación ambiental no incluye un inventario completo de los residuos que se prevé generar, como es el caso de hormigón, cerámicos y tierras, no se especifica las cantidades que se prevé generar de cada uno de ellos, ni se realiza ninguna mención específica a la separación de los mismos.

La Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, establece la obligación de que todos los residuos que se generen en las obras de construcción y demolición sean gestionados adecuadamente por gestores de residuos debidamente autorizados.

El promotor deberá incluir en el proyecto de la obra un Estudio de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición según el artículo 4 del Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición. Si este estudio no fuera posible realizarlo en esta fase, la documentación mínima a aportar por el promotor sería:

Tipos y volúmenes de los residuos que se prevé generar, con indicación de los códigos LER (Lista Europea de Residuos) correspondientes. Para ello, puede ser necesario realizar una caracterización de estos residuos para saber si contienen sustancias peligrosas o no, y si son inertes o no.

Las medidas para la separación de los residuos en obra.

Actividades de gestión a realizar por gestores autorizados para dichos residuos.

El promotor deberá caracterizar los residuos adecuadamente con objeto de dirigirlos hacia los tratamientos adecuados y enviarlos a los gestores indicados en cada caso.

Las actividades de valorización de RCD en la obra en que se han producido, deben cumplir las prescripciones del artículo 9 del Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, así como los áridos reciclados obtenidos de una operación de valorización de RCD deberán cumplir los requisitos técnicos y legales para el uso a que se destinen, no obstante será la autoridad competente en medio ambiente de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha la que autorice esta valorización fijando como mínimo los tipos y cantidades de RCD, además de las condiciones que sean necesarias para que la valorización de RCD se lleve a cabo sin poner en peligro la salud humana y sin perjudicar al medio ambiente.

El promotor deberá separar de forma individualizada las siguientes fracciones de RCD cuando se superen las cantidades indicadas en el artículo 5.5 del Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero: hormigón; ladrillos, tejas y cerámicos; metal; madera; vidrio; plástico; y papel y cartón.

En relación a los residuos generados, al tratarse de una central térmica que usa como combustible carbón y coque de petróleo es posible que se haya producido una contaminación del suelo en determinadas áreas. Sin embargo en la documentación aportada no aparece ni se describe ningún tipo de análisis o muestreo previsto para el estudio del estado del suelo, ni se menciona el tratamiento que recibirían esos suelos, si se excavarán todas las zonas contaminadas, o por el contrario, sólo se gestionarán el suelo que sea necesario extraer para la demolición.

Por tanto, al tratarse de una actividad potencialmente contaminante del suelo, según el anexo I del Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados, el promotor deberá presentar un informe preliminar al órgano competente de la comunidad autónoma, en este caso Castilla-La Mancha, sobre la situación del suelo.

Además, al estar esta actividad también recogida en el anexo I de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control lntegrados de la Contaminación, se establece la obligación del titular de elaborar un informe de la situación del suelo cuando cese la actividad. Si el titular, en la solicitud de Autorización Ambiental lntegrada (AAI), presentó un informe base de situación del suelo, en el momento del cese deberá restituir el suelo al estado en que se encontraba en el momento de la elaboración de ese informe. En caso contrario, deberá tomar las medidas necesarias destinadas a retirar, controlar, contener o reducir las sustancias peligrosas relevantes para que, teniendo en cuenta su uso actual o futuro el emplazamiento no genere un riesgo significativo para la salud humana ni para el medio ambiente.

La Confederación Hidrográfica del Guadiana indica que la actuación proyectada se ubica dentro del ámbito de la cuenca hidrográfica del Guadalquivir.

La Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) no realiza comentarios o sugerencias al respecto.

La Subdirección General de Calidad y Seguridad Industrial del entonces Ministerio de Industria, Energía y Turismo informa que la materia de consulta no forma parte de su ámbito competencial y funcional.

La Viceconsejería de Medio Ambiente de Castilla-la Mancha no prevé impactos desfavorables significativos siempre y cuando se cumplan las condiciones previstas en la documentación ambiental.

La Agencia del Agua de Castilla-La Mancha informa que no se prevén efectos negativos significativos sobre los recursos hídricos, mayores que los derivados de los posibles vertidos líquidos procedentes de las labores de mantenimiento de la maquinaria empleada, cuyo tratamiento y gestión ya viene recogido en el documento ambiental. Por otro lado, se deberá garantizar que los acopios de residuos no afecten por lixiviados a la hidrología subterránea.

La Dirección General de Protección Ciudadana de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de Castilla-La Mancha expone que, de acuerdo con los artículos 3 y 22.2 del Real Decreto Legislativo 7/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Suelos y la Rehabilitación Urbana, el proyecto deberá atender y dar cumplimiento a los preceptos contemplados en la normativa vigente relativa a prevención de riesgos y protección civil:

Norma Básica de Protección Civil (Real Decreto 407/1992, 24 de abril).

Real Decreto 1254/1999, de 16 de julio, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas (Normativa SEVESO).

Plan Territorial de Emergencias de Castilla-La Mancha (PLATECAM), revisado y aprobado por Decreto 36/2013, de 4 de julio de 2013, y planes de desarrollo.

Real Decreto 387/1996, de 1 de marzo, por el que se aprueba la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el riesgo de accidentes en los transportes de mercancías peligrosas por carretera y ferrocarril.

Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de centros de establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia.

Plan Especial de Protección Civil ante el riesgo de accidentes en el transporte de mercancías peligrosas por carreteras y ferrocarril en Castilla-La Mancha (PETCAM).

Plan Especial de emergencia exterior de Puertollano.

Cualquier otra norma y medida de prevención que deba ser tenida en cuenta a la hora de planificar el transporte de este tipo de material para garantizar en todo momento la seguridad de los ciudadanos, sus bienes y su entorno.

El Servicio de Salud Pública y Consumo de la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla-La Mancha señala que se debería incluir, desde el punto de vista sanitario, al menos la siguiente información:

Sistema de abastecimiento de agua de consumo para el personal que trabajará en el desmantelamiento y demolición de la central, que deberá cumplir las disposiciones del Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano.

Medidas para evitar los vertidos de materiales de obra, residuos u otros elementos, que por erosión, escorrentía o lixiviación pueden afectar a aguas superficiales y/o subterráneas.

Sistema de tratamiento y vertido de aguas residuales.

Condiciones de estanqueidad de los camiones encargados del transporte de materiales.

Desarrollo de la actividad observando las disposiciones establecidas en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales y la normativa que la desarrolla.

El Ayuntamiento de Puertollano señala que no existe ningún impacto significativo ni consideración a realizar al proyecto.

Como consecuencia de las consultas y del análisis realizado, con fecha 17 de enero de 2017, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural solicita al promotor ampliar la documentación aportada de acuerdo con las cuestiones planteadas por los distintos organismos que han participado durante la fase de consultas. Con fecha 24 de enero de 2017 se recibe en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural la respuesta del promotor con la información adicional solicitada.

3. Análisis según los criterios del anexo III

Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto en la Sección 1.ª del Capítulo II, del Título II, según los criterios del anexo III, de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

3.1 Características del proyecto.

El proyecto tiene como objeto el desmontaje y desmantelamiento de todas las instalaciones de la planta tanto fuera como dentro de los edificios, así como los edificios mismos.

Entre las unidades más importantes a desmantelar y demoler, se encontrarían las siguientes: unidad de gasificación; parques de almacenamiento y unidad de preparación de carbón; unidad de recuperación de azufre, unidad de almacenamiento de cenizas volantes y extracción de finos de escoria; unidad de fraccionamiento de aire; compresores de la planta de aire; unidad de desulfuración y recuperación de azufre; filtros; caldera de recuperación de calor; turbinas de gas y vapor; torre de refrigeración y estación de bombeo; estación de tratamiento de aguas; estación de gas; talleres y almacenes; edificio eléctrico; sistemas de tratamiento de efluentes; oficinal generales; servicios médicos; antorcha; toma de muestras y pesaje; zonas de descarga de carbón y coque por camiones; pipe rack; compresores de aire de servicios e instrumentos; depósito y grupo diésel de emergencia; trafos de turbinas de gas y vapor; saturadores de gas y enfriadores; preparación del gas; condensadores; calderas auxiliares; almacenamiento y tolva de caliza; balsas de decantación y de retención; sistema de tratamiento de agua de refrigeración; parque de almacenamiento alternativo de combustible y ampliación; depósitos de pretratamiento de agua cruda; planta de tratamiento de aguas de escoria; recuperación de condensados; unidad de separación de aire; parque de azufre; almacenamiento de propano; área de lavado de camiones; planta piloto CO2-H2; almacenes temporales de residuos y de fuentes radioactivas; planta de evaporación; etc.

Por otro lado, los edificios, objetos e instalaciones que se preservarán serán los siguientes: caseta de control; estructuras, galerías, conductos y edificios situados por debajo del nivel del terreno; viales; red de drenaje de aguas pluviales; centro de información; zona de aparcamiento y jardines; parque de alta tensión de 220 kV, subestación de 45 kV; alumbrado exterior; centros de transformación y de distribución, depósitos de agua cruda y caseta de bombeo; pozo de agua y sonda acuífero, estación de tratamiento de aguas residuales; tanque y estación de bombeo de agua clorada; piezómetros; cuadros de protección catódica; zona de acceso a contratistas; tubería de descarga de agua a planta de pretratamiento; y cerramientos.

En los trabajos de desmantelamiento y demolición de todas las instalaciones y edificios se seguirá el siguiente protocolo:

Limpieza de equipos e instalaciones: Se procederá a la retirada de todas las sustancias almacenadas en la central térmica, de forma que la instalación pase a estar en modo seguro, procediendo a la clasificación de los residuos según el código LER asociado.

Trabajos previos: Los cuales incluyen el vallado y señalización específica de la zona de actuación; el corte del suministro de agua, electricidad, etc.; el montaje de las instalaciones provisionales; el acondicionamiento de las zonas que se vayan a utilizar; la instalación de todos los sistemas auxiliares temporales; la recepción de maquinaria pesada; y el descargo de servicios y redes.

Vaciado de edificios, retirada de aislamientos y desmontaje de equipos: Incluye el desmontaje y retirada de residuos tóxicos y peligrosos, que serán gestionados a través de empresas autorizadas; la retirada de mobiliario, enseres y materiales de acabado; y la retirada de aislamientos.

Método general de achatarramiento que contempla las siguientes actuaciones:

Achatarramiento manual que realizarán directamente los trabajadores mediante el empleo de equipos de oxicorte (sopletes).

Achatarramiento con maquinaria de equipos e instalaciones utilizando una cizalla de hierro acoplada a una retroexcavadora.

Achatarramiento mediante grúa de los equipos, las estructuras, los conductos o cualquier elemento, sujetándolo con grúa y separándolo mediante el método de desmantelamiento manual (sopletes).

Método general de demolición: La demolición se realizara mediante martillos neumáticos, hidráulicos o eléctricos, y mediante demoledores primarios y secundarios dependiendo de la estructura que se vaya a demoler. Tras la demolición se procederá a la gestión o reutilización adecuada de los materiales generados en la misma. Siempre que sea posible, las labores de acondicionamiento se realizarán con material originario de la demolición de edificios sitos en la misma zona.

Los procedimientos de demolición a utilizar, tanto individualmente como de modo combinado, son los siguientes:

Desmontaje y desguace, correspondiente a los trabajos efectuados fundamentalmente en las estructuras de tipo metálico, maquinaria y equipos que existan en el área a demoler (interior de edificios, en las cubiertas, fachadas, etc.), así como en los racks de tuberías, bandejas de cables, depósitos, etc.

Demolición mediante empuje o tracción. En el caso de empuje se utiliza frecuentemente una cuchara montada en el brazo de la excavadora, mientras que por tracción la máquina está equipada con un brazo largo telescópico provisto de una herramienta de demolición con dientes.

Demolición con herramientas manuales, que se realiza picando y fragmentando capa tras capa.

Demolición con máquinas con martillo picador, para demoler grandes volúmenes de hormigón. Habitualmente se utiliza el sistema hidráulico del vehículo portador y, sólo de manera excepcional se emplean martillos de aire comprimido.

Demolición con máquinas con demoledores, que se caracterizan por su gran fuerza de tracción y ruptura para derribar edificios.

Método de demolición por voladura, mediante la utilización de explosivos, el cual se empleará en la demolición de las torres de refrigeración y gasificación.

Proceso de retirada de residuos: Los materiales generados en los trabajos de desmantelamiento y demolición, según su origen y sus características, serán acopiados en las zonas establecidas para ello (campas) o dentro de contenedores específicos, hasta su gestión por parte de gestores autorizados.

Acondicionamiento final: Una vez realizados todos los trabajos de demolición y desmantelamiento se procederá a realizar las labores correspondientes con el fin de dejar el emplazamiento en condiciones de seguridad, mediante un nivelado uniforme del mismo a nivel del suelo.

Todas las excavaciones y partes existentes de edificios por debajo del nivel del suelo serán rellenados y compactados con material inerte procedente de los trabajos de demolición y, en caso de ser insuficientes, se traerán del exterior.

Finalmente, se retirará toda la maquinaria y las instalaciones auxiliares que se hayan utilizado y se limpiará toda la zona de trabajo dejando una explanada libre de obstáculos.

Los plazos establecidos para realizar las actividades proyectadas son los siguientes: 4 meses para las labores de limpieza, 18 meses para la realización del achatarramiento y la demolición de las instalaciones, y 1,5 meses para el acondicionamiento del terreno.

3.2 Ubicación del proyecto.

Las actuaciones proyectadas se localizan dentro de la propia central térmica de ELCOGÁS, próxima a la pedanía El Villar, en el término municipal de Puertollano (Ciudad Real), a aproximadamente 12 km al este de su centro urbano, por lo que se considera que la capacidad de carga del medio para acoger dichas actuaciones es adecuada.

El área de estudio se ubica en el valle del río Ojailén, dentro de la cuenca hidrográfica del Guadalquivir, situado entre la Sierra de Calatrava, al norte, y la Sierra de Puertollano, al sur, siendo los principales cauces existentes en la zona, el propio río Ojailén y los arroyos de los Cinchos y de Valconejero, afluentes del mismo. Respecto a la hidrogeología, la zona que nos ocupa no se ubica sobre ninguna unidad hidrogeológica ni sistema acuífero de interés regional.

En el ámbito de proyecto no existe ningún espacio protegido perteneciente a la Red Natura 2000 o a la Red de Áreas Protegidas de la Castilla-La Mancha. Los espacios protegidos más próximos son el Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) ES4220005 «Lagunas volcánicas del Campo de Calatrava», espacio incluido en la Red Natura 2000, el Monumento Natural «Laguna Volcánica de la Alberquilla» y el Parque Natural «Valle de Alcudia y Sierra Madrona», situados aproximadamente a 5,5 km al sur de la planta térmica.

Las actuaciones proyectadas no se ubican sobre hábitats de interés comunitario, si bien, en el entorno de la planta térmica se localizan los siguientes: 6420 Prados húmedos mediterráneos de hierbas altas del Molinion-Holoschoenion, 92D0 Galerías y matorrales ribereños termomediterráneos (Nerio-Tamaricetea y Securinegion tinctoriae), 9320 Bosques de Olea y Ceratonia y 9340 Encinares de Quercus ilex y Quercus rotundifolia.

3.3 Características del potencial impacto.

Incidencia sobre la atmósfera.

Durante los trabajos proyectados, las principales afecciones sobre la calidad atmosférica se producirán por el aumento de polvo y partículas en suspensión y contaminantes atmosféricos derivado de la combustión y tránsito de la maquinaria, del desmantelamiento de instalaciones y demolición de edificios, de la acumulación, carga y transporte de materiales, y del empleo de equipos de oxicorte.

El promotor, para reducir el impacto sobre la calidad del aire, propone, entre otras medidas, las siguientes: el mantenimiento adecuado de los vehículos y maquinaria de obra, de tal forma que se asegure el cumplimiento de la normativa vigente referente a emisiones atmosféricas; la utilización, siempre que sea posible, de máquinas eléctricas frente a las de combustión; la limpieza de los equipos antes de su desmantelamiento; la carga de material pulvurulento en la caja de los camiones o contenedores evitando caídas superiores a 1 m; el transporte cubierto de los materiales; la limitación de la velocidad de circulación; el riego de viales; el mantenimiento adecuado de los equipos de oxicorte; la utilización, cuando sea posible, de máquinas con cizalla de hierro; el desmantelamiento de equipos, instalaciones y estructuras con grúa, puente-grúa, polipasto o manipulador telescópico; la utilización de sistemas de aspersión y pantallas de agua durante los trabajos de demolición; y que la fragmentación definitiva de edificios se realice preferentemente en el suelo, reduciendo la emisión de polvo.

Incidencia sobre la calidad acústica.

Dada la naturaleza de los trabajos de demolición y desmantelamiento de la central térmica, se prevé un aumento temporal significativo del nivel de ruido por el funcionamiento de la maquinaria de obra, la circulación de vehículos pesados para el transporte de materiales y la afluencia del personal empleado como consecuencia de la ejecución de los trabajos.

De acuerdo con el promotor, las actuaciones propuestas se localizan en su mayoría, alejadas de los núcleos de población y de edificaciones dispersas presentes en el ámbito de estudio, por lo que no se espera una afección directa sobre la población por el ruido generado. El núcleo urbano de El Villar se sitúa a más de 2 km de la central.

Con objeto de reducir los niveles sonoros durante las actividades proyectadas, el promotor contempla que todos los trabajos se realizarán dentro de los horarios establecidos por las ordenanzas municipales, no superándose los niveles establecidos en la legislación vigente. Por otro lado, en la documentación ambiental se incluyen las siguientes medidas de protección: el mantenimiento adecuado de los vehículos y maquinaria de obra; la utilización de elementos de insonorización; proyectar los desmantelamientos con grúa evitando dejar caer el material desde altura; la limitación en la velocidad de los vehículos; la utilización de maquinaria y herramientas eléctricas; la limitación en el uso de martillos picadores; la realización de operaciones, manipulación y carga de chatarra en camiones en zonas aisladas y alejadas de áreas sensibles; etc. Siempre que sea posible se usará para la demolición los demoledores primario o secundario, por ser equipos que no producen prácticamente ruido.

Una vez finalizados los trabajos de desmantelamiento y demolición proyectados, se producirá una mejora en la calidad atmosférica y acústica del entorno, debido al cese de la actividad de la central térmica.

Incidencia sobre el suelo.

Al tratarse de una central térmica que usa como combustible carbón, coque de petróleo y gas natural es posible que se haya producido una contaminación del suelo en determinadas áreas por contacto con dichos materiales.

El promotor, en noviembre de 2016, realiza un informe de caracterización de suelos y aguas subterráneas, de acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados y conforme a su Resolución de Autorización Ambiental Integrada con número AAI-CR-021. Dicho informe de caracterización fue presentado en el Servicio de Prevención e Impacto Ambiental de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha el día 5 de diciembre de 2016.

Para la caracterización de los suelos se han tomado 51 muestras a distinta profundidad (30, 100 y 200 cm) en los parques de carbón y coque analizando los siguientes parámetros: metales pesados, incluyendo Cromo VI, hidrocarburos totales del petróleo (TPH) e hidrocarburos aromáticos policíclicos (HAPs).

De los resultados obtenidos respecto a metales pesados, se observa que, de modo generalizado, las mayores concentraciones se localizan en la zona más superficial, en torno a 1 m de profundidad. No obstante, los valores obtenidos como referencia son muy conservadores, en torno a una o dos órdenes de magnitud inferior a los niveles genéricos de referencia publicados en normativas de otras Comunidades Autónomas como Aragón (Orden de 5 de mayo de 2008) o Andalucía (Decreto 18/2015), debido a que no existe normativa de referencia para metales pesados en Castilla-La Mancha. Al comparar estos resultados con los niveles genéricos de referencia de las citadas normativas, todos los valores de todos los parámetros están muy por debajo de los límites.

Como conclusión del informe de caracterización de suelos, se recomienda que durante el desmantelamiento y retirada de los acopios que aún existen en la central, se retire la capa superficial con presencia de carbón y coque de las zonas de acopio. No se considera necesario retirar el suelo a más profundidad, dado que, a la vista de los resultados analíticos obtenidos, no existe afección al suelo.

Con objeto de minimizar el impacto sobre el suelo, la documentación ambiental contempla:

Limitar la ocupación de suelos, de forma que la superficie afectada por las maniobras de maquinaria y trabajadores sea la mínima y necesaria.

Delimitación e impermeabilización de las áreas de mantenimiento de maquinaria y depósito de sustancias peligrosas. Se incluirá, además, de lo expuesto en la documentación ambiental una red de recogida de lixiviados.

Los depósitos de combustible dispondrán de bandeja de recogida de derrames o estar situados en un cubeto de retención.

En caso de vertido accidental de sustancias peligrosas al suelo, inmediatamente se retirarán las tierras contaminadas y se realizará su gestión según lo dispuesto por la legislación vigente.

Generación de residuos.

Las obras de desmantelamiento y demolición de la central suponen la generación de diferentes tipos de residuos. El promotor adjunta un Estudio de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición (RCD) en cumplimiento del artículo 4 del Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.

En dicho Estudio de Gestión de RCD se realiza la identificación de los tipos (código LER) y volúmenes de los residuos que se prevé generar, las medidas para la prevención de la generación, separación, clasificación y recogida selectiva, así como las operaciones de gestión a las que serán destinados los mismos.

En la medida de lo posible, las tareas de derribo se realizarán empleando técnicas de deconstrucción selectiva y de desmontaje, a fin de favorecer la reutilización, reciclaje y valorización de residuos.

Como norma general, primero se iniciará la limpieza de los residuos peligrosos y no peligrosos; después se achatarrarán de forma manual, en una primera fase, el cableado, los elementos eléctricos, los motores, los tubos del condensador, etc., separándolos por materiales según naturaleza; para finalizar el achatarramiento de forma manual o mecánica de todas aquellas estructuras, instalaciones o equipos compuestos únicamente de hierro o acero. Para finalizar se realizará la demolición selectiva de los edificios.

Todos los procedimientos de trabajo están diseñados para realizar una separación y recogida selectiva de los residuos generados en las actuaciones proyectadas según la naturaleza del material o de acuerdo al proceso de reciclaje o valorización. Posteriormente, se depositarán en las campas principales o temporales acondicionadas para su almacenamiento temporal. De las campas, los residuos serán retirados por transportistas autorizados hacia sus gestores finales.

En la siguiente tabla se recogen los distintos residuos generado durante los trabajos proyectados, así como su tratamiento y gestor:

Código LER

Agrupación

Descripción

Cantidad

Tratamiento

Gestor

13 07 01*

Residuos peligroso.

Fuel oil y gasóleo.

20 tn.

Valorización.

Gestor autorizado.

15 01 10*

Residuos peligrosos.

Envases que contienen restos de sustancias peligrosas o están contaminadas por ellas.

1 tn.

Eliminación.

Gestor autorizado.

15 02 02*

Residuos peligrosos.

Trapos absorbentes contaminados con sustancias peligrosas.

0,5 tn.

Eliminación.

Gestor autorizado.

16 11 06

Residuos no peligrosos.

Revestimientos y refractarios procedentes de procesos no metalúrgicos, distintos de los especificados en el código 16 11 05.

400 tn.

Valorización.

Planta de RCD in situ.

17 01 01

Áridos.

Hormigón.

36.000 tn.

Valorización.

Planta de RCD in situ.

17 01 07

Áridos.

Mezclas de hormigón, ladrillos, tejas y materiales cerámicos distintos de los del código 17 01 06.

4.500 tn.

Valorización.

Planta de RCD in situ.

17 02 01

Madera.

Madera.

300 tn.

Reciclaje.

Gestor autorizado.

17 02 02

Residuos no peligrosos.

Vidrio.

125 tn.

Reciclaje.

Gestor autorizado.

17 02 03

Residuos no peligrosos.

Plástico.

85 tn.

Reciclaje.

Gestor autorizado.

17 04 01

Metales.

Cobre, bronce, latón.

285 tn.

Reciclaje.

Gestor autorizado.

17 04 02

Metales.

Aluminio.

115 tn.

Reciclaje.

Gestor autorizado.

17 04 05

Metales.

Hierro y acero.

22.000 tn.

Reciclaje.

Gestor autorizado.

17 04 07

Metales.

Metales mezclados.

135 tn.

Reciclaje.

Gestor autorizado.

17 04 11

Residuos no peligrosos.

Cables distintos de los especificados en el código 17 04 10.

1.200 tn.

Reciclaje.

Gestor autorizado.

17 05 03*

Residuos peligrosos.

Tierra y piedras que contienen sustancias peligrosas.

25 tn.

Eliminación.

Gestor autorizado.

17 06 04

Residuos no peligrosos.

Materiales de aislamiento distintos de los específicos en los códigos 170601 y 170603.

200 tn.

Reciclaje.

Gestor autorizado.

17 08 02

Residuos no peligrosos.

Materiales de construcción a partir de yeso distintos de los especificados en el código 17 08 01.

70 tn.

Reciclaje.

Gestor autorizado.

17 09 04

Residuos no peligrosos.

Residuos mezclados de construcción y demolición distintos de los especificados en los códigos 170901, 170902 y 170903.

80 tn.

Valorización.

Gestor autorizado.

19 08 06*

Residuos peligrosos.

Resinas intercambiadoras de iones saturadas o usadas.

50 m3.

Eliminación.

Gestor autorizado.

20 01 01

Residuos no peligrosos.

Papel.

55 tn.

Reciclaje.

Gestor autorizado.

20 01 21*

Residuos peligrosos.

Tubos fluorescentes y otros residuos que contienen mercurio.

2 tn.

Reciclaje.

Gestor autorizado.

20 01 35*

Residuos peligrosos.

Equipos eléctricos y electrónicos desechados, distintos a los especificados en los códigos 20 01 21 y 20 01 23, que contienen componentes peligrosos.

25 tn.

Reciclaje.

Gestor autorizado.

20 03 01

Residuos no peligrosos.

Mezcla de residuos municipales.

5 tn.

Reciclaje / Eliminación.

Planta de residuos sólidos urbanos municipal.

Los residuos de origen pétreo (hormigón, ladrillo, etc.) se valorizarán in situ con máquinas recicladoras de RCD que los triturarán y los separarán por tamaños empleándolos como materiales de relleno en la propia central. El hormigón armado será reciclado en la planta móvil de tratamiento de hormigón para ser utilizado como material de relleno.

Los materiales metálicos (hierro, acero, cobre, aluminio, etc.), previa separación, se destinarán a siderúrgicas que los usaran en la formación de nuevos materiales.

Los residuos peligrosos serán depositados en un almacén que dispone la planta a tal efecto, gestionándose a través empresas autorizadas según el residuo generado, según la legislación vigente.

Los residuos radiactivos se gestionarán siguiendo su normativa específica a través de gestor autorizado

Incidencia sobre la hidrología.

La Agencia del Agua de Castilla-La Mancha informa que no se prevén efectos negativos significativos sobre los recursos hídricos, mayores que los derivados de los posibles vertidos líquidos procedentes de las labores de mantenimiento de la maquinaria empleada.

En relación con la posible contaminación de las aguas subterráneas por los lixiviados procedentes de los acopios de residuos, el promotor señala que todos los residuos, a excepción de los materiales pétreos y chatarras, se almacenarán en contenedores o en espacios cerrados, según su tipología, para su correcta gestión.

Para el control y caracterización de las aguas subterráneas, se ha utilizado la red de piezómetros ya instalada para la protección de suelos y aguas subterráneas requeridos en la AAI, teniendo en cuenta que la central lleva a cabo un seguimiento y control de sus aguas subterráneas desde hace ya varios años.

Los resultados del análisis de las aguas subterráneas concluyen que no se observa afección en los parámetros analizados, metales (As, Cd, Cr, Cu, Hg, Ni, Pb, Zn, Co, Mo y Se), COT, cianuros totales, sulfatos y sulfuros. Las concentraciones obtenidas se sitúan en la mayoría de los casos bajo los límites de detección del laboratorio o en concentraciones trazas, manteniendo los valores analizados con respecto a las campañas anteriores.

El promotor contempla las siguientes medidas para evitar la afección a la hidrología:

Mantenimiento de la limpieza del suelo y aislamiento de materiales de acopios, rellenos y sustancias contaminantes evitando que puedan afectar a las aguas superficiales.

Delimitación e impermeabilización de las áreas de mantenimiento de maquinaria y depósito de sustancias peligrosas.

Se acondicionará la red de pluviales existente con objeto de evitar vertidos incontrolados. El agua recogida será almacenada en la balsa de tratamiento existente, donde se decantan por gravedad los residuos sólidos, además de contar con un sistema de separación de hidrocarburos. Se realizará una inspección visual diaria de la citada balsa mientras duren los trabajos de demolición de la central, con objeto de retirar y gestionar los fangos decantados periódicamente de acuerdo a la normativa vigente.

En relación a las aguas, previamente a su vertido al medio receptor, una vez realizadas las analíticas correspondientes, se comprobará que cumplen los parámetros recogidos en la normativa existente para su vertido.

La central dispone de una planta de tratamiento de aguas residuales, la cual se mantendrá en funcionamiento hasta la finalización de los trabajos de desmantelamiento, ya que no será objeto de demolición. Se trata de una planta de fangos activos con un caudal de diseño de 120 m3/día y para un número de habitantes equivalentes de 600.

El abastecimiento de agua de consumo para el personal de obra, se realizará a través de dispensadores de agua mineral embotellada. El agua destinada a la higiene personal, proviene de la concesión de aguas públicas que dispone la propia central.

Incidencia sobre la vegetación y fauna.

Al realizarse los trabajos dentro del recinto actual de la central térmica, el impacto sobre la flora y fauna se limitaría a la vegetación actual dentro de la parcela ocupada por la propia central. En este sentido, el promotor señala que los jardines, árboles y las barreras arbóreas existentes se mantendrán tal y como están, teniendo cuidado y previendo cualquier daño que puede ser causado por los trabajos proyectados.

La Viceconsejería de Medio Ambiente de Castilla-la Mancha no prevé impactos desfavorables significativos siempre y cuando se cumplan las condiciones previstas en la documentación ambiental.

Incidencia sobre el cambio climático.

Con objeto a minimizar los efectos sobre el cambio climático el promotor señala que se realizará:

Demoliciones atendiendo a criterios de deconstrucción.

Reutilización de los materiales de obra siempre que sea posible. Los materiales pétreos serán reutilizados como material de relleno o como sub-base en el acondicionamiento del terreno.

Responsabilidad en las operaciones que necesiten agua, como limpiezas de equipos, riego de pasos de vehículos y humectación durante las demoliciones.

Optimización del uso de la energía eléctrica utilizada en la iluminación de las zonas de obra y en el funcionamiento de maquinaria; del consumo de combustibles líquidos en maquinaria; y del transporte y el uso de maquinaria realizando una buena planificación de la obra.

Incidencia sobre el paisaje.

El desmantelamiento y demolición de las instalaciones y edificios de la central térmica tendrá un efecto positivo en la calidad paisajística al reducir el impacto visual de dicha infraestructura en la zona de actuación.

Medio socioeconómico.

El promotor garantiza el mantenimiento de la permeabilidad territorial y la reposición de los bienes y servicios afectados. El cierre de la actividad de la central supone la pérdida del empleo que generaba.

El Estudio de Seguridad y Salud, incluido en el proyecto, contempla que todas las actividades que se desarrollen en la obra cumplan con la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. En el mismo se ha realizado un estudio de los riesgos asociados a las actividades que se van a desarrollar, así como las medidas preventivas que hay que adoptar. Antes del comienzo de los trabajos se adaptará el Plan de emergencia de la central a la nueva situación de trabajos, del cual serán informados todos los trabajadores.

Dada la ubicación de las instalaciones (alejadas del núcleo urbano) y las características del proyecto, la incidencia sobre la salud humana más importante es la soportada por el personal que tenga que realizar los trabajos de demolición y retirada de residuos, debido a la emisión de gases por empleo de equipos de oxicorte, la generación de polvo en suspensión y la gestión de los residuos.

El promotor ha establecido una serie de cautelas que abarcan todos los aspectos más significativos, entre las que incluye desde cómo se deberán de realizar los cortes de los materiales más peligrosos para minimizar la emisión de partículas hasta la obligación de utilización de mascarillas antipolvo adecuadas para partículas sólidas y humos del tipo FFP3 (UNE-CR 529:1993).

Incidencia sobre el patrimonio cultural.

Las obras se realizarán dentro de la actual parcela de la central térmica, fuertemente antropizada, por lo que según el promotor no se prevén impactos negativos sobre el patrimonio cultural.

Riesgos ambientales.

Según el promotor, los riesgos medioambientales existentes en la obra podrían ser el riesgo de incendio y de vertidos incontrolados. Para minimizar estos aspectos se tomarán las siguientes medidas correctoras:

Desarrollo de un Plan de Emergencia y Autoprotección.

Establecimiento de la señalización necesaria sobre «peligro de incendio» y de medidas de intervención inmediata en caso de incendio (se dispondrá de una reserva de agua y otros medios contra incendios que permitan una actuación inmediata en caso de emergencia).

Se dispondrá de sistemas de comunicación para poder avisar a los bomberos en caso de emergencia.

Localización y control de zonas de instalaciones y parque de maquinaria, que eviten los vertidos incontrolados.

Además el promotor de acuerdo a la petición de la Dirección General de Protección Ciudadana de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de Castilla-La Mancha y de acuerdo con el artículo 22.2 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Suelos y la Rehabilitación Urbana, se incluirá un mapa de riesgos naturales del ámbito del proyecto.

Programa de Vigilancia Ambiental.

La documentación ambiental incluye un programa de vigilancia ambiental para el seguimiento y control durante la ejecución de las obras de los siguientes aspectos:

Control de la contaminación de los suelos, incluyendo el seguimiento de la calidad de las aguas subterráneas.

Localización y control de zonas de instalaciones y parque de maquinaria.

Control de la emisión de polvo y partículas.

Control de las emisiones y los niveles acústicos de la maquinaria.

Control de los niveles acústicos de las obras.

Seguimiento de la calidad de las aguas superficiales.

Control de la ubicación y explotación de las zonas de relleno de escombros.

Seguimiento del almacenamiento temporal de residuos.

Control de la gestión y tratamiento de los distintos residuos de obra (restos metálicos, plásticos, vidrio, madera, papel y cartón, envases, productos químicos, fibra y lana de vidrio, lodos y residuos de hidrocarburos).

Control de otros residuos no identificados.

Seguimiento del desmantelamiento de instalaciones y limpieza de la zona de obras.

El seguimiento de todos estos aspectos quedará reflejado en los informes mensuales de seguimiento de la obra, así como en los diferentes informes específicos que pudieran generarse durante el transcurso de toda la obra. Una vez terminada la obra se realizará un informe final de obra.

Teniendo en cuenta todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, este Ministerio resuelve de acuerdo con la evaluación de impacto ambiental practicada según la Sección 2.ª del Capítulo II del Título II, y el análisis realizado con los criterios del anexo III de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, no es previsible que el proyecto Desmantelamiento y demolición de la central termoeléctrica de gasificación integrada en ciclo combinado (GICC) de ELCOGAS de 320 MW, cumpliendo los requisitos ambientales que se desprenden de la presente Resolución de Informe de Impacto Ambiental, vaya a producir impactos adversos significativos, por lo que no se considera necesaria la tramitación prevista en la Sección 1.ª del Capítulo II del Título II de dicha Ley.

Esta Resolución se hará pública a través del «Boletín Oficial del Estado» y de la página web del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (www.mapama.es), debiendo entenderse que no exime al promotor de obtener las autorizaciones ambientales que resulten legalmente exigibles.

De conformidad con el artículo 47.6 de la Ley de evaluación ambiental, el informe de impacto ambiental no será objeto de recurso alguno sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa o judicial frente al acto, en su caso, de autorización del proyecto.

Madrid, 28 de abril de 2017.–La Secretaria de Estado de Medio Ambiente, María García Rodríguez.

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