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Documento BOE-A-2017-605

Acuerdo de 12 de enero de 2017, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso de méritos para proveer puesto de trabajo en el Servicio de Relaciones Internacionales.

Publicado en:
«BOE» núm. 17, de 20 de enero de 2017, páginas 4953 a 4956 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2017-605

TEXTO ORIGINAL

Al encontrarse vacante en el Consejo General del Poder Judicial un puesto de trabajo, dotado presupuestariamente, de jefe/a de sección en el servicio de Relaciones Internacionales, cuya provisión se estima conveniente para atender las funciones y competencias atribuidas a ese órgano técnico, la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día de la fecha, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 624 y concordantes de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, ha acordado convocar un concurso de méritos para la cobertura del referido puesto de trabajo, cuyas características se describen en el anexo I.

El concurso se regirá por las siguientes normas:

Primera.

Podrán tomar parte en el mismo los jueces, magistrados, letrados de la Administración de Justicia, abogados del Estado, miembros de la Carrera Fiscal y funcionarios de las Administraciones Públicas del subgrupo A1, a que se refiere el artículo 76 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobada por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos en firme mientras dure la suspensión.

Segunda.

Quienes deseen tomar parte en el concurso deberán elevar su solicitud, que se ajustará al modelo que obra en el anexo II de este Acuerdo, al Excelentísimo señor Presidente de este Consejo en que así lo manifiesten y a la que podrán acompañar relación de los méritos y circunstancias que en ellos concurran, así como su justificación documental. Las instancias deberán presentarse dentro de los quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», en el Registro General del propio Consejo o en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en virtud de lo dispuesto en la disposición final séptima, disposición derogatoria única, apartado 2, último párrafo y disposición adicional quinta de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tercera.

Con la solicitud se acompañará un curriculum vitae, en el que se hará constar los méritos y circunstancias personales que se estimen oportunos y, en especial, los que se refieran a destinos servidos, títulos académicos, publicaciones, idiomas y experiencia que se posea en las especificaciones que se reseñan en el anexo I, acompañando los documentos justificativos correspondientes.

Cuarta.

Los/as candidatos/as podrán ser requeridos/as para que justifiquen los datos, circunstancias y méritos a que se refiere la norma anterior. Cualesquiera de entre ellos/as podrán, asimismo, ser citados/as para una entrevista personal.

Quinta.

A la vista de las instancias y documentación presentada, el Pleno del Consejo, apreciando conjuntamente los méritos alegados, nombrará a la persona seleccionada para cubrir el puesto convocado. Si el Pleno entendiera que los/as solicitantes no reúnen las condiciones de idoneidad o aptitud precisas para el cargo podrá declarar la convocatoria desierta.

Sexta.

La persona a la que se adjudique el puesto convocado, prestará sus funciones por un período de dos años, prorrogable por períodos anuales y con un máximo de prestación de servicios de diez años y será declarado/a en situación de servicios especiales en su Administración de origen de conformidad con lo previsto en el artículo 625.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Los/as concursantes no nombrados/as dispondrán de un plazo de seis meses para retirar la documentación aportada, acreditativa de los méritos alegados, procediéndose a su destrucción en caso de no efectuarlo.

Séptima.

Contra este Acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación. Potestativamente, se podrá interponer recurso de reposición ante la Comisión Permanente, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación. En este último caso, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo, hasta que se haya resuelto el recurso de reposición o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 12 de enero de 2017.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes Serrano.

ANEXO I

Denominación del puesto: jefe/a de sección de Relaciones Internacionales

Órgano Técnico: Secretaría General.

Número de puestos convocados: 1

Localización: Madrid.

Nivel de Complemento de Destino: 30.

Complemento específico: 44.796,64 euros anuales.

Adscripción: Jueces y juezas, magistrados/as, letrados/as de la Administración de Justicia, abogados/as del Estado, miembros de la carrera fiscal y funcionarios/as de las administraciones públicas del subgrupo A1 a que se refiere el artículo 76 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobada por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

Méritos Específicos:

– Experiencia en el ámbito de la cooperación internacional penal y el manejo de redes de auxilio judicial.

– Conocimiento profundo y directo del proceso penal en una o varias instancias.

– Experiencia en el ámbito de la Red Judicial Española (REJUE), o en el de otras redes de la Administración de Justicia en materia de cooperación internacional, preferentemente de su división penal, o en el de las redes europeas o iberoamericanas en materia de cooperación penal internacional (Red Judicial Europea, IberRed, Red Europea de Equipos Conjuntos de Investigación, Red Europea de Lucha contra el Genocidio o Red de Europea en materia de Cibercrimen).

– Amplios conocimientos de derecho comparado y de derecho español.

– Dominio del idioma inglés, valorándose adicionalmente el dominio del idioma francés.

– Disponibilidad para viajar.

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