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Documento BOE-A-2017-640

Resolución de 9 de enero de 2017, conjunta de la Dirección General de Formación Profesional Inicial y Educación Permanente de la Consejería de Educación y de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, por la que se publica la convocatoria del procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.

Publicado en:
«BOE» núm. 17, de 20 de enero de 2017, páginas 5174 a 5176 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-A-2017-640

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 13, apartado 4, del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, y una vez publicada la Resolución de 20 de diciembre de 2016, conjunta de la Dirección General de Formación Profesional Inicial y Educación Permanente de la Consejería de Educación y de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, por la que se convoca y regula el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, para las unidades de competencia de determinadas cualificaciones profesionales, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, resuelve anunciar los siguientes aspectos de la misma.

Primero.

La Resolución de 20 de diciembre de 2016, conjunta de la Dirección General de Formación Profesional Inicial y Educación Permanente de la Consejería de Educación y de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, por la que se convoca y regula el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, para las unidades de competencia de determinadas cualificaciones profesionales, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, ha sido publicada en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» n.º 247, de fecha 28 de diciembre de 2016.

Segundo.

Las bases de la Resolución de convocatoria del referido procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales, así como la solicitud de participación, están disponibles a efectos informativos en la siguiente dirección de internet http://juntadeandalucia.es/eboja/2016/247/index.html.

Tercero.

Se realiza convocatoria del procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, para las unidades de competencia de las cualificaciones profesionales que se indican, con la siguiente distribución de plazas:

Familia profesional

Cualificación profesional

N.º unidades de competencia

Total plazas

Administración y gestión.

Actividades de gestión administrativa. (Real Decreto 107/2008, de 1 de febrero).

7

300

Actividades físicas y deportivas.

Acondicionamiento físico en sala de entrenamiento polivalente. (Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero) (Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre) (Real Decreto 1521/2007, de 16 de noviembre) (Real Decreto 146/2011, de 4 de febrero) (Orden PRE/1340/2016, de 29 de julio).

4

300

Actividades físicas y deportivas.

Acondicionamiento físico en grupo con soporte musical. (Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre) (Real Decreto 1521/2007, de 16 de noviembre) (Real Decreto 146/2011, de 4 de febrero) (Orden PRE/1340/2016, de 29 de julio).

4

300

Actividades físicas y deportivas.

Instrucción en Yoga. (Real Decreto 146/2011, de 4 de febrero) (Orden PRE/1340/2016, de 29 de julio).

4

100

Electricidad y electrónica.

Montaje y mantenimiento de instalaciones eléctricas de baja tensión. (Real Decreto 1115/2007, de 24 de agosto).

6

200

Hostelería y turismo.

Cocina. (Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero) (Real Decreto 1700/2007, de 14 de diciembre) (Orden PRA/1883/2016, de 9 diciembre).

5

150

Sanidad.

Transporte sanitario. (Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero, Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre y Orden PRE/2720/2015, de 7 de diciembre).

4

100

Seguridad y medio ambiente.

Teleoperaciones de atención, gestión y coordinación de Emergencias. (Real Decreto 1553/2011, de 31 de octubre).

5

250

Servicios sociales y a la comunidad.

Atención sociosanitaria a personas en el domicilio. (Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero).

3

1.800

Servicios sociales y a la comunidad.

Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales. (Real Decreto 1368/2007, de 19 de octubre).

4

900

Servicios sociales y a la comunidad.

Atención al alumnado con necesidades educativas especiales (ACNEE) en centros educativos. (Real Decreto 1096/2011, de 22 de julio).

5

300

Servicios sociales y a la comunidad.

Dinamización de actividades de tiempo libre educativo infantil y juvenil. (Real Decreto 567/2011, de 20 de abril).

3

200

Total plazas

4.900

El procedimiento objeto de esta convocatoria es un programa financiado por la Junta de Andalucía y cofinanciado por el Fondo Social Europeo.

Cuarto.

Podrán participar en este procedimiento las personas que reúnan los requisitos establecidos en el punto resolutorio sexto de la referida Resolución de 20 de diciembre de 2016, conjunta de la Dirección General de Formación Profesional Inicial y Educación Permanente de la Consejería de Educación y de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, de la Junta de Andalucía.

Quinto.

El plazo de presentación de solicitudes será el comprendido entre los días 1 y 21 de febrero de 2017, ambos inclusive.

Sexto.

La solicitud de participación en el procedimiento se hará preferentemente a través de la oficina virtual de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, cumplimentando el formulario anexo I de la referida Resolución a través de la aplicación informática diseñada a tal efecto, de acuerdo con las indicaciones e instrucciones que en la misma se incluyen, y que estará disponible a partir del 1 de febrero de 2017. Si se dispone de certificado digital para firma electrónica podrá tramitarse de forma telemática en dicha oficina virtual, en aplicación de lo recogido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sevilla, 9 de enero de 2017.–La Directora General de Formación Profesional Inicial y Educación Permanente, Purificación Pérez Hidalgo.–El Director General de Formación Profesional para el Empleo, Manuel Jesús García Martín.

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