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Documento BOE-A-2017-6400

Resolución de 25 de mayo de 2017, del Museo Nacional del Prado, sobre delegación de competencias.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 134, de 6 de junio de 2017, páginas 46157 a 46158 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2017-6400
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2017/05/25/(2)

TEXTO ORIGINAL

Con la finalidad de dotar a la organización de la máxima flexibilidad y agilidad en la tramitación administrativa, mediante Resolución del Director del Museo Nacional del Prado de 17 de febrero de 2005, se delegó en el Director Adjunto de Administración el ejercicio de diversas competencias referidas a materias de gestión de personal, gestión patrimonial y gestión económica, de acuerdo con en el marco competencial atribuido al Director del Museo por la Ley 46/2003, de 25 de noviembre, Reguladora del Museo, y el Real Decreto 433/2004, de 12 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del mismo.

No obstante, la modificación de la estructura del Museo Nacional del Prado y la nueva referencia nominal de las unidades que dependen del mismo, así como la entrada en vigor de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, han determinado la necesidad de actualizar la delegación de competencias atribuidas por la Resolución de 17 de febrero de 2005, a cuyo efecto se dicta esta resolución.

En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, resuelvo:

Primero.

Delegar el ejercicio y gestión de competencias del Director del Museo en la Directora Adjunta de Administración, en las siguientes materias:

1. En materia de gestión de personal:

a) Aprobar las nóminas del personal del Museo.

b) Suscribir contratos laborales.

c) Solicitar las modificaciones del régimen retributivo y de creación o extinción de puestos de trabajo o modificación de los mismos ante los Órganos competentes.

d) Convocar pruebas selectivas para la provisión de puestos de trabajo y actuaciones administrativas derivadas de las mismas.

e) Representar al Museo en las negociaciones con las representaciones de sus empleados y suscribir los documentos derivados de las mismas.

f) Suscribir las certificaciones y demás documentos relativos a cualquier aspecto que afecte a la vida profesional de los empleados del Museo.

g) Suscribir los planes anuales de acción social y formación.

2. En materia de gestión de patrimonio:

a) Ejercer las competencias que el ordenamiento jurídico atribuye al Director como órgano de contratación, a excepción de la adquisición de obras de arte e inmuebles.

b) Gestionar los bienes y derechos patrimoniales.

c) Acordar las bajas en inventario, con enajenación, en su caso, de aquellos bienes muebles no artísticos, propiedad del Museo, que dejen de ser útiles para el servicio.

3. En materia de gestión económica:

a) Autorizar y comprometer los gastos, así como reconocer las obligaciones derivadas de aquéllos y su formalización en los documentos contables correspondientes.

b) Ordenar los pagos inherentes a la gestión del Presupuesto y formalizar los instrumentos materiales de pago con la firma mancomunada que, en cada caso corresponda, sin perjuicio de las suplencias que resulten procedentes.

c) Aprobar las cuentas justificativas en los casos en que así lo requiera la normativa.

Segundo.

Las competencias delegadas en el apartado primero de esta Resolución podrán ejercerse, por suplencia, en caso de vacante, ausencia o enfermedad, por los titulares de las unidades que a continuación se citan y con el orden de suplencia siguiente:

a) Coordinación General de Administración.

b) Coordinación General de Programación y Operaciones.

Tercero.

En todas las resoluciones y actos que se realicen en virtud de la delegación de competencias reguladas en la presente Resolución debe hacerse constar, expresamente, tal circunstancia, considerándose dictadas por el órgano delegante.

Cuarto.

Las delegaciones que se establecen en la presente Resolución, podrán ser revocadas en cualquier momento por el órgano delegante e igualmente éste podrá avocar para sí el conocimiento y resolución de cualquier asunto.

Quinto.

La presente resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», quedando derogada desde esa fecha la delegación contenida en la Resolución de 17 de febrero de 2005, del Museo Nacional del Prado, sobre delegación de atribuciones.

Madrid, 25 de mayo de 2017.–El Director del Museo Nacional del Prado, Miguel Falomir Faus.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 25/05/2017
  • Fecha de publicación: 06/06/2017
  • Efectos desde el 7 de junio de 2017.
  • Fecha de derogación: 06/05/2022
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Resolución de 26 de abril de 2022 (Ref. BOE-A-2022-7405).
  • SE MODIFICA el apartado 2, por Resolución de 20 de diciembre de 2018 (Ref. BOE-A-2019-187).
Referencias anteriores
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Museo Nacional del Prado

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