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Documento BOE-A-2017-7310

Orden DEF/598/2017, de 12 de junio, por la que se aprueban los perfiles de ingreso y egreso de los alumnos del curso de actualización para el desempeño de los cometidos de oficial general.

Publicado en:
«BOE» núm. 151, de 26 de junio de 2017, páginas 53113 a 53115 (3 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2017-7310
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2017/06/12/def598

TEXTO ORIGINAL

El artículo 19.1 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar, establece que «el militar profesional ejerce funciones operativas, técnicas, logísticas y administrativas en el desempeño de sus cometidos para la preparación y empleo de las unidades militares en cumplimiento de las misiones encomendadas. Dichas funciones se desarrollan por medio de acciones directivas, que incluyen las de mando, y acciones de gestión y ejecutivas», y su artículo 20.2 que «los oficiales generales ejercen la acción de mando en la estructura orgánica y operativa de las Fuerzas Armadas y la alta dirección y gestión de sus recursos materiales, humanos y financieros. Accederán a esta categoría, los oficiales que hayan acreditado en su carrera militar de modo sobresaliente su competencia profesional y capacidad de liderazgo».

El artículo 20.1 del Real Decreto 339/2015, de 30 de abril, por el que se ordenan las enseñanzas de perfeccionamiento y de altos estudios de la defensa nacional, establece que el curso de actualización para el desempeño de los cometidos de oficial general tiene la consideración de curso militar de altos estudios de la defensa nacional. Así mismo, su artículo 21.1 dispone que «este curso tiene por finalidad la actualización de los conocimientos para el desempeño de los cometidos de los empleos de la categoría de oficiales generales. Se impartirá en la Escuela Superior de la Fuerzas Armadas», y su artículo 21.2 que «los perfiles de ingreso y egreso serán aprobados por el Ministro de Defensa a propuesta del Jefe de Estado Mayor de la Defensa, oído el parecer del Subsecretario de Defensa y de los Jefes de Estado Mayor del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire».

Por otra parte, la aprobación de los perfiles de ingreso y egreso es un paso previo necesario para el posterior desarrollo del nuevo currículo del curso de actualización para el desempeño de los cometidos de oficial general, cimentado en un nuevo diseño, con un enfoque basado en el alumno y una metodología eminentemente práctica, plenamente armonizado con el espacio europeo de educación superior.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 21.2, párrafo segundo, del Real Decreto 339/2015, de 30 de abril, el citado currículo será aprobado por el Jefe de Estado Mayor de la Defensa, a propuesta del Director General de Reclutamiento y Enseñanza Militar y oído el parecer del Director del Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional.

El proyecto de esta orden ministerial fue informado por el Ministerio del Interior.

Durante su tramitación, el proyecto de esta disposición fue informado por las asociaciones profesionales con representación en el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas, conforme al artículo 40.2.b) de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, y se ha dado conocimiento del mismo al resto de asociaciones profesionales inscritas en el Registro de Asociaciones Profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas, conforme al artículo 40.1.c) de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio. Finalmente, con arreglo a lo establecido en el artículo 49.1.c) de la citada ley orgánica, fue informado por el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas.

En su virtud, a propuesta del Jefe de Estado Mayor de la Defensa, oído el parecer del Subsecretario de Defensa y de los Jefes de Estado Mayor del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire dispongo:

Artículo único. Aprobación de los perfiles de ingreso y egreso.

Se aprueban los perfiles de ingreso y egreso de los alumnos del curso de actualización para el desempeño de los cometidos de oficial general, cuyo texto se inserta a continuación.

Disposición transitoria única. Periodo de adaptación.

Los perfiles aprobados en esta orden ministerial serán de aplicación en los cursos de actualización para el desempeño de los cometidos de oficial general que se convoquen desde el año académico 2017-2018.

Disposición final primera. Facultades de aplicación.

1. Se faculta al Jefe de Estado Mayor de la Defensa para dictar cuantas instrucciones y resoluciones requiera la aplicación de esta orden ministerial.

2. Así mismo, se faculta al Subsecretario de Defensa, a los Jefes de Estado Mayor del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire y al Director General de la Guardia Civil para dictar cuantas instrucciones y resoluciones requiera la definición y evaluación del perfil de ingreso del alumno del curso de actualización para el desempeño de los cometidos de oficial general.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 12 de junio de 2017.–La Ministra de Defensa, María Dolores de Cospedal García.

PERFILES DE INGRESO Y EGRESO DE LOS ALUMNOS DEL CURSO DE ACTUALIZACIÓN PARA EL DESEMPEÑO DE LOS COMETIDOS DE OFICIAL GENERAL
Artículo 1. Objeto.

Estos perfiles tienen por objeto establecer el posterior desarrollo del currículo del curso de actualización para el desempeño de los cometidos de oficial general.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

Estos perfiles serán de aplicación en el ámbito del Ministerio de Defensa y del Ministerio del Interior, al personal militar que realice el curso de actualización para el desempeño de los cometidos de oficial general.

Artículo 3. Campos de actividad del oficial general.

El oficial general podrá desarrollar sus funciones, por medio de acciones directivas, que incluyen las de mando, y acciones de gestión y ejecutivas, en la estructura orgánica u operativa de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil, en los órganos superiores y directivos del resto de la estructura del Ministerio de Defensa y del Ministerio del Interior, en el resto de la Administración General del Estado, así como en organizaciones internacionales o multinacionales en las que España participa.

Estas funciones se llevarán a cabo en diferentes campos de actividad como son la organización, la preparación de la fuerza, el empleo de la fuerza, la inteligencia, contrainteligencia y seguridad, los recursos materiales, los recursos humanos, los recursos económico-financieros, la política de seguridad y defensa, las relaciones internacionales, las relaciones institucionales y el técnico facultativo.

Artículo 4. Perfil de ingreso del alumno del curso de actualización para el desempeño de los cometidos de oficial general.

El perfil de ingreso es un conjunto de competencias y capacidades que son definidas, evaluadas y ponderadas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, por la Subsecretaría de Defensa y por el Director General de la Guardia Civil para la selección de los alumnos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29 del Real Decreto 168/2009, de 13 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de evaluaciones y ascensos en las Fuerzas Armadas y sobre el acceso a la condición de militar de carrera de militares de tropa y marinería o, en el caso de la Guardia Civil, en el artículo 27 del Real Decreto 1224/2006, de 27 octubre, por el que se aprueba el Reglamento de evaluaciones y ascensos del personal del Cuerpo de la Guardia Civil.

Artículo 5. Perfil de egreso del alumno del curso de actualización para el desempeño de los cometidos de oficial general.

1. El perfil de egreso es el conjunto de competencias y capacidades definidas que deben actualizar o reforzar los alumnos al concluir el programa formativo.

2. En consecuencia, dado que las competencias están construidas sobre valores, actitudes, habilidades y conocimientos, y teniendo en cuenta que los valores y actitudes del alumno ya han sido debidamente acreditados y demostrados a lo largo de su trayectoria profesional, el perfil de egreso del curso estará fundamentalmente orientado al refuerzo de determinadas habilidades de los alumnos y a la actualización de una serie de conocimientos, que proporcionarán al oficial egresado el necesario criterio y la adecuada mejora de sus competencias para el correcto y apropiado ejercicio de sus funciones como oficial general con la debida eficiencia, y que se definen a continuación:

a) El refuerzo de habilidades de los alumnos estará orientado al mejor desempeño de sus funciones como oficiales generales. Estas habilidades son parte de competencias generales de carácter transversal y serán impartidas junto a los conocimientos, mediante el uso de metodologías específicas.

Las habilidades que deberán verse reforzadas son las que corresponden a las siguientes competencias generales:

1.º Pensamiento crítico. Capacidad de analizar, evaluar y cuestionar los fundamentos en los que se asientan las ideas, las acciones y los juicios del pensamiento propio y ajeno para mejorar el propio.

2.º Pensamiento creativo y prospectivo. Capacidad de generar, ante situaciones complejas, procesos mentales de búsqueda y descubrimiento que proporcionen soluciones originales, así como de imaginar escenarios futuros posibles.

3.º Orientación al logro. Capacidad de formular juicios, a partir de información incompleta o limitada, de elegir la mejor alternativa y de ejecutar las acciones oportunas, buscando la excelencia para obtener o superar los resultados esperados.

4.º Comunicación eficaz. Capacidad de informar y transmitir, de forma oral y escrita, con veracidad, claridad, concisión, precisión y fluidez, adaptándose a las características de la situación y a la audiencia, para lograr convencer e influir.

5.º Liderazgo y trabajo en equipo. Capacidad de dirigir grupos de trabajo, asegurando la cohesión, la colaboración activa y la motivación de sus miembros, así como de integrarse y participar en grupos de trabajo, anteponiendo los intereses del grupo a los personales, para conseguir los objetivos marcados.

6.º Autocontrol y autoconfianza. Capacidad de mantener las propias emociones bajo control y de evitar reacciones negativas cuando se trabaja en condiciones de presión, de confiar en las propias aptitudes, juicios y criterio, y de sobreponerse a la adversidad o al fracaso.

b) El currículo del nuevo curso determinará el plan de estudios necesario para la actualización de los conocimientos relacionados con los campos de actividad citados en el artículo 3 y para el refuerzo de las habilidades definidas en el perfil de egreso de este artículo.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 12/06/2017
  • Fecha de publicación: 26/06/2017
  • Fecha de entrada en vigor: 27/06/2017
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • los arts. 20.1 y 21.1 y 2 del Real Decreto 339/2015, de 30 de abril (Ref. BOE-A-2015-4781).
    • los arts. 19.1 y 20.2 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre (Ref. BOE-A-2007-19880).
Materias
  • Alumnos
  • Currículo
  • Defensa Nacional
  • Enseñanza Militar
  • Escuelas Militares
  • Estado Mayor de la Defensa
  • Promoción profesional

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