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Documento BOE-A-2017-8663

Resolución de 20 de julio de 2017, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de colaboración entre la Tesorería General de la Seguridad Social y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, para la organización del encuentro "Sostenibilidad del sistema de Seguridad Social: demografía, productividad y empleo".

Publicado en:
«BOE» núm. 174, de 22 de julio de 2017, páginas 64916 a 64928 (13 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales
Referencia:
BOE-A-2017-8663

TEXTO ORIGINAL

El Director General de la Tesorería General de la Seguridad Social y el Rector Magnífico de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, han suscrito, con fecha 10 de julio de 2017, un Convenio para la organización del encuentro «Sostenibilidad del sistema de Seguridad Social: demografía, productividad y empleo».

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», del referido Convenio, como anejo a la presente Resolución.

Madrid, 20 de julio de 2017.–El Subsecretario de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales, José María Jover Gómez-Ferrer.

ANEJO
Convenio de colaboración entre la Tesorería General de la Seguridad Social y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo para la organización del encuentro «Sostenibilidad del sistema de Seguridad Social: demografía, productividad y empleo

En Madrid, a 10 de julio de 2017.

REUNIDOS

De una parte, don Francisco Gómez Ferreiro, en nombre y representación de la Tesorería General de la Seguridad Social (CIF Q2827003A), con domicilio en la calle Astros, 5, de Madrid, y CIF, en calidad de Director General, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 292/2012, de 27 de enero (BOE de 28 de enero de 2012), y haciendo uso de las atribuciones que tiene conferidas por el artículo 3 del Real Decreto 1314/1984, de 20 de junio.

Y de otra, don César Nombela Cano, en nombre y representación de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (CIF Q2818022B y domicilio social en calle Isaac Peral, 23, 28040 Madrid), en su calidad de Rector Magnífico, que actúa facultado por su nombramiento realizado por Real Decreto 1705/2012, de 21 de diciembre (BOE de 22 de diciembre), y haciendo uso de las atribuciones que tiene conferidas en el artículo 12 del Estatuto de la Universidad, aprobado por Real Decreto 331/2002, de 5 de abril (BOE de 12 de abril).

Las partes se reconocen mutuamente la calidad con la que cada uno interviene, así como la capacidad legal suficiente para la suscripción del presente Convenio de colaboración, y a tal efecto,

EXPONEN

1.º Que la Tesorería General de la Seguridad Social (en adelante TGSS) es un Servicio común de la Seguridad Social, dotado de personalidad jurídica en el que, por aplicación de los principios de solidaridad financiera y caja única, se unifican todos los recursos financieros, tanto por operaciones presupuestarias como extrapresupuestarias. Tiene a su cargo la custodia de los fondos, valores y créditos y las atenciones generales y de los servicios de recaudación de derechos y pagos de las obligaciones del sistema de la Seguridad Social.

Que conforme al artículo 1.1 del Real Decreto 1314/1984, le corresponden a la TGSS, específicamente, y entre otras, las siguientes funciones:

La inscripción de empresas y la afiliación, altas y bajas de los trabajadores, la gestión y control de la cotización y de la recaudación de las cuotas y demás recursos de financiación del sistema de la Seguridad Social, el aplazamiento o fraccionamiento de las cuotas de la Seguridad Social, en la forma, condiciones y requisitos establecidos, la titularidad, gestión y administración de los bienes y derechos que constituyen el patrimonio único de la Seguridad Social y la ordenación de los pagos de las obligaciones de la Seguridad Social.

2.º Que la Universidad Internacional Menéndez Pelayo –en adelante UIMP– es un Organismo Autónomo adscrito al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte definido, de acuerdo con lo que establecen sus Estatutos, como centro universitario de alta cultura, investigación y especialización, en el que convergen actividades de distintos grados y especialidades universitarias, que tiene como misión promover y difundir la cultura y la ciencia, así como fomentar relaciones de intercambio de información científica y cultural de interés internacional e interregional, cooperando cuando ello sea conveniente con otras universidades o instituciones españolas o extranjeras.

Que la TGSS y la UIMP coinciden en su interés por organizar un encuentro sobre «Sostenibilidad del sistema de Seguridad Social: demografía, productividad y empleo» tema que se considera de la máxima actualidad y de incuestionable relevancia social y académica, siendo conscientes de los beneficios de la colaboración y de la suma de esfuerzos y recursos en una iniciativa conjunta para una mejor consecución del interés general que ambas entidades tienen encomendado.

Por lo anteriormente expuesto, ambas instituciones acuerdan suscribir el presente Convenio de colaboración de conformidad con las siguientes

CLÁUSULAS

Objeto del Convenio

Primera.

El objeto del presente Convenio es regular la colaboración de la TGSS y la UIMP para la organización conjunta, en el marco de los cursos de verano de la UIMP en Santander, de la siguiente actividad:

Curso: Sostenibilidad del sistema de Seguridad Social: demografía, productividad y empleo. Fecha: 24 al 27 de julio de 2017.

Dichas instituciones colaborarán en el orden académico, técnico, económico-presupuestario y logístico para llevar a cabo el diseño, organización, divulgación y desarrollo del encuentro, según las especificaciones de este Convenio y con el objetivo común de garantizar los niveles adecuados de excelencia académica, prestigio profesional y solvencia organizativa.

Colaboración en los aspectos académicos

Segunda.

La TGSS y la UIMP aprueban el diseño académico y esquema general del encuentro que se adjunta como anexo I a este Convenio, sin perjuicio de las obligadas variaciones que sea imprescindible efectuar en cuanto a ponentes o conferencias por causa de imprevistos o por motivos de otra índole valorados por la dirección del encuentro y ambas entidades.

El programa que se aprueba ha sido propuesto por el director académico, habiéndose elaborado ajustándose a las directrices facilitadas previamente por la UIMP sobre estructura y organización del curso y a los criterios técnicos y de contenido marcados por la TGSS.

El equipo directivo y técnico de la TGSS participa activamente en los programas, asesorando e interviniendo en aquellos temas en los que su aportación es relevante para el contenido del curso.

Tercera.

La UIMP avalará académicamente el curso objeto de este Convenio, emitiendo los correspondientes Diplomas a los participantes que cumplan los requisitos mínimos de asistencia y aprovechamiento establecidos en su normativa interna, así como las certificaciones académicas que se soliciten. Con tal fin la UIMP se responsabilizará del control de asistencia de los alumnos.

Colaboración en la organización y gestión económica

Cuarta.

La UIMP, dada su experiencia en la organización de este tipo de actividades docentes, así como su infraestructura general de instalaciones, equipos y recursos humanos, será la entidad que se encargue de la ejecución y celebración del encuentro citado de acuerdo con el programa y presupuesto aprobados, haciéndose cargo de la parte de gestión económica y administrativa que se recoge en el anexo III, correspondiendo a la TGSS la parte de gestión económica y administrativa que se recoge en el anexo IV. De esta manera corresponderá a la UIMP y a la TGSS la tramitación, gestión y pago de los expedientes de gasto que sea necesario instrumentar para atender las adquisiciones, servicios y suministros que se indican en los citados anexos.

Ambas partes colaborarán en la organización y gestión del encuentro en los siguientes términos:

A) La UIMP se encargará de la parte de gestión económica y administrativa que se recoge en el anexo III. En concreto se encargará de:

– En relación con los ponentes cuya participación está inicialmente prevista según programa establecido corresponderá:

• Pago de honorarios, excepto el personal que participa del Ministerio de Empleo y Seguridad Social y los altos cargos (según normativa UIMP 2017).

– En relación con los 25 ponentes a ella designados de la relación establecida en el anexo V:

• Desplazamientos.

• Alojamiento.

• Manutención en sus propias instalaciones, salvo las comidas y cenas institucionales a las que sean invitados por la TGSS.

– Publicidad de la celebración del encuentro dentro del plan general de publicidad de la UIMP.

– Servicio de traducción simultánea (si resulta necesario).

– Diseño, impresión y distribución del programa de mano del encuentro.

– Servicio de Secretaría de Alumnos:

• Información, selección y matriculación de alumnos conforme a las normas vigentes en la UIMP.

• Convocatoria, selección y concesión de becas completas y medias becas conforme a las normas vigentes en la UIMP. (Resolución de 21 de abril de 2017, BOE del 27.)

• Control de asistencia.

• Expedición de diplomas y certificaciones.

– Servicio de Gabinete de Prensa.

– Organización, en su caso, de actos de inauguración y clausura.

– Grabación en vídeo/audio de las sesiones.

– Infraestructura general y medios técnicos necesarios para la organización y realización del encuentro (locales, megafonía, equipos audiovisuales, de traducción y otros, servicios de limpieza, mantenimiento y vigilancia, personal, servicios complementarios de cafetería, restaurante, instalaciones deportivas, actividades culturales, etc.).

B) Por su parte, la TGSS se encargará de la parte de gestión económica y administrativa que se recoge en el anexo IV. En concreto se encargará de:

– Respecto a los ponentes a ella designados, conforme a la relación establecida en el anexo V:

• Desplazamiento.

• Alojamiento.

• Manutención, sin perjuicio de las comidas y cenas institucionales que sean organizadas por la TGSS y de los ponentes que pertenezcan al Ministerio de Empleo y Seguridad Social y acudan con indemnización por razón del servicio.

– Desplazamientos, alojamiento y manutención de los miembros designados por la TGSS para formar parte de la comisión de apoyo según se indica en la cláusula sexta.

– Actuaciones institucionales organizadas por la TGSS en representación de la Seguridad Social, gastos imprevistos y no estipulados en los apartados anteriores relacionados con la celebración del seminario que sean necesarios para el correcto funcionamiento del mismo.

Quinta.

La TGSS además:

Podrá apoyar a la UIMP en la campaña de promoción del encuentro, a través de las páginas webs del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, mediante la difusión directa del programa entre el público específico y llevando a cabo cuantas otras acciones estimen convenientes, respetando en la medida de lo posible el diseño de la campaña publicitaria de la UIMP.

Apoyará la labor realizada por la UIMP con los medios de comunicación, siempre con la necesaria coordinación y apoyo mutuo.

Prestará su experiencia y conocimiento en la gestión administrativa y económico-presupuestaria de este tipo de expedientes, realizando todos los trámites, actos y negocios jurídicos que, en su caso, fuesen necesarios en orden a facilitar la gestión de todos aquellos aspectos que se le atribuyan expresamente en el Convenio.

Pondrá a disposición de la organización los medios técnicos y humanos necesarios para alcanzar los fines del Convenio.

Sexta.

Dada la complejidad de este Convenio y el número de asistentes, la TGSS y la UIMP consideran necesario disponer de una Comisión de Apoyo, formada por personal de la TGSS que colaborará con la UIMP gestionando todo lo necesario para que el encuentro comience y se desarrolle de forma adecuada. Asimismo, la experiencia ha puesto de manifiesto que se producen una serie de incidencias con ponentes y participantes que requieren de la atención inmediata en orden a su pronta resolución y, por tanto, es necesario contar con personal capacitado para ello.

Los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención de todos los miembros de la Comisión de apoyo serán instrumentados a través de las oportunas órdenes de viaje, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 462/2002.

Los miembros inicialmente designados por la TGSS para formar parte de esta Comisión de apoyo serán, salvo causa justificada que implique su sustitución por otros, serán:

D.ª Isabel de Zulueta de Miguel.

D.ª Maria Dolores Suñer Fuentes.

D. Santiago Sánchez Orihuela.

D.ª Magdalena Martorell.

D Santiago Cano de Santayana Domínguez.

Colaboración en la financiación

Séptima.

El coste de realización del encuentro asciende a setenta y cinco mil doscientos noventa y tres euros con cincuenta céntimos (75.293,50 €) según presupuesto desglosado que se adjunta a este Convenio como anexo II. Dicho presupuesto tiene carácter de limitativo, sin que pueda sobrepasarse el mismo en su importe total, salvo que ambas partes acuerden su modificación con arreglo al procedimiento legalmente establecido. No obstante, el importe de los distintos conceptos definidos en el mismo, así como el medio de transporte en él reflejado, tiene carácter estimativo, orientativo y no limitativo, por lo que tal importe puede ser finalmente superior al previsto como consecuencia de cambios en el programa académico y cualquier otra circunstancia, pero sin que se sobrepase el importe total del presupuesto aprobado.

Octava.

La financiación del encuentro será asumida por la UIMP y por la TGSS en las siguientes cuantías:

A) La TGSS asumirá la financiación de setenta mil doscientos ochenta y ocho euros con cincuenta céntimos (70.288,50 €) para cubrir el gasto de las partidas que se indican en el anexo II a cargo de dicha TGSS, sin que pueda sobrepasar el presupuesto aprobado. Esta financiación se materializará mediante dos vías:

1. La TGSS realizará mediante sus procedimientos habituales los pagos reflejados en el anexo IV, presupuestados en veinte mil euros (20.000,00 €), asumiendo directamente su financiación, y sin que pueda sobrepasar el presupuesto aprobado (viajes, alojamiento y manutención de miembros de la comisión de apoyo e imprevistos y comidas institucionales). Esta financiación no implica un traspaso de dinero a la UIMP.

2. La TGSS abonará a la UIMP el importe resultante de la justificación de los gastos relacionados en la cláusula cuarta, punto A), cuya tramitación, gestión y pago anticipado corresponde a la UIMP, hasta el límite máximo del importe presupuestado, cincuenta mil doscientos ochenta y ocho euros con cincuenta céntimos (50.288,50 €).

Esta aportación se abonará mediante transferencia bancaria a la cuenta n.º ES95-9000-0001-20-0200008606, abierta a nombre de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, en el Banco de España, Agencia de Madrid, una vez que la UIMP presente la justificación de los gastos por ella gestionados, a cargo de la TGSS, con los oportunos justificantes de gasto y adjuntando la relación nominal de personal que disfrute de los correspondientes servicios, y previa intervención favorable de dicha justificación.

Dichos justificantes de gasto podrán ser los siguientes: En el caso se suministros o servicios adquiridos o prestado por terceros, se aportarán copias autenticadas de las facturas o documentos sustitutivos equivalentes.

En el caso de gastos que no den lugar a adquisiciones o servicios y que se presten por la propia UIMP con cargo a sus propios medios personales y/o materiales se aportará certificación del coste de dichos gastos.

La TGSS hará efectivo a la UIMP el importe resultante de la justificación de gastos antes del 15 de diciembre de 2017, con cargo a la aplicación presupuestaria 4591 22660 de su presupuesto vigente de gastos, en la cual existe crédito adecuado y suficiente.

B) La UIMP realizará los pagos reflejados en el anexo III y asumirá directamente la financiación de cinco mil cinco euros (5.005,00 €) para cubrir el coste que resulte de la justificación de las partidas que se indican en el presupuesto a cargo de la UIMP, sin que pueda sobrepasar el presupuesto aprobado (servicios complementarios y actividades culturales; gastos académicos de administración y gestión). Esta financiación no implica un traspaso de dinero a la TGSS, sino que se materializa mediante la aportación directa de personal, así como de otros servicios con cargo a los conceptos presupuestarios 18.101.322C.226.06 y 18.101.323M.487 de su presupuesto vigente de acuerdo con la distinta naturaleza de los gastos que haya que realizar, para cuya gestión y pago la UIMP tramita y aprueba los correspondientes expedientes de gasto, según los procedimientos legalmente establecidos.

Publicidad e imagen institucional

Novena.

En cuantos medios se utilicen para la promoción y difusión del encuentro (programa de mano, carteles, publicidad en prensa, notas de prensa, ruedas de prensa, etc.) se destacará la colaboración de la TGSS y la UIMP, respetando en todo caso las directrices de imagen externa que ambas instituciones faciliten con este fin.

Publicaciones y resultados

Décima.

El uso y propiedad de los resultados obtenidos con la organización de esta actividad serán compartidos, pudiendo la TGSS y la UIMP realizar publicaciones o producciones sobre el contenido material del encuentro, sin perjuicio de los permisos, autorizaciones o cesiones de derechos que legalmente fueran precisos.

Undécima.

En el caso de que alguna de las partes tuviese interés en realizar publicaciones o producciones audiovisuales sobre el contenido y material del encuentro deberá, previamente, comunicarlo por escrito a la contraparte, sin perjuicio de los demás permisos que legalmente fueran precisos (derechos de autor, integridad de la obra, etc.).

En estas publicaciones o producciones audiovisuales deberá figurar el título del encuentro, fecha y lugar en la que se impartió, así como la colaboración de las partes firmantes en su organización, debiendo supervisar necesariamente cada una de ellas estos aspectos. La edición se llevará a cabo sin coste alguno para la otra parte, salvo que se acuerde otra cosa mediante el correspondiente Convenio. La parte editora enviará a la otra un mínimo de 5 ejemplares para sus bibliotecas y archivos.

Comisión de Seguimiento

Duodécima.

Con el fin de coordinar las actividades necesarias para la ejecución del presente Convenio, así como para llevar a cabo su supervisión, seguimiento y control, se creará una Comisión Mixta de Coordinación y Seguimiento compuesta por dos representantes designados por la Tesorería General de la Seguridad Social, y otros dos designados por la UIMP. Sus acuerdos requerirán el voto favorable de todos los representantes

Asimismo, podrá incorporarse, con derecho a voz, cualquier otro personal al servicio de la Administración Pública que se considere necesario.

A la Comisión Mixta de Coordinación y Seguimiento se le encomiendan las siguientes funciones:

a) Coordinar las actuaciones necesarias para la correcta ejecución del presente Convenio, estableciendo.

b) Resolver las dudas y controversias que puedan surgir en la interpretación y ejecución del presente Convenio.

c) Establecer los criterios adecuados para la regulación de los aspectos no desarrollados en este Convenio.

La Comisión Mixta de Coordinación y Seguimiento se regirá en cuanto a su funcionamiento y régimen jurídico, en lo no establecido expresamente en la presente cláusula, por lo dispuesto para el funcionamiento de órganos colegiados en la sección 3.ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

La Comisión Mixta de Coordinación y Seguimiento se reunirá a instancia de cualquiera de las partes, siempre que los temas a tratar o las circunstancias lo aconsejen. El funcionamiento ordinario de la Comisión se realizará a distancia según lo previsto en el artículo 17.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, sin perjuicio de que el Presidente acuerde la convocatoria de sesiones presenciales cuando lo estime necesario o lo solicite algún otro miembro de la Comisión.

Modificación del Convenio

Decimotercera.

La modificación del presente Convenio requerirá acuerdo unánime expreso de los firmantes.

Vigencia y causas de resolución

Decimocuarta.

El Convenio se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes, y resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» (artículo 48.8 de la Ley 40/2015) y finalizará una vez cumplidos por ambas partes los compromisos adquiridos, en todo caso el 31 de diciembre de 2017. No obstante, si por cualquier causa la liquidación no se aprobará antes del 31 de diciembre de 2017 deberá procederse al reajuste de anualidades antes de finalizar el año, previa fiscalización favorable por la Intervención Delegada competente.

Decimoquinta.

El presente Convenio se extinguirá por su cumplimiento, es decir, por la expiración del término de su vigencia, o por su resolución. Serán causa de resolución del presente Convenio las previstas en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y además:

La imposibilidad sobrevenida de cumplir el fin del mismo por la extinción de la personalidad jurídica de alguna de las partes.

En todos los supuestos, las partes vendrán obligadas a comunicar por escrito y acreditar documentalmente la concurrencia de la causa de resolución.

En caso de resolución por incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes, la parte afectada podrá exigir a la incumplidora la indemnización por daños y perjuicios que legalmente le corresponda, atendiendo, a estos efectos, a las consecuencias que dichos incumplimientos hayan causado fijándose como criterio para determinar la posible indemnización el daño económico causado una vez esté debidamente cuantificado; en caso de resolución por mutuo acuerdo o por la causa específica prevista en el presente Convenio se practicará una liquidación derivada de la resolución anticipada del Convenio y se justificarán los gastos realizados y pagarán por la parte a quien corresponda su financiación.

Naturaleza jurídica y régimen de resolución de conflictos

Decimosexta.

El presente Convenio de colaboración tiene naturaleza administrativa, se regirá por lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público quedando excluido del ámbito de aplicación de la Ley de Contratos del Sector Público, de conformidad con el artículo 4.1.c) del texto refundido de la misma aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (BOE de 16 de noviembre), siéndole de aplicación, en defecto de normas específicas recogidas en el propio Convenio, los principios de dicho texto legal para resolver las dudas o lagunas que pudieran producirse.

Decimoséptima.

Las partes se comprometen a intentar resolver de manera amistosa cualquier desacuerdo que pudiera surgir en el desarrollo, interpretación o cumplimiento del presente Convenio. La existencia de cualquier tipo de discrepancia entre las partes en relación con la interpretación o ejecución de lo establecido en el presente Convenio que no se solvente en el seno de la Comisión Mixta de Coordinación y Seguimiento, se resolverá por los órganos del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, con arreglo a lo dispuesto en su legislación reguladora. Por ello, en caso de no ser posible una solución amigable, y resultar procedente litigio judicial, la jurisdicción competente para conocer y resolver dichas cuestiones será la jurisdicción contencioso-administrativa, de conformidad con la Ley de 29/1998 de 13 de julio. Todo ello sin perjuicio de la aplicación, en lo que proceda, de lo dispuesto en los artículos 5 de la Ley 52/1997, de 26 de noviembre, y 10 del Real Decreto 997/2003, de 25 de julio.

Y en prueba de conformidad, firman el presente Convenio en dos ejemplares y en el lugar y fecha indicadosen el encabezamiento.–El Rector Magnífico de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, César Nombela Cano.–El Director General de la Tesorería General de la Seguridad Social, Francisco Gómez Ferreiro.

ANEXO I

Lunes, 24 de julio

10:30 h: Conferencia inaugural: Fátima Báñez García. Ministra de Empleo y Seguridad Social.

11:30 h-13:30 h: El crecimiento económico como garantía del Estado de Bienestar:

Ángel de la Fuente Moreno, Director Ejecutivo de la Fundación de Estudios de Economía Aplicada (FEDEA).

Rafael Domenech Vilariño, Responsable de análisis macroeconómicos, Servicios de Estudios Económicos del BBVA Research.

Daniel Lacalle Fernández, Economista.

Modera: Juan Velarde Fuertes, Economista.

16:00 h-17:30 h: Evolución y retos del Sistema de Seguridad Social:

Nieves Ciruelos Carrasco, Directora del Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social.

Lourdes López Cumbre, Catedrática de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Cantabria.

Pablo Hernández de Cos, Director General de Estudios del Banco de España.

Modera: Tomás Burgos Gallego, Secretario de Estado de la Seguridad Social.

Martes, 25 de julio

11:00 h-12:30 h: Los retos financieros del sistema de Seguridad Social (I): más cotizantes:

Miguel Ángel García Díaz, Director General de Ordenación de la Seguridad Social.

J. Ignacio García Pérez, Director de Investigación de FEDEA.

José Antonio Herce San Miguel, Licenciado y Doctor en Economía por la Universidad Complutense de Madrid. AFI, Consultoría y formación.

Ramón Paredes Sánchez-Collado, Presidente de la Comisión de Formación de la Cámara de Comercio de España y Vicepresidente de Relaciones Institucionales del grupo Volkswagen España.

Modera: Marina del Corral Téllez, Secretaria General de Inmigración y Emigración.

13:00 h-14:30 h: Los retos financieros del sistema de Seguridad Social (II): mejores cotizaciones sociales:

Francisco Gómez Ferreiro, Director General de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Esther Jiménez, Lecturer de Dirección de Personas en las Organizaciones. IESE.

Gabriel Álvarez del Egido, Director General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Modera: Pablo Hernández-Lahoz Ortiz, Secretario General Técnico del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

16:00 h-17:30 h: La Seguridad Social del futuro:

Sebastián Moralo Gallego, Magistrado de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo.

Mercedes Ayuso Gutiérrez, Catedrática de Economía de la Universidad de Barcelona. Miembro de Riskcenter-UB, Miembro del grupo de expertos para el envejecimiento de la Fundación General CSIC y del Instituto BBVA de Pensiones.

Dr. Diego Valero Carreras, Presidente Novaster. Profesor Universidad Barcelona y Director Académico London School of Economics.

Modera: Edelmira Barreira Diz, Comisionado para el reto demográfico.

Miércoles, 26 de julio

10:30 h-12:00 h: Diálogo social y futuro de las pensiones:

CC.OO.: Carlos Bravo Fernández, Secretario Confederal de Seguridad. Social y Previsión Social Complementaria.

UGT: Carmen Barrera Chamorro, Secretaría de Políticas Sociales, Empleo y Seguridad Social.

CEOE: Jordi García Viña, Director de Relaciones Laborales de la CEOE.

CEPYME: Teresa Díaz de Terán, Directora de Departamento Socio-Laboral.

Modera: Juan Pablo Riesgo Figuerola-Ferretti, Secretario de Estado de Empleo.

12:30 h-14:30 h: Pacto de Toledo:

Íñigo Barandiarán Benito, EAJ-PNV.

Carles Campuzano i Canadés, PdeCat.

Carolina España Reina, PP.

Sergio del Campo Estaún, Ciudadanos.

Margarita Pérez Herráiz, PSOE.

Jordi Salvador i Duch, ERC.

Alberto Montero Soler, UP-ECP-EM.

Modera: Matías de Jove Díaz, Director del curso.

Jueves, 27 de julio

10:30 h-11:30 h: Administración electrónica y Tarjeta Social:

Jorge Rincón Mirón, Director de la Gerencia Informática de la Seguridad Social.

Paula María Roch, Directora General del Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Alicia García Rodríguez, Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades de la Junta de Castilla y León.

Modera: Pedro Llorente Cachorro, Subsecretario de Empleo y Seguridad Social.

12:00 h: Clausura.

ANEXO II
Presupuesto

Sostenibilidad del Sistema de Seguridad Social: demografía, productividad y empleo 24, 25, 26 y 27 de julio de 2017

Concepto

Total

Financiación

TGSS

UIMP

Honorarios

3.750,00

3.750,00

Viajes

22.078,00

22.078,00

Alojamiento y manutención

16.360,50

16.360,50

Grabación ponencias

360,00

360,00

Becas convocatoria oficial

2.040,00

2.040,00

Asistentes MEYSS (50 inscripciones x 130 €)

6.500,00

6.500,00

Publicidad

2.000,00

2.000,00

Imprenta

400,00

400,00

Otros gastos

1.100,00

1.100,00

Gastos infraestructura

7.200,00

7.200,00

Imprevistos

8.500,00

8.500,00

Servicios complementarios y actividades culturales

1.005,00

0,00

1.005,00

Gastos académicos de administración y gestión

4.000,00

0,00

4.000,00

75.293,50

70.288,50

5.005,00

ANEXO III
Presupuesto de gastos gestionados por la UIMP

Sostenibilidad del Sistema de Seguridad Social: demografía, productividad y empleo 24, 25, 26 y 27 de julio de 2017

Presupuesto

Financiación

Concepto

Unidad.

Coste unit.

Total

TGSS

UIMP

Honorarios

25

Mesa redonda o moderación

150,00

3.750,00

Subtotal

3.750,00

3.750,00

0,00

Viajes ponentes

23

1

1

Pasaje avión i/v Madrid

Pasaje avión i/v Alicante

Pasaje avión i/v Barcelona

717,00

852,00

735,00

16.491,00

852,00

735,00

Subtotal

18.078,00

18.078,00

0,00

Alojamiento y manutención

25

Ponentes

2 días

177,21

8.860,50

Subtotal

8.860,50

8.860,50

0,00

Grabación ponencias

1

360,00

360,00

Subtotal

360,00

360,00

0,00

Becas convocatoria oficial

10

30 €/alojamiento + 21 € manutención x 4 días

204,00

2.040,00

Subtotal

2.040,00

2.040,00

0,00

Asistentes MEYSS

50

Matrículas tipo C conforme Resolución de la UIMP

130,00

6.500,00

Subtotal

6.500,00

6.500,00

0,00

Publicidad

1

General

2.000,00

2.000,00

Subtotal

2.000,00

2.000,00

0,00

Imprenta

1

Diseño e impresión de programa

400,00

400,00

Subtotal

400,00

400,00

0,00

Otros gastos

1

Diplomas, reprografía, carpetas, equipos audiovisuales, etc.

1.100,00

1.100,00

Gastos infraestructura

(Precio por día)

4

Mantenim. local e instalaciones, limp., vigilancia, personal, etc.

1.800,00

7.200,00

Subtotal

8.300,00

8.300,00

0,00

Servicios complementarios y actividades culturales

1

1.005,00

1.005,00

Gastos académicos de administración y gestión

1

4.000,00

4.000,00

Subtotal

5.005,00

0,00

5.005,00

Total

55.293,50

50.288,50

5.005,00

ANEXO IV
Presupuesto de gastos gestionados por la TGSS

Sostenibilidad del Sistema de Seguridad Social: demografía, productividad y empleo 24, 25, 26 y 27 de julio de 2017

Presupuesto

Financiación

Concepto

Unidad.

Coste unit.

Total

TGSS

UIMP

Viajes

5

Miembros Comisión de apoyo

i/v Madrid

800,00

4.000,00

Subtotal

4.000,00

4.000,00

0,00

Alojamiento y manutención

5

Miembros Comisión de apoyo

6 días

250,00

7.500,00

Subtotal

7.500,00

7.500,00

0,00

Manutención e imprevistos

1

Gastos atención ponentes y gastos imprevistos

8.500,00

8.500,00

Subtotal

8.500,00

8.500,00

0,00

Total

20.000,00

20.000,00

0,00

ANEXO V

A) Relación de ponentes gestionados por la UIMP

1. Ángel de la Fuente Moreno, Director Ejecutivo de la Fundación de Estudios de Economía Aplicada (FEDEA).

2. Rafael Domenech Vilariño, Responsable de análisis macroeconómicos, Servicios de Estudios Económicos del BBVA Research.

3. Daniel Lacalle Fernández, Economista.

4. Juan Velarde Fuertes, Economista.

5. J. Ignacio García Pérez, Director de Investigación de FEDEA.

6. José Antonio Herce San Miguel, Licenciado y Doctor en Economía por la Universidad Complutense de Madrid. AFI, Consultoría y formación.

7. Ramón Paredes Sánchez-Collado, Presidente de la Comisión de Formación de la Cámara de Comercio de España y Vicepresidente de Relaciones Gubernamentales e Institucionales de Volkswagen-Audi España.

8. Esther Jiménez, Lecturer de Dirección de Personas en las Organizaciones. IESE.

9. Sebastián Moralo Gallego, Magistrado de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo.

10. Mercedes Ayuso Gutiérrez, Miembro del Comité de Expertos para el diseño del factor de sostenibilidad de las pensiones.

11. Dr. Diego Valero Carreras, Presidente Novaster. Profesor Universidad Barcelona y Director Académico London School of Economics.

12. Carlos Bravo Fernández, Secretario Confederal de Seguridad. Social y Previsión Social Complementaria.

13. Carmen Barrera Chamorro, Secretaría de Políticas Sociales, Empleo y Seguridad Social.

14. Jordi García Viña, Director de Relaciones Laborales de la CEOE.

15. Teresa Díaz de Terán, Directora de Departamento Socio-Laboral.

16. Íñigo Barandiarán Benito, EAJ-PNV.

17. Carles Campuzano i Canadés, PdeCat.

18. Carolina España Reina, PP.

19. Sergio del Campo Estaún, Ciudadanos.

20. Margarita Pérez Herráiz, PSOE.

21. Jordi Salvador i Duch, ERC.

22. Alberto Montero Soler, UP-ECP-EM.

23. Moderador del Pacto de Toledo.

24. Alicia García, Representante de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

25. Lourdes López Cumbre, Catedrática de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Cantabria.

B) Relación de ponentes gestionados por la TGSS

1. Fátima Báñez García, Ministra de Empleo y Seguridad Social.

2. Nieves Ciruelos Carrasco, Directora del Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social.

3. Pablo Hernández de Cos, Director General de Estudios del Banco de España.

4. Tomás Burgos Gallego, Secretario de Estado de la Seguridad Social.

5. Miguel Ángel García Díaz, Director General de Ordenación de la Seguridad Social.

6. Marina del Corral Téllez, Secretaria General de Inmigración y Emigración.

7. Francisco Gómez Ferreiro, Director General de la Tesorería General de la Seguridad Social.

8. Gabriel Álvarez del Egido, Director General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

9. Pablo Hernández-Lahoz Ortiz, Secretario General Técnico del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

10. Juan Pablo Riesgo, Secretario de Estado de Empleo.

11. Jorge Rincón Mirón, Director de la Gerencia Informática de la Seguridad Social.

12. Paula María Roch, Directora General del Instituto Nacional de la Seguridad Social.

13. Pedro Llorente Cachorro, Subsecretario de Empleo y Seguridad Social.

14. Edelmira Barreira Diz, Comisionado para el reto demográfico.

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