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Documento BOE-A-2017-9310

Resolución de 19 de julio de 2017, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de colaboración entre el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales y la Asociación A BAO A QU, para desarrollar el proyecto de educación cinematográfica CinEd (European Cinema Education for Youth).

Publicado en:
«BOE» núm. 185, de 4 de agosto de 2017, páginas 76901 a 76904 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2017-9310

TEXTO ORIGINAL

El Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales y la Asociación A Bao A Qu, han suscrito con fecha 23 de junio de 2017, un Convenio de colaboración para desarrollar el proyecto de educación cinematográfica CinEd (European Cinema Education for Youth), por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 19 de julio de 2017.–La Secretaria General Técnica, Mónica Fernández Muñoz.

ANEXO
Convenio de colaboración entre el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales y la Asociación A Bao A Qu para desarrollar el proyecto de educación cinematográfica CinEd (European Cinema Education for Youth)

En Madrid, a 23 de junio de 2017 de enero de 2015.

REUNIDOS

De una parte, don Óscar Graefenhain de Codes, como Director General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, organismo autónomo adscrito a la Secretaría de Estado de Cultura del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (en adelante ICAA), actuando en nombre y representación de este organismo según nombramiento efectuado por Real Decreto 562/2016, de 25 de noviembre, en virtud de las facultades que le confieren las disposiciones vigentes, con domicilio, a efectos del presente Convenio, en la plaza del Rey, número 1, 28004 Madrid.

Y de otra parte, doña Laia Colell Aparicio, con DNI número 36532203S, en nombre y representación de la Asociación A Bao A Qu, con CIF G63690556 y domicilio en rambla de Prat, 21, 1.º, 1.ª, 08012 Barcelona. El compareciente ostenta la representación de la Asociación como Presidenta, según decisión de la Junta Directiva del día 20/05/2016, comunicada a la Dirección General de Derecho y Entidades Jurídicas de la Generalitat de Catalunya el 20-6-2016 con número de entrada 0547E/8207/2016 e inscrita por acuerdo de dicha Dirección General el día 19-7-2016.

Las partes se reconocen plena capacidad y poderes suficientes para obligarse en las representaciones que ostentan.

EXPONEN

I. CinEd-European Cinema Education for Youth es un proyecto europeo de educación en cine. Su principal objetivo es que los niños y jóvenes de entre 6 y 19 años descubran la riqueza del cine europeo.

II. El proyecto está liderado por el Institut Français (París) y reúne desde su inicio en 2015 a nueve socios con trayectoria en el ámbito de la pedagogía del cine (Bulgaria, España, Francia, Italia, Portugal, República Checa y Rumanía) a los cuales se sumarán otros a lo largo de los próximos años.

III. CinEd es un proyecto cofinanciado por el programa Europa Creativa-MEDIA.

IV. En España cuenta con el apoyo del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y el Instituto Cervantes y está coordinado por la Asociación A Bao A Qu, responsable, entre otros proyectos, de «Cine en curso», programa de pedagogía del cine en escuelas e institutos pionero en el estado español y del que en 2016-2017 se lleva a cabo la 12.ª edición.

V. La plataforma CinEd propone en su plataforma películas contemporáneas y de patrimonio de los países socios que son puestas a disposición del conjunto de territorios europeos, todas ellas adecuadas a la diversidad del público infantil y juvenil, en su versión original con subtítulos en las lenguas de los países asociados y en inglés.

VI. Su difusión se realiza a través de la plataforma CinEd y son proyecciones públicas exclusivamente en sesiones educativas y sin fines comerciales.

VII. Los socios han creado una metodología común e innovadora para el análisis de las películas mediante materiales pedagógicos disponibles en 8 lenguas en la plataforma CinEd. Dicha información se dirige a alumnado de primaria, ESO, Bachillerato y Universidad. Los materiales proponen múltiples pistas de trabajo para una aproximación activa y creativa a las películas.

VIII. Cada socio organiza y coordina el dispositivo en su territorio: gestión de las peticiones e inscripciones a la plataforma, sesiones de proyección y análisis de las películas, formación al profesorado y a los mediadores culturales con el objetivo de familiarizarlos con el dispositivo.

IX. CinEd es accesible para una gran diversidad de agentes educativos: docentes, profesionales del cine y del audiovisual, mediadores y equipamientos culturales, etc. Es accesible para el conjunto del territorio europeo (45 países).

A la vista de lo anterior, las partes desean formalizar un Convenio de colaboración que queda expresamente sometido a los preceptos de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que se rige por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.

El objeto del Convenio es apoyar el proyecto de educación cinematográfica CinEd (European Cinema Education For Youth) y así favorecer la alfabetización cinematográfica en el ámbito educativo, posibilitando que los jóvenes europeos accedan y conozcan el cine español y europeo y aprendan a apreciar su diversidad.

Segunda. Obligaciones de las partes

El ICAA contribuirá asumiendo los costes de traducción de los dosieres de las películas «En construcción» al checo y al finés y «El espíritu de la colmena» al finés, así como la traducción de las fichas pedagógicas de estas mismas películas más las fichas de la película «El verdugo» al búlgaro, francés, checo, italiano, finés, portugués, rumano y al inglés.

Igualmente contribuirá dando soporte a la difusión del proyecto.

Los gastos, hasta un máximo de 18.500 euros (IVA incluido), se imputaran a la aplicación presupuestaria 18.103.227.06, Programa 335C, del presupuesto de gastos del organismo para 2017.

El ICAA para materializar la aportación descrita iniciará los necesarios expedientes de contratación sujetos a la normativa prevista en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Por su parte, la asociación A Bao A Qu se compromete a

1.º Ceder al ICAA el uso de las películas y los materiales didácticos para todas aquellas actividades públicas y educativas que el ICAA o el Ministerio de Educación Cultura y Deporte estime conveniente.

2.º Ceder al ICAA el derecho de uso de las películas para su exhibición en la Filmoteca Española.

Tercera. Constancia de la colaboración.

Se hará constancia expresa de la colaboración de las partes en el Proyecto CinEd mediante la inserción de los logotipos del ICAA y A Bao A Qu en todos aquellos actos y soportes de comunicación o difusión que guarden relación alguna con la actividad objeto de este Convenio.

Cuarta. Vigencia, eficacia y publicidad.

Este Convenio se perfecciona con la firma. Tendrá eficacia a partir de la inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2017.

La suscripción del Convenio se comunicará al Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación y se publicará en el «Boletín Oficial del Estado». Asimismo se hará público a través del portal de la transparencia, en aplicación de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Quinta. Comisión de Seguimiento.

Con el fin de facilitar el seguimiento del objeto de este Convenio y de llevar a cabo las actuaciones comunes que correspondan, se constituirá una Comisión Mixta compuesta por un representante de cada una de las dos entidades firmantes designado por sus responsables. Esta comisión se reunirá siempre que se considere necesario y a instancia de cualquiera de sus componentes.

El seguimiento de la ejecución se realizará mediante el intercambio de la información relativa, entre otras cuestiones, al correcto cumplimiento de los respectivos compromisos y a la valoración de los resultados.

Sexta. Resolución y jurisdicción competente.

Son causas de resolución del Convenio, en su caso, las siguientes:

a) El transcurso del plazo de vigencia del Convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del Convenio y a las demás partes firmantes.

Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el Convenio. La resolución del Convenio por esta causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados si así se hubiera previsto.

d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.

e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el Convenio o en otras leyes.

El conocimiento de las cuestiones litigiosas que pudieran surgir entre las partes y que no se hubieran resuelto por vía negocial, en relación con su interpretación o ejecución, corresponderá a los Tribunales Contencioso-administrativos de Madrid.

Y para que conste, firman este Convenio, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–Por el ICAA, Óscar Graefenhain de Codes.–Por la Asociación A Bao A Qu, Laia Colell Aparicio.

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