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Documento BOE-A-2018-127

Resolución de 10 de octubre de 2017, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la Gestión económico-financiera de la aplicación de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 4, de 4 de enero de 2018, páginas 1137 a 1279 (143 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Cortes Generales
Referencia:
BOE-A-2018-127

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 10 de octubre de 2017, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de la Gestión económico-financiera de la aplicación de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, acuerda:

1. Asumir el contenido del citado informe, así como sus conclusiones y sus recomendaciones.

2. Instar al Gobierno a:

– Cumplir las conclusiones y las recomendaciones del Tribunal de Cuentas.

3. Instar a las Comunidades Autónomas a:

– Tomar las medidas necesarias para dar cumplimiento al plazo máximo de resolución de 6 meses de la solicitud de reconocimiento de las prestaciones derivadas de la situación de dependencia, previsto en la Disposición Final primera de la Ley 39/2006.

4. Instar al Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) a:

– Potenciar los procedimientos de control interno sobre el SISAAD, incrementando el intercambio de información actualizada con otras bases de datos de la Administración Pública.

– En coordinación con los órganos competentes de las Comunidades Autónomas, analizar y revisar la información contenida en el SISAAD.

– Proceder a analizar y en su caso modificar el procedimiento de justificación y posterior libramiento de financiación del nivel mínimo de protección, en coordinación con las Comunidades Autónomas.

– Reconocer en sus estados contables anuales el importe pendiente de imputar al presupuesto de gastos en concepto de cuotas de Seguridad Social de cuidadores no profesionales, así como adoptar, en coordinación con la Tesorería General de la Seguridad Social, las medidas presupuestarias oportunas para garantizar el pago de la deuda pendiente de abono a este Servicio Común por este concepto, con el fin de proceder a su cancelación.

– Iniciar el procedimiento de reintegro de la diferencia existente entre los créditos totales asignados con cargo al Fondo Especial del Estado para la dinamización de la economía y el empleo y las obligaciones reconocidas con cargo al mismo, con respecto a aquellas Comunidades Autónomas que no justificaron la aplicación finalista de estos recursos.

– Proceder a dictar las instrucciones oportunas para garantizar la correcta ejecución de los servicios externos contratados con la empresa encargada del desarrollo y mantenimiento de la aplicación informática del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, analizando así mismo las causas que han provocado las incidencias observadas.

5. Instar al Tribunal de Cuentas a:

– Incluir en el programa de fiscalización de esta Institución, para los ejercicios 2017 y 2018, el control de las Ayudas a la Dependencia y el seguimiento del cumplimiento de la Ley 39/2006.

Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de octubre de 2017.–El Presidente de la Comisión, Eloy Suárez Lamata.–El Secretario Primero de la Comisión, Vicente Ten Oliver.

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