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Documento BOE-A-2018-1563

Resolución de 19 de enero de 2018, de la Subsecretaría, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por Resolución de 28 de julio de 2017, en el Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades.

Publicado en:
«BOE» núm. 33, de 6 de febrero de 2018, páginas 13884 a 13887 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2018-1563

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 28 de julio de 2017 («Boletín Oficial del Estado» del 1 de septiembre) se convocó concurso específico para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el Instituto de Mujer y para la Igualdad de Oportunidades.

Una vez realizado el procedimiento establecido en el artículo 20.1, de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, según redacción dada al mismo por la Ley 23/1988, de 28 de julio, de modificación de la anterior, cumplidas las bases de la convocatoria del concurso y valorados los méritos alegados por los aspirantes a los puestos convocados, esta Subsecretaría de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad acuerda:

Primero.

Hacer públicos los destinos definitivos adjudicados a los funcionarios que han participado en el concurso, que figuran en los anexos I y II de la presente Resolución y declarar desiertos los puestos de trabajo que se detallan, asimismo, en dichos anexos.

Segundo.

Los destinos adjudicados tienen la consideración de voluntarios y son irrenunciables, de acuerdo con lo previsto en la base séptima apartado 6 de la convocatoria.

Tercero.

Los destinos adjudicados serán comunicados por este Organismo a las Unidades de Personal de los Departamentos Ministeriales a que figuran adscritos los Cuerpos o Escalas o, en el caso de los Cuerpos o Escalas dependientes de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, a la Dirección General de la Función Pública, así como a los Departamentos u Organismos de procedencia del concursante seleccionado.

Cuarto.

El plazo de toma de posesión en el nuevo destino obtenido será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia, o de un mes si comporta dicho cambio o el reingreso al servicio activo.

El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado». En el supuesto de que la resolución del concurso comporte el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación.

Quinto.

El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados, salvo que, excepcionalmente y por causas justificadas, se acuerde suspender el disfrute de los mismos.

Sexto.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 19 de enero de 2018.–La Subsecretaria de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, María Jesús Fraile Fabra.

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