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Documento BOE-A-2018-1731

Resolución de 22 de diciembre de 2017, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se publica el Convenio específico para el año 2017 con la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Publicado en:
«BOE» núm. 35, de 8 de febrero de 2018, páginas 15462 a 15464 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2018-1731

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 2 de noviembre de 2017, Convenio específico para el año 2017 entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) y la Comunidad Autónoma de Cantabria y, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público , y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figurará como anexo de esta Resolución

Madrid, 22 de diciembre de 2017.–El Secretario de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, Mario Garcés Sanagustín.

ANEXO
Convenio específico para el año 2017 del protocolo general de colaboración suscrito el 2 de junio de 1999 entre el Ministerio del Interior (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) y la Comunidad Autónoma de Cantabria

En Madrid, a 2 de noviembre de 2017.

REUNIDOS

De una parte, don Francisco de Asís Babín Vich, Delegado del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, nombrado mediante Real Decreto 249/2012, de 23 de enero («BOE» número 20, del 24) en nombre y representación del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, de conformidad con lo dispuesto en el apartado sexto.1.b), de la Orden SSI/131/2013, de 17 de enero, sobre delegación de competencias («BOE» número 28, de 1 de febrero).

De otra, doña Rosa Eva Díaz Tezanos, Vicepresidenta y Consejera de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Política Social, actuando en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en virtud del Decreto 5/2015, de 10 de julio («BOC» número 57, del 10) y previa autorización para la celebración del presente Convenio mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno de 10 de agosto de 2017.

EXPONEN

Que el Ministerio del Interior y la Consejería de Sanidad, Consumo y Bienestar Social de la Comunidad Autónoma de Cantabria suscribieron un Protocolo general de colaboración, de fecha 2 de junio de 1999, en materia de drogodependencias, que establece que los programas en que se concrete la colaboración entre la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones y la entonces Consejería de Sanidad, Consumo y Bienestar Social de dicha Comunidad Autónoma en dicho Protocolo general se establecerán en un convenio específico anual.

Que en la actualidad la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas y la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones están adscritas al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, según lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 485/2017, de 12 de mayo, y la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Cantabria desarrolla las competencias en esta materia anteriormente atribuidas a la Consejería de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.

Que la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones, en reunión celebrada el 1 de junio de 2017, con base a las atribuciones conferidas en el artículo 6 de la Ley 17/2003, de 29 de mayo, acordó asignar a la Comunidad Autónoma de Cantabria la cantidad de 261.000,00 euros procedentes del Fondo de bienes decomisados.

En virtud de ello,

ACUERDAN

Primero.

Que la actuación de la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Cantabria en el año 2017 se concretará en el desarrollo de los programas:

– Intervención en drogodependencias en instituciones penitenciarias: 73.000,00 euros.

– Conductas de riesgos en adolescentes: detección e intervención precoz: 80.000,00 euros..

– Estrategia para la reducción de riesgos asociados al consumo de drogas en jóvenes: 108.000,00 euros.

Segundo.

Que el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) financiará la realización de este programa, según lo acordado por la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones, con un total de 261.000,00 euros con cargo al concepto 26.18.231A.458, que a tal fin ha sido dotado con créditos provenientes del Fondo de bienes decomisados por tráfico de drogas y otros delitos relacionados, en aplicación del artículo 3.1.b) de la ley 17/2003, de 29 de mayo, reguladora del Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados. El abono de los fondos se realizará tras la firma del presente Convenio.

Tercero.

Que durante el primer trimestre del próximo ejercicio, la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Cantabria remitirá a la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones un informe final y de evaluación del desarrollo de los programas y una certificación detallada y pormenorizada del gasto efectuado en la ejecución de los mismos.

Cuarto.

Que la vigencia del convenio se iniciará en el momento de su firma y finalizará el 31 de diciembre de 2017, surtiendo efectos en los términos previstos en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

No obstante, los programas citados en el Acuerdo primero, se desarrollarán por la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Cantabria durante el ejercicio 2017.

Quinto.

Que en el desarrollo y aplicación de este convenio se estará a lo establecido en el Protocolo general de colaboración suscrito por ambas partes, y si el gasto realizado fuera menor que la cantidad subvencionada el remanente será reembolsado al Tesoro Público. Además, en todo lo no previsto expresamente en el Convenio específico, regirán las disposiciones del citado Protocolo general.

Sexto.

El presente Convenio queda excluido de la aplicación del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por la Ley 3/2011, de 14 de noviembre, al amparo de lo dispuesto en su artículo 4.1 c), aplicándose los principios de dicha Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse. Asimismo, su régimen jurídico viene determinado por lo dispuesto en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.

Las controversias que pudieran surgir, serán de la competencia de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para la debida constancia de lo acordado, se firma en duplicado ejemplar en el lugar y fecha arriba indicados.–El Delegado del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas Francisco de Asís Babín Vich.–La Vicepresidenta de la Comunidad Autónoma de Cantabria, Rosa Eva Díaz Tezanos.

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