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Documento BOE-A-2018-1789

Resolución de 25 de enero de 2018, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica la revisión salarial para 2018 del Convenio colectivo de Logifruit, SL.

Publicado en:
«BOE» núm. 36, de 9 de febrero de 2018, páginas 16281 a 16282 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2018-1789
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2018/01/25/(8)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de las tablas salariales para 2018 del Convenio colectivo de la empresa Logifruit, SL (código de Convenio número 90100372012011), que fue suscrito con fecha 12 de enero de 2018 por la Comisión mixta del Convenio de la que forman parte los designados por la dirección de la empresa en su representación, y los miembros de los comités de empresa y delegados de personal, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 25 de enero de 2018.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACTA DE LA REUNIÓN PARA LA ACTUALIZACIÓN DE LAS TABLAS SALARIALES PARA EL AÑO 2018 DE LOGIFRUIT, SL

Por los representantes de los trabajadores.

– Don Ricardo de la Horra Gil, por UGT (Ribarroja).

– Doña María Cortes Rodríguez Poveda, por CC. OO. (San Isidro-Alicante).

– Doña Gema Díaz Pérez, por CC. OO. (Ciempozuelos-Madrid).

– Don Juan Bautista Rojo Ruiz, por UGT (Antequera-Málaga).

– Don Daniel Blanco Tejido, por CC. OO. (Mallorca).

– Doña Nayda Santana Delgado, por UGT (Granadilla-Tenerife).

– Don Isaac López Moreno, por USOC (Abrera-Barcelona).

– Don José Carlos Mesa Trujillo, por CC. OO. (Ingenio-Las Palmas de Gran Canaria).

– Doña María Victoria Matilla Carrizo, por CC. OO. (Villadangos, León).

– Don Rafael Bejarano Hernández, por UGT (Huévar-Sevilla).

– Don Viorel Balcán, por CC. OO. (Zaragoza).

– Don José Antonio Bejarano Hernández, por CC. OO. (Guadix).

– Doña María Cortes Fuentes Rodríguez, por CC. OO. (Vitoria).

Por parte de la Empresa:

– Don Ignacio Mora Iturgoyen, Director de Recursos Humanos.

– Don Carlos Muñoz García, Responsable de Área Laboral.

– Don Borja Morata Sánchez/Tarazaga, Responsable del Área Jurídica y Relaciones Institucionales.

– Don Carlos Sánchez-Tarazaga Marcelino, Abogado y asesor externo de la Empresa.

– Don Salvador Patricio y don Manuel Araújo como Responsables de Operaciones Zonales.

En el orden del día consta un único punto a tratar, siendo este:

I) Actualización de las tablas salariales. En función del resultado según lo previsto en el vigente artículo 20 del Convenio colectivo de empresa sobre «Incrementos salariales».

En Madrid, siendo las 11:00 horas del día 12 de enero de 2018.

Se reúnen los/las representantes de los/las trabajadores/as de la empresa y los/las representantes de la empresa arriba relacionados, al objeto de proceder a la firma del acta para la aprobación de las tablas de revisión salarial definitiva del año 2018 del Convenio colectivo de empresa (código de Convenio número 90100372012011) publicado en el BOE número 49, en fecha de 26 de febrero de 2013 y 3 de febrero de 2014 (BOE del 14), y debidamente registrado en la Dirección General de Empleo, y a tal fin las partes comparecientes, en la representación que ostentan,

Y en virtud de la representación y legitimación que ostentan,

ACUERDOS

Único.

Las partes, de común acuerdo y por unanimidad, aprueban la aplicación de un incremento salarial para el 2018 del 0,7% sobre las tablas salariales aplicadas y vigentes para el 2017.

En aplicación de dicho incremento, resultan las siguientes tablas salariales de aplicación para la anualidad 2018:

Tabla salarial del año 2018

GP

SMG

Comp. Turnicidad

Plus Transporte

Comp. Puesto

Nocturnidad

H. Extra

P. Disponibilidad

Día

Día

Hora

Hora

Día

Hora

1

13.768,22 €

61,72 €

114,57 €

4,31 €

8,81 €

1,10 €

13,28 €

61,52 €

7,69 €

2

14.948,72 €

159,85 €

128,03 €

5,27 €

9,53 €

1,19 €

14,43 €

67,63 €

8,45 €

3

16.948,67 €

272,77 €

133,21 €

6,90 €

11,06 €

1,38 €

4

21.156,84 €

134,24 €

8,03 €

5

24.728,26 €

156,44 €

10,17 €

6

32.190,19 €

187,51 €

Se informa que, aprobándose la presente actualización de tablas salariales en el día de hoy, se aplicarán desde la primera mensualidad, correspondiente a enero de 2018.

Segundo. Capacidad y legitimidad.

A los efectos prevenidos en el artículo 87.1 del Estatuto de los Trabajadores, las partes negociadoras arriba citadas, se reconocen la capacidad y legitimidad legal necesaria para la actualización de las presentes tablas salariales.

Las partes acuerdan remitir el Acta presente a la Autoridad Laboral para su Registro, Depósito y publicación en el BOE de conformidad con el artículo 90, apartados 2 y 3, del Vigente texto refundido del Estatuto de los Trabajadores y demás preceptos de pertinente aplicación. En este acto se autoriza para su presentación y registro a don Ignacio Mora Iturgoyen.

Y de conformidad, firman las partes en la representación que ostentan, en el lugar y fecha al inicio indicados.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 25/01/2018
  • Fecha de publicación: 09/02/2018
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 12 de febrero de 2013 (Ref. BOE-A-2013-2154).
Materias
  • Arrendamientos
  • Convenios colectivos
  • Envases

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