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Documento BOE-A-2018-2540

Resolución de 15 de febrero de 2018, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo marco de colaboración entre la Comunidad de Madrid, el Ayuntamiento de Alcalá de Henares, el Ayuntamiento de Aranjuez, el Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial, Patrimonio Nacional, la Fundación de Ferrocarriles Españoles y Renfe Viajeros Sociedad Mercantil Estatal, SA, para la promoción conjunta, durante los años 2017 y 2018, del Patrimonio Mundial de la Comunidad de Madrid: Monasterio y Real Sitio de El Escorial, la Universidad y el recinto histórico de Alcalá de Henares -ciudad Patrimonio de la Humanidad- y el paisaje cultural de Aranjuez.

Publicado en:
«BOE» núm. 47, de 22 de febrero de 2018, páginas 20858 a 20863 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales
Referencia:
BOE-A-2018-2540

TEXTO ORIGINAL

 

El Consejero de Cultura, Turismo y Deportes de la Comunidad de Madrid, la Alcaldesa del Excelentísimo Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial, la Alcaldesa del Ilustrísimo Ayuntamiento de Aranjuez, el Alcalde del Excelentísimo Ayuntamiento de Alcalá de Henares, el Presidente del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, el Director Gerente de la Fundación de los Ferrocarriles Españoles, F.S.P. y el representante de RENFE Viajeros Sociedad Mercantil Estatal S.A., han suscrito, con fecha 9 de octubre de 2017, un Acuerdo Marco de Colaboración para la promoción conjunta, durante los años 2017 y 2018, del Patrimonio Mundial de la Comunidad de Madrid: Monasterio y Real Sitio de El Escorial, la Universidad y el recinto histórico de Alcalá de Henares –ciudad Patrimonio de la Humanidad– y el paisaje cultural de Aranjuez.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido Acuerdo, como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 15 de febrero de 2018.–El Subsecretario de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales, José María Jover Gómez-Ferrer.

ANEXO
Acuerdo Marco de Colaboración entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Alcalá de Henares, el Ayuntamiento de Aranjuez, el Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial, Patrimonio Nacional, la Fundación de Ferrocarriles Españoles y Renfe Viajeros Sociedad Mercantil Estatal S.A., para la promoción conjunta, durante los años 2017 y 2018, del Patrimonio Mundial de la Comunidad de Madrid: Monasterio y Real Sitio de El Escorial, la Universidad y el recinto histórico de Alcalá de Henares –ciudad Patrimonio de la Humanidad– y el paisaje cultural de Aranjuez

En Madrid, a 9 de octubre de 2017.

REUNIDOS

Don Jaime de los Santos González, Consejero de Cultura, Turismo y Deportes, mediante el Decreto 57/2017, de 25 de septiembre, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se le nombra Consejero de Cultura, Turismo y Deportes, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 121/2017, de 3 de octubre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, en el que se determinan las competencias del Consejero de Cultura, Turismo y Deportes.

Doña Blanca Juárez Lorca, con DNI: 07228759C, Alcaldesa del Excmo. Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial, habiendo tomado posesión de su cargo el día 13 de junio de 2015, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 21 de la Ley Básica Reguladora de las Bases del Régimen Local (Ley Básica 7/85, de 2 de abril) y artículo 24 del Texto Refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local (Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril).

Doña Cristina Moreno Moreno, con DNI: 7486836Z, Alcaldesa del Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez, habiendo tomado posesión de su cargo el día 13 de junio de 2015, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 21 de la Ley Básica Reguladora de las Bases del Régimen Local (Ley Básica 7/85, de 2 de abril) y artículo 24 del Texto Refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local (Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril).

Don Javier Rodríguez Palacios, con DNI: 08095404N, Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Henares, habiendo tomado posesión de su cargo el día 13 de junio de 2015, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 21 de la Ley Básica Reguladora de las Bases del Régimen Local (Ley Básica 7/85, de 2 de abril) y artículo 24 del Texto Refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local (Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril).

Don Alfredo Pérez de Armiñán y de la Serna, Presidente del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, cargo para el que fue nombrado por el Real Decreto 956/2015, de 23 de octubre, actuando de conformidad con lo previsto la Ley 23/1982, de 16 de junio, reguladora del Patrimonio Nacional.

Don César Felipe López Sánchez, con NIF n.º 11.814.349-P, en su condición de Director Gerente de la Fundación de los Ferrocarriles Españoles, F.S.P, con C.I.F. G-78043700 y domiciliada en la calle Santa Isabel n.º 44 de Madrid, D.P. 28012, que actúa en representación de la misma en virtud de los poderes conferidos mediante escritura pública otorgada ante el Notario de Madrid don Tomás Pérez Ramos, el 24 de marzo de 2017, bajo el número 456 de su protocolo.

Don Ramón Azuara Sánchez, en representación de RENFE Viajeros Sociedad Mercantil Estatal, S.A. (en adelante, «Renfe Viajeros»), con domicilio social en Madrid, Avenida de Pío XII, 110, con C.I.F. número A-86868189, constituida el día once de diciembre de 2013, ante el Ilustre Notario de Madrid don José Manuel Senante Romero bajo el número de su Protocolo 3.553, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid Tomo 31997, folio 1, sección 8 y hoja M-575733, debidamente autorizado por dicha Sociedad, cuyos poderes ostenta. Reconociéndose las partes mutua y recíprocamente la competencia y capacidad legalmente necesarias para formalizar el presente Acuerdo Marco de Colaboración y quedar obligadas en la representación en que efectivamente intervienen.

Reconociéndose las partes mutua y recíprocamente la competencia y capacidad legalmente necesarias para formalizar el presente Acuerdo Marco de Colaboración y quedar obligadas en la representación en que efectivamente intervienen,

EXPONEN

Que UNESCO ha incluido en la lista de Patrimonio Mundial al Monasterio y Real Sitio de El Escorial en 1984, a la Universidad y el recinto histórico de Alcalá de Henares-Ciudad Patrimonio de la Humanidad- en 1998 y el Paisaje Cultural de Aranjuez en 2001, en reconocimiento a sus características de excepcional valor que los hacen únicos en el mundo, poniendo de manifiesto la riqueza patrimonial de la región de Madrid.

Que en virtud de las competencias asumidas en el artículo 26.1.21 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, la Comunidad de Madrid ejerce las competencias de promoción y ordenación del turismo en su ámbito territorial. Que el Gobierno de la Comunidad de Madrid ha encomendado a la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes desarrollar durante la presente legislatura la Estrategia de turismo, en la que se recoge el impulso al turismo de los tres enclaves reconocidos Patrimonio Mundial por UNESCO.

Que según el artículo 25.2.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, los Ayuntamientos de San Lorenzo de El Escorial, Alcalá de Henares y Aranjuez ejercen, como una de sus competencias, la información y promoción de la actividad turística en sus localidades, con el objetivo de posicionar sus destinos en el mercado.

Que según la Ley 23/1982, Reguladora de Patrimonio Nacional, entre las funciones que se le encomiendan figura expresamente el uso y la promoción de los bienes del Patrimonio Nacional con fines culturales, científicos y docentes. Entre ellos el Monasterio y Real Sitio de El Escorial y el Palacio Real de Aranjuez, objeto de este acuerdo.

Que la Fundación de Ferrocarriles Españoles tiene encomendada la recuperación, custodia, generación y difusión del patrimonio histórico, cultural, científico y tecnológico ferroviario, que incluye los trenes turísticos a los enclaves Patrimonio Mundial.

Que entre los objetivos de Renfe Viajeros se encuentra el de ofrecer apoyo a organizaciones de carácter institucional, social, cultural, deportivo y educativo, con el fin de fomentar el uso del ferrocarril a través de propuestas que vinculan el viaje en tren de Cercanías a actividades lúdicas y formativas.

Que es voluntad de las partes abajo firmantes establecer un marco de colaboración en los ámbitos de sus respectivas competencias y fines, coordinando y sumando sus recursos para facilitar y promover la actividad turística en San Lorenzo de El Escorial, Alcalá de Henares y Aranjuez, en el afán de contribuir a la diversificación y sostenibilidad del sector, a la creación nuevos productos turísticos y al incremento del turismo internacional.

Que las partes firmantes consideran esencial la colaboración en la promoción turística regional, con el fin de atraer tanto a los mercados internacionales como nacionales, por su efecto positivo en la desestacionalización, el aumento de la estancia media y del gasto turístico.

Que los últimos estudios manifiestan la necesidad de mejorar el producto tradicional de patrimonio cultural y gastronómico, diversificando las líneas de producto creando nuevas ofertas turísticas, trabajando en nuevos segmentos, e incorporando el turismo idiomático, cicloturismo, enoturismo, turismo activo, deportivo y de naturaleza.

Que los nuevos productos turísticos deben estar sustentados en los valores esenciales de sus conjuntos patrimoniales, propiciando de esta manera el desarrollo sostenible y la diferenciación de sus productos dentro del competitivo mercado turístico.

Que las partes firmantes comparten un empeño común por atraer el mercado nacional e internacional por el potencial de crecimiento existente y su efecto positivo en la estancia media, la estacionalidad o el gasto turístico.

Que el posicionamiento de estos destinos patrimoniales como referentes turísticos, requiere importantes esfuerzos en materia de planificación y gestión de las administraciones y organismos firmantes del presente Acuerdo Marco de colaboración.

En conformidad con lo expuesto, las partes suscriben el presente Acuerdo Marco de Colaboración con sujeción a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El presente Acuerdo Marco de Colaboración tiene por objeto enmarcar y coordinar las actuaciones de las partes para promocionar las localidades de Alcalá de Henares, Aranjuez y San Lorenzo de El Escorial, merecedoras del especial reconocimiento por la UNESCO en las figuras ya mencionadas, a través de la creación de itinerarios y trenes turísticos desde Madrid a cada uno de estos destinos singulares de nuestra región.

Segunda. Finalidad.

Contribuir a la promoción de estos destinos como motor turístico y elemento de comunicación e imagen de la región de Madrid, a través del impulso de itinerarios y trenes turísticos en cada uno de los municipios, en los que los turistas puedan reconocer los valores que los caracterizan para la UNESCO y se incremente el número de visitantes a los destinos Patrimonio Mundial de la Comunidad de Madrid.

Tercera. Compromisos de las partes.

Las partes se comprometen a:

– Promocionar y divulgar los itinerarios, trenes turísticos y otros productos turísticos asociados, conforme a sus competencias y atribuciones; promover su comercialización, a través de sus canales habituales: web, redes sociales, pantallas, megafonía, trenes, estaciones, puntos y oficinas de información, ferias y campañas en medios.

– Participar en el diseño de productos turísticos asociados y dirigidos a diversos segmentos de población, para los que se pueden apoyar en el cicloturismo, enoturismo o la observación de la naturaleza, bajo la marca Patrimonio Mundial en Madrid.

– Incentivar la visita y facilitar bonificaciones en los billetes turísticos y en los establecimientos partícipes en los productos diseñados.

– Utilizar el logo de Patrimonio Mundial en Madrid, en cualquier soporte gráfico o digital.

Además, de modo independiente, se comprometen a:

La Consejería de Cultura, Turismo y Deportes promocionará los itinerarios, trenes turísticos y productos turísticos asociados a través de material promocional para cada destino, en ferias nacionales e internacionales, la red de oficinas Mad About Info y los canales propios de difusión.

Los Ayuntamientos de Alcalá de Henares, Aranjuez y San Lorenzo de El Escorial se comprometen a configurar itinerarios dentro del destino que incluyan los principales puntos y aspectos de interés turístico (al menos una ruta accesible), a garantizar la calidad de la visita y el control de los contenidos de ésta y la coordinación con el tejido empresarial para la creación y comercialización de productos turísticos, ofertas y promociones de fidelización.

Patrimonio Nacional colaborará ofreciendo la visita al Real Sitio de Aranjuez a los viajeros del Tren de la Fresa, al Real Sitio de San Lorenzo de El Escorial a los viajeros del Tren de Felipe II, respectivamente, mediante una tarifa reducida que deberá ser aprobada por el Consejo de Administración del Patrimonio Nacional.

La Fundación de Ferrocarriles Españoles se compromete a gestionar los medios para la circulación de los trenes históricos de Madrid a Aranjuez, mediante el denominado Tren de la Fresa y a San Lorenzo de El Escorial, mediante el Tren de Felipe II, desarrollando para ello el sistema necesario para la gestión de la promoción, venta y funcionamiento de los productos turísticos consiguientes y las visitas guiadas, poniendo a disposición de dichas funciones turísticas, promotoras y conservadoras, el material ferroviario histórico que cada caso se determine en función de sus disponibilidades, realizando dichas actividades bien directamente o contando con el apoyo o participación de un operador ferroviario autorizado.

Renfe Viajeros se compromete a garantizar la circulación del Tren de Cervantes de Madrid a Alcalá de Henares en colaboración con el Ayuntamiento de esta localidad, aportando sus recursos materiales y divulgando el producto en todos sus medios: web, redes, cartelería, folletos y planos que sean editados. También se compromete a hacer esta labor de difusión para los otros dos destinos señalados, distribuyendo la información turística más relevante para la visita.

Para ello, Renfe Viajeros y la Fundación Española de Ferrocarriles, se comprometen a realizar las gestiones necesarias para ofrecer una fórmula de bonificación de tarifas, para el uso combinado de dos o los tres trenes objeto este programa.

Cuarta. Vigencia.

El presente Acuerdo Marco de Colaboración tendrá un periodo de vigencia de dos años, que se extenderá desde el mismo momento de su firma, pudiendo prorrogarse de manera expresa y escrita por un periodo máximo no superior a la vigencia del presente Acuerdo Marco de Colaboración, previo acuerdo de las partes.

Quinta. Incumplimiento y causas de resolución.

Serán causas de resolución del presente Acuerdo Marco de Colaboración las siguientes:

– El transcurso del plazo de vigencia del acuerdo sin haberse acordado la prórroga del mismo.

– El mutuo acuerdo de las partes.

– El desistimiento unilateral de alguna de las partes.

– El incumplimiento de cualquiera de sus partes o de la normativa vigente.

– Por decisión judicial declaratoria de nulidad del acuerdo.

– Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el acuerdo o en otras leyes.

– El incumplimiento de las obligaciones del presente Acuerdo Marco, no conlleva ningún tipo de indemnización de las partes.

Sexta. Desarrollo económico del Acuerdo Marco de Colaboración.

El presente Acuerdo Marco de Colaboración no lleva aparejada por ninguna de las partes contraprestación económica dineraria, ello sin perjuicio de las colaboraciones y apoyos mutuos derivados de su objeto. Si bien, se podrán formalizar acuerdos específicos de desarrollo en aras de la efectividad de este Acuerdo Marco.

Séptima. Seguimiento del Acuerdo Marco de Colaboración.

Se constituirá una comisión de seguimiento formada por un representante de cada institución firmante, que se reunirá dos veces al año para la planificación y seguimiento de las posibles actuaciones desarrolladas en el marco del presente Acuerdo Marco.

Octava. Naturaleza jurídica.

El presente Acuerdo Marco es un instrumento de colaboración, suscrito al amparo de lo previsto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.

Novena. Jurisdicción.

Las partes acuerdan que todo litigio, discrepancia, cuestión o reclamación resultantes de la ejecución o interpretación del presente Acuerdo Marco de Colaboración o relacionados con él, directa o indirectamente, se someterán al conocimiento de los Juzgados y Tribunales de Madrid Capital, con expresa renuncia de las partes a cualesquiera otros fueros que pudieran corresponderles.

En prueba de conformidad y para que así conste, las partes suscriben el presente Acuerdo Marco de Colaboración, por septuplicado ejemplar, y a un solo efecto, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.

El Consejero de Cultura, Turismo y Deportes de la Comunidad de Madrid, Jaime de los Santos González.–La Alcaldesa del Excelentísimo Ayuntamiento de El Escorial, Blanca Juárez Lorca.–La Alcaldesa del Ilustrísimo Ayuntamiento de Aranjuez, Cristina Moreno Moreno.–El Alcalde del Excelentísimo Ayuntamiento de Alcalá de Henares, Javier Rodríguez Palacios.–El Presidente del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, Alfredo Pérez de Armiñán y de la Serna.–El Director Gerente de la Fundación de los Ferrocarriles Españoles, César Felipe López Sánchez.–El representante de RENFE Viajeros Sociedad Mercantil Estatal S.A, Ramón Azuara Sánchez.

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