Está Vd. en

Documento BOE-A-2018-2977

Resolución de 16 de febrero de 2018, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publica el censo de los buques de palangre de fondo autorizados a pescar merluza en el caladero del Cantábrico Noroeste durante el año 2018, así como la cuota individual de merluza asignada a cada uno.

Publicado en:
«BOE» núm. 54, de 2 de marzo de 2018, páginas 25931 a 25934 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2018-2977

TEXTO ORIGINAL

Esta Resolución se dicta en cumplimiento de lo previsto en el artículo 2.6.e de la Orden AAA/2534/2015, de 17 de noviembre, por la que se establece un plan de gestión para los buques de los censos del caladero nacional del Cantábrico y Noroeste.

La principal vocación de la flota de Palangre de fondo es dedicar su actividad a la merluza. El reparto de cuota por buque ha sido una de las principales medidas establecidas por la Secretaria General de Pesca, para permitir que cada unidad sea responsable de sus cuotas. Esto, a su vez, ha contribuido a mejorar el patrón de explotación de la merluza.

El buque Vamos Indo, que se encuentra de baja, fue aportado en expediente de nueva construcción, inicialmente del buque Concepción Waldo. No obstante, dicho expediente aunque se mantiene ha diferido del originalmente planteado, encontrándose a la espera de finalización. Mientras esta situación no se regularice, el Vamos Indo no podrá hacer uso ni transferir su cuota. El buque O Busi que está hundido, hizo un cambió de censo con el Beti Lagun Bi de palangre de fondo, por lo que se mantiene en el censo de palangre de fondo (**) a efectos de aportar su baja para nuevas construcciones o modernizaciones. En función de uno u otro su cuota pasaría al nuevo barco o se redistribuiría entre el resto de la flota.

Esta Secretaría General de Pesca, oído el sector interesado resuelve:

Primero.

Publicar como anexo I el censo de buques de palangre de fondo autorizados a pescar merluza sur en las divisiones 8c y 9a del caladero Cantábrico Noroeste en el año 2018, así como la cuota individual de merluza asignada a cada uno.

Segundo.

Para poder usar sus posibilidades de pesca, así como hacer transferencia de las mismas, todos los buques deben cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 2.6.d de la Orden AAA/2534/2015, de 17 de noviembre.

Tercero.

Los barcos de palangre de fondo del Cantábrico y Noroeste están incluidos en 2018 en la obligación de desembarque de la merluza (HKE/8C3411). Por ello, el TAC y la cuota de España se verán incrementada tras la aplicación del top-up con el fin de reflejar aquellas cantidades que antes se descartaban y que ahora se deben desembarcar. Las cifras que aquí se anexan son provisionales, no recogiendo las modificaciones ocasionadas por el top-up, que serán asignadas con posterioridad.

Del mismo modo no reflejan ni los posibles incrementos por aplicación de la flexibilidad interanual, ni las eventuales deducciones por la sobrepesca, en caso que la hubiere una vez se cierren los consumos de 2017.

Cuarto.

Todos los buques están incluidos en el plan de recuperación de la merluza sur establecido en el anexo IIB del Reglamento (UE) 2018/120, de 23 de enero, según el cual y para el periodo 1 de febrero de 2018 a 31 de enero de 2019 los días de pesca para cada barco son 126. Si un buque puede demostrar que sus capturas de merluza representan menos del 8% del peso vivo total del pescado capturado en una marea dada, no se contabilizarán los días de mar asociados a esa marea para el cómputo del número máximo de 126 días de mar.

Quinto.

No obstante lo anterior, de acuerdo a lo establecido en el punto 6.1.a del anexo IIB del Reglamento (UE) 2018/120, de 23 de enero, los buques que figuran a continuación se podrán acoger a la condición especial de asignación de días según la cual pueden tener días ilimitados de pesca en 2018 siempre que sus capturas no superen las 5tn. En el momento en que superen esta cantidad se les aplicará el límite de días de esfuerzo citados en al apartado anterior:

25650

Arantzazuko Izarra.

24418

Cruz y Cristo.

24356

Gure Fátima.

26311

Gure Itxas Begi.

25284

Manuel Teresa.

23189

Nuevo Chisu.

27384

Nuevo Salorio.

11364

Siempre Rufo.

21777

Suarez Valle.

Sexto.

Esta Resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un mes, se podrá interponer recurso de alzada ante la Ministra de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Séptimo.

Esta Resolución producirá efectos para la campaña de pesca de 2018, del 1 de enero al 31 de diciembre.

Madrid, 16 de febrero de 2018.–El Secretario General de Pesca, Alberto López-Asenjo García.

ANEXO I
Censo de buques de palangre de fondo autorizados a pescar merluza en el caladero del Cantábrico Noroeste, durante el año 2018, así como cuota individual de merluza asignada a cada uno

CFO

Buque

Posibilidades de pesca inicial 2018 HKE

Cuota individual 2018 HKE

Gestión 2018

Entidad asociativa 2018

Cuota conjunta 2018 MAC

25023

ATAIN

1,6393

8.093

Conjunta

Asociación de Palangreros del

CNW

234.697

24492

BENYJOR

1,6393

8.093

Conjunta

22525

BETI MAURIXIO

1,6393

8.093

Conjunta

27802

CARMINCHÍN

1,6393

8.093

Conjunta

24418

CRUZ Y CRISTO

1,6393

8.093

Conjunta

23747

CU CA

1,6393

8.093

Conjunta

25065

EL DAVID

1,6393

8.093

Conjunta

22321

EL PATRON

1,6393

8.093

Conjunta

23995

LAURA MAR

1,6393

8.093

Conjunta

23517

MADRE PILAR

1,6393

8.093

Conjunta

23014

MAPEI

1,6393

8.093

Conjunta

25762

MARES DEL SEÑOR

1,6393

8.093

Conjunta

11380

NAVALIÑO DOS*

1,6393

8.093

Conjunta

25055

NUBERU

1,6393

8.093

Conjunta

24869

NUEVO BRISAS

1,6393

8.093

Conjunta

26367

NUEVO CARMEN

1,6393

8.093

Conjunta

27417

NUEVO FRANCES

1,6393

8.093

Conjunta

23532

NUEVO FURUNO

1,6393

8.093

Conjunta

24496

NUEVO HERMANOS SUAREZ

1,6393

8.093

Conjunta

27141

NUEVO MADRE DOLORES

1,6393

8.093

Conjunta

27421

NUEVO NAUTILUS

1,6393

8.093

Conjunta

23376

NUEVO PADRE

1,6393

8.093

Conjunta

27384

NUEVO SALORIO

1,6393

8.093

Conjunta

25766

OS CASTRO

1,6393

8.093

Conjunta

21880

SANTA RITA

1,6393

8.093

Conjunta

27730

SIEMPRE SAN PABLO

1,6393

8.093

Conjunta

22700

VALENCIA FILGUEIRA

1,6393

8.093

Conjunta

22461

VIENTO Y CALMA

1,6393

8.093

Conjunta

27482

VIKINJO

1,6393

8.093

Conjunta

CFO

Buque

Posibilidades de pesca inicial 2018 HKE

Cuota individual 2018 HKE

Gestión 2018

Entidad asociativa 2018

21836

PICO DA LEBRE

1,6393

8.093

Individual

Asociación de Palangreros del CNW

26985

MAR DE PEDRO

1,6393

8.093

Individual

Cofradía de Pescadores Virgen del Carmen de Cudillero

23790

NOVAS TERAN

1,6393

8.093

Individual

25858

NUEVA CARLA

1,6393

8.093

Individual

27291

SIEMPRE MARIA

1,6393

8.093

Individual

21777

SUAREZ VALLE

1,6393

8.093

Individual

25650

ARANTZAZUKO IZARRA

1,6393

8.093

Individual

OPEGUI - FECOPEGUI

25501

GURE ITXAROPENA

1,6393

8.093

Individual

26233

KALA BERRI

1,6393

8.093

Individual

23731

SEPTIMO

1,6393

8.093

Individual

ORPAL

23878

SIEMPRE CACHARELOS

1,6393

8.093

Individual

5629

VAMOS INDO*

1,6393

8.093

Individual

**

**

1,6393

8.093

Individual

7966

ANA JESUS

1,6393

8.093

24514

ARLANPI

1,6393

8.093

25306

EL CISNE DE

1,6393

8.093

22858

EL MARINA

1,6393

8.093

21766

ENRIC MANUEL*

1,6393

8.093

24356

GURE FATIMA

1,6393

8.093

26311

GURE ITXAS BEGI

1,6393

8.093

25490

ITOITZ

1,6393

8.093

25543

MADRE DOLORES

1,6393

8.093

25284

MANUEL TERESA

1,6393

8.093

26384

MATXAKU

1,6393

8.093

23189

NUEVO CHISU

1,6393

8.093

26008

NUEVO MAR AZUL

1,6393

8.093

24947

OTZARRI BERRIA

1,6393

8.093

26097

ROSA DOS MARES

1,6393

8.093

11364

SIEMPRE RUFO

1,6393

8.093

25528

SIEMPRE VULCANO

1,6393

8.093

25292

URRESTI BERRIA

1,6393

8.093

24390

VIRGEN DE MARES

1,6393

8.093

* Buques dados de baja, definitiva o provisional, pero aportados en expediente de nueva construcción. Sus cuotas podrán ser usadas por el nuevo barco una vez esté finalizado.

** ERA EL BETI LAGUN BI 26670: Cambió de censo a VOLANTA. El hueco debería ser para O BUSI (hundido). Queda hueco pendiente de barco.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 16/02/2018
  • Fecha de publicación: 02/03/2018
Materias
  • Cantábrico
  • Censos de buques
  • Cuota de pesca
  • Material de pesca
  • Pesca marítima
  • Pescado
  • Zonas marítimas

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid