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Documento BOE-A-2018-3019

Resolución de 28 de febrero de 2018, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se designa el tribunal calificador del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 55, de 3 de marzo de 2018, páginas 26239 a 26240 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Referencia:
BOE-A-2018-3019

TEXTO ORIGINAL

La Resolución de 8 de enero de 2018, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el en el Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 9, de 10 de enero, establece en su anexo III que el tribunal calificador del proceso selectivo «será designado mediante Resolución de la Secretaria de Estado de Función Pública con anterioridad a la publicación de las listas de admitidos y excluidos, garantizando en la composición del mismo la paridad entre mujeres y hombres».

Por tanto, de acuerdo con lo previsto en el anexo III de la convocatoria contenida en la citada Resolución de 8 de enero de 2018, resuelvo:

Designar al tribunal calificador del proceso selectivo para el ingreso libre y el acceso por promoción interna en el Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado:

Tribunal titular

Presidenta: María Teresa Martínez de Marigorta Tejera, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Secretario: Antonio Palomar Ruiz-Gálvez, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Vocales:

María José Burgos García, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Javier Vega Gómez, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Consuelo Laiz Castro, Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad.

Santos Javier Corredor Martín, Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.

Helena María Cosano Nuño, Cuerpo Carrera Diplomática.

Tribunal suplente

Presidente: Marco Antonio Romero Rivera, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Secretaria: María Carmen Delibes Cadarso, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Vocales:

Mercedes Rodríguez Arranz, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Ana Agustina de la Orden Vicente, Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.

Pablo Fernández Ruiz, Cuerpo de Abogados del Estado.

Javier Simón García, Cuerpo Superior de Interventores de la Seguridad Social.

Paz Pérez de Seoane Satrústegui, Cuerpo Superior de Arquitectos de la Hacienda Pública.

Materias específicas

Materias jurídicas:

Alberto Herrera Rodríguez, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Ana Belén San Martín Ontoria, Cuerpo de Abogados del Estado.

Materias sociales:

César Enrique Díaz-Carrera López, Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad.

Irene Sánchez Pérez, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Materias económicas:

Javier Domínguez Viera, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Juan Carlos Araque Liébana, Cuerpo Superior de Inspectores de Seguros del Estado.

Materias técnicas:

Carlos Antero Maza Frechín, Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración del Estado.

Celia Tenés García, Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración del Estado.

El tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o algunos de los ejercicios.

Contra la presente resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, un recurso de reposición ante la Secretaría de Estado de Función Pública en el plazo de un mes contado desde su publicación o bien un recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contado desde su publicación, ante los juzgados centrales de lo contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En el caso de interponer un recurso de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.

Madrid, 28 de febrero de 2018.–La Secretaria de Estado de Función Pública, Elena Collado Martínez.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 28/02/2018
  • Fecha de publicación: 03/03/2018
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE CORRIGEN errores, por Resolución de 9 de abril de 2018 (Ref. BOE-A-2018-4965).

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