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Documento BOE-A-2018-392

Resolución de 29 de diciembre de 2017, de la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias, SA, para el establecimiento de los criterios generales de actuación de la sociedad en relación con la promoción, contratación y explotación de las obras de modernización y consolidación de regadíos contempladas en la planificación del departamento y declaradas de interés general.

Publicado en:
«BOE» núm. 10, de 11 de enero de 2018, páginas 4353 a 4382 (30 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2018-392

TEXTO ORIGINAL

De Acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias, SA, que figura como anexo a la presente resolución.

Madrid, 29 de diciembre de 2017.–La Directora General de Desarrollo Rural y Política Forestal, Esperanza Orellana Moraleda.

ANEXO
Convenio de colaboración entre el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias, SA, para el establecimiento de los criterios generales de actuación de la sociedad en la promoción, contratación y explotación de las obras de modernización y consolidación de regadíos, contempladas en la planificación del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y declaradas de interés general

En Madrid, a 29 de diciembre de 2017.

REUNIDOS

De una parte, doña Isabel García Tejerina, Ministra de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, en virtud del Real Decreto 417/2016, de 3 de noviembre, por el que se dispone su nombramiento, y actuando conforme a las competencias que le atribuyen el artículo 48.2 y 61.k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Y, de otra parte, don Joaquín Manuel Rodríguez Chaparro, mayor de edad, con NIF 01.823.244 B, en su calidad de Presidente, actuando en nombre y representación de la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias, SA (SEIASA), con CIF número A-82535303 y con domicilio social en Madrid, calle Pedro Texeira, número 8, 4.ª planta, teniendo facultades bastantes para este acto, en virtud del Acuerdo del Consejo de Administración adoptado el 6 de octubre de 2017, elevado a escritura pública en la Escritura de Poder otorgada a su favor el 25 de octubre de 2017, ante el notario de Madrid, don Miguel Ruiz Gallardón García de la Rasilla, al número 4.536 de su Protocolo, las cuales asegura no han sido revocadas ni disminuidas.

Ambas partes se reconocen la capacidad jurídica necesaria para suscribir el presente convenio y, a tal efecto,

EXPONEN

Primero.

Que, el artículo 99 de la Ley 50/1998, de Medidas Fiscales, Administrativas y del orden Social, autorizó al Gobierno, para acordar la creación de sociedades mercantiles estatales de las previstas por el artículo 6.1.a) del entonces vigente Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria, aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, para la ejecución de obras e infraestructuras concretas de modernización y consolidación de regadíos.

Segundo.

Que, en desarrollo del artículo 99 de la Ley 50/1998, mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 y 12 de noviembre de 1999, el Gobierno autorizó la creación de las Sociedades Estatales: SEIASA del Norte, SA, SEIASA de la Meseta Sur, SA, SEIASA del Nordeste, SA, y SEIASA del Sur y Este, SA, como nuevo instrumento de actuación pública en relación con las obras de modernización y consolidación de regadíos, en concurrencia con los usuarios de las obras y, en su caso, de las comunidades autónomas afectadas territorialmente.

Tercero.

Que, el 18 de octubre de 2000 y 14 de diciembre de 2007 se formalizó un convenio de colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) y cada una de las SEIASA, con el objeto de concretar y desarrollar los criterios generales de actuación de las sociedades en la realización de las obras de modernización y consolidación de regadíos, previstas en su objeto social, sin perjuicio del régimen normativo que les corresponda por su condición de entidades mercantiles. Además se suscribieron varias adendas para cada una de las sociedades, en las que se añadían actuaciones para cada sociedad.

Cuarto.

Que, de conformidad con el artículo 169 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, mediante acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de abril de 2010, se acuerda la fusión por absorción de SEIASA del Norte, SA, como sociedad absorbente, de las sociedades estatales SEIASA de la Meseta Sur, SA, SEIASA del Nordeste, SA, y SEIASA del Sur y Este, SA, y el cambio de denominación de la sociedad absorbente a Sociedad Estatal de Infraestructuras Agrarias, SA.

Esta sociedad se regirá por la citada Ley 33/2003 del Patrimonio de las Administraciones Públicas, por la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, por el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y por las demás normas de carácter general que le sean aplicables.

Quinto.

Que, como consecuencia de la fusión de las sociedades, se hizo necesaria la firma de un convenio único entre el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA) y SEIASA que recogiese todos los encargos, tanto los incluidos en el convenio de 18 de octubre de 2000 como en el de 14 de diciembre de 2007, como en sus respectivas adendas, en orden a determinar la actuación de la Sociedad, en relación con la promoción, contratación y explotación de obras de modernización y consolidación de regadíos declaradas de interés general, suscribiéndose dicho convenio el 3 de diciembre de 2012.

La Junta General de Accionistas, de 5 de diciembre de 2012, aprobó una ampliación de capital de 11.827.918,21 €, correspondiente al ejercicio presupuestario de 2012.

Sexto.

Que, el 27 de diciembre de 2013, se suscribió la modificación del convenio, que introdujo diversas modificaciones de las obras a realizar y concretó determinados criterios administrativos para la gestión del convenio.

La Junta General de Accionistas, en la reunión de 30 de diciembre de 2013, aprobó una ampliación de capital de 11.827.918,21 €, correspondiente al ejercicio presupuestario de 2013 y en la de 18 de diciembre de 2014, aprobó una ampliación de capital de 10.770.136,91 €, correspondiente al ejercicio presupuestario de 2014.

El 24 de noviembre de 2017 se suscribió la 2.ª Adenda al convenio del 27 de diciembre de 2013, para compensar el déficit de financiación derivado de la pérdida del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), por un importe de 10.704.025,58 €.

Séptimo.

Que, como consecuencia de todos los encargos realizados, la Sociedad dispone de un total de 1.036.805.981,29 euros, como capital social totalmente desembolsado y destinado a la ejecución de las actuaciones en ellas contempladas.

Octavo.

Que, han quedado sin ejecutar las obras programadas y encomendadas que se resumen en el anexo I y se detallan en el anexo II de este convenio, por importe de 217.593.351,13 euros, de los que 69.349.127,59 euros son recursos financieros aportados a la sociedad y no consumidos.

Además, las obras ejecutadas incluidas en los anexos I, II, III y VIII de la modificación, de 27 de diciembre de 2013, del convenio MAGRAMA-SEIASA, de 3 de diciembre de 2012, han requerido menos recursos financieros de los inicialmente previstos, habiéndose producido un ahorro de 14.186.331,62 euros.

Así mismo, como consecuencia de la terminación de las obras que estaban en ejecución cuando se firmó el convenio MAGRAMA SEIASA, en diciembre de 2012, se produjo un consumo de capital social superior al previsto en 5.164.945,63 €.

Noveno.

Que, una parte del capital social disponible se ha destinado a financiar la reparación de los desperfectos producidos en determinadas obras y a la sustitución de las tuberías de PRFV originariamente instaladas y causantes de los desperfectos. Paralelamente, la Sociedad está efectuando las correspondientes reclamaciones judiciales a las empresas constructoras adjudicatarias de las obras afectadas.

El coste total de las reparaciones asciende a 24.327.390,26 €.

En consecuencia, el capital social disponible asciende a 54.043.123,32 euros, cuyo resumen se realiza en el anexo III.

Décimo.

El MAPAMA considera que, además de continuar las obras en ejecución e iniciar las programadas pendientes de inicio, que se relacionan en el anexo IV, se debe impulsar la ejecución de las obras relacionadas en el anexo V, cuyo importe asciende a 58.340.359,87 €, de los que 54.043.123,32 € corresponden a capital social disponible y 4.297.236,55 €, corresponden a capital social a desembolsar del ejercicio 2017.

Undécimo.

Que, para la ejecución de las obras indicadas en el apartado anterior resulta insuficiente el actual capital social disponible, por lo que resulta necesaria una nueva aportación de capital por importe de 4.297.236,55 €, lo que equivale a la suscripción de 715 acciones, con cargo al ejercicio 2017. Hay que señalar que en la 2.ª adenda al convenio de 27 de diciembre de 2013, se amplía el capital social en la cantidad de 10.704.025,58 euros.

Por cuanto antecede se redacta un nuevo Convenio de colaboración entre el MAPAMA y SEIASA, que contemple todas las circunstancias sobrevenidas desde la suscripción del anterior convenio, con objeto de aumentar la transparencia en la gestión de la sociedad.

Por todo lo expuesto, ambas partes suscriben el presente Convenio de colaboración que se regirá de conformidad con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El presente Convenio de colaboración entre el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (MAPAMA) y la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias (SEIASA), tiene por objeto el desarrollo de los criterios generales de actuación de la sociedad respecto a las actuaciones que, constituyendo parte de su objeto social en relación con las obras de modernización y consolidación de regadíos, hayan sido declaradas de interés general y encargada su ejecución por el MAPAMA a la sociedad, sin perjuicio del régimen normativo que le corresponda por su condición de sociedad mercantil estatal de las previstas en el artículo 166.2 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, así como la previsión de las actuaciones que en relación con dichas obras corresponderán al Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.

En consecuencia, la sociedad actuará sobre aquellas zonas regables cuyo territorio esté ubicado dentro de un perímetro definido en un Decreto, Real Decreto u Orden Ministerial, y que cuente con infraestructuras hidráulicas ejecutadas por la Administración.

Las actuaciones establecidas para su ejecución por la sociedad son las enumeradas en los anexos IV y V, formado por las obras reprogramadas con capital social disponible, más la ampliación de capital social de 2017 para obra nueva.

La realización de las actuaciones previstas en el presente convenio deberá estar condicionada al cumplimiento de la financiación prevista, así como a la realización de la ampliación de capital recogida en el apartado B), 8, de la cláusula cuarta del nuevo Convenio de colaboración, todo ello al objeto de garantizar el necesario equilibrio financiero de las actuaciones encomendadas a la sociedad.

Segunda. Actuación de la sociedad.

La actuación de la sociedad, regulada por este convenio, se concretará en la promoción, contratación y explotación de las obras de modernización y consolidación de los regadíos declaradas de interés general, que cumplan las condiciones establecidas en el Plan Nacional de Regadíos, o legislación que lo sustituya, con el establecimiento de tarifas a convenir con los usuarios de las mismas, y sin perjuicio de la colaboración de otras Administraciones Públicas que se establezca por convenio con las mismas.

Tercera. Régimen de actuación.

De conformidad con el objeto social y de acuerdo con los criterios de actuación de la sociedad, en la promoción, contratación y explotación de inversiones en obras de modernización y consolidación de regadíos, declaradas de interés general y de titularidad de la sociedad, se tendrán en consideración las siguientes premisas:

A. Respecto a la financiación con fondos comunitarios si la Sociedad Mercantil Estatal es beneficiaria de dichos fondos.

La Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias (SEIASA) es beneficiaria de ayudas del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), a través de la medida, de los Programas de Desarrollo Rural, M04: Inversión en activos físicos, en la submedida de modernización de regadíos.

SEIASA es beneficiaria tanto del Programa Nacional de Desarrollo Rural (1), como de los Programas de Desarrollo Rural de las comunidades autónomas de Andalucía, Aragón, Castilla La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Extremadura y Murcia.

(1) Para todo el territorio nacional, siempre que tanto la comunidad de regantes como SEIASA no reciban fondos del PDR regional.

Para poder acceder a los fondos provenientes de los Programas de Desarrollo Rural (PDR) de las comunidades autónomas es necesaria la suscripción de un convenio marco de colaboración entre el MAPAMA y la Consejería competente de la comunidad autónoma que haya considerado a SEIASA beneficiaria de la medida de regadíos en su Programa de Desarrollo Rural 2014-2020.

En dicho Convenio, ambas partes se obligan a poner en común la colaboración técnica y financiera necesaria para la realización de las obras de modernización y consolidación de regadíos en comunidades de regantes, cuyas obras de modernización estén declaradas de interés general y en aquellas que se declaren en un futuro, ejecutándose a través de la Sociedad Mercantil Estatal SEIASA, y que cumplan con el objeto social de SEIASA.

En dicho Convenio, se establece la forma de ejecución de las actuaciones de modernización de regadíos para las actuaciones que se cofinancien con fondos FEADER, así como las condiciones de financiación.

Una vez suscrito este Convenio, la Sociedad Mercantil Estatal podrá suscribir a su vez convenios reguladores para la financiación, construcción y explotación de las obras de modernización de regadíos con las comunidades de regantes, introduciendo en los mismos la cofinanciación FEADER.

En el caso de que tanto SEIASA como la comunidad de regantes no reciban fondos del PDR regional, podrán acceder a los fondos del Programa Nacional de Desarrollo Rural. Las condiciones de financiación las fijará la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal como Autoridad de Gestión de los fondos.

Una vez fijadas estas condiciones, se plasmarán en una adenda al presente Convenio, y a continuación, SEIASA podrá suscribir a su vez convenios reguladores para la financiación, construcción y explotación de las obras de modernización de regadíos con las comunidades de regantes, introduciendo en los mismos la cofinanciación FEADER.

Si como consecuencia de modificados, obras complementarias y otras incidencias se produjeran variaciones económicas en el coste de la actuación, que no fueran financiadas por fondos europeos, así como cualquier otro gasto que tuviera la condición de no elegible, de acuerdo con la normativa por la que se rigen los fondos comunitarios, necesario para la ejecución de la actuación, los mismos serán asumidos por la comunidad de regantes en la parte no financiada por los citados fondos europeos, mediante el pago a SEIASA de cada una de las certificaciones y facturas durante la ejecución de la obra.

B. Respecto a la necesaria participación de las Comunidades de Regantes en las obras.

1. Con carácter previo a la ejecución y a la financiación de los proyectos deberá suscribirse el correspondiente convenio con los usuarios interesados en las obras de que se trate, en el que se prevean las condiciones financieras de realización de la obra y de su explotación, con la previsión en su caso de los auxilios económicos procedentes de los fondos comunitarios. Dicho convenio deberá ajustarse al modelo acordado entre el MAPAMA y el Ministerio de Hacienda y Función Pública (MINHAFP), y deberá contar con la autorización previa de la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal del MAPAMA y de la Dirección General del Patrimonio del Estado del MINHAFP.

2. Respecto a la participación de los usuarios se pueden dar la siguiente situación en relación con la financiación de las actuaciones a realizar.

Además de la aportación de capital social por parte de la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias, puede existir aportación de fondos comunitarios, (obras en Andalucía, Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Extremadura y Región de Murcia y en comunidades autónomas situadas en cuencas intercomunitarias donde no haya sido declarada SEIASA beneficiaria de los Fondos FEADER). Para ello las comunidades autónomas deberán suscribir un convenio marco con el MAPAMA.

En cada PDR, la tasa de cofinanciación para la medida de inversión es diferente, y esta quedará reflejada en un convenio marco entre la Comunidad Autónoma y el MAPAMA, así como su esquema financiero final, por lo que se suscribirá una adenda al presente convenio, en el que se establecerán las condiciones financieras resultantes.

Ya existe un convenio marco suscrito entre la Comunidad Autónoma de Castilla y León y el MAPAMA. En el anexo V a), está el esquema financiero final para las actuaciones de Castilla y León, según el convenio marco suscrito.

a) La Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias convendrá con los usuarios interesados la percepción de unas tarifas que permitan la recuperación del importe de la inversión que hubiera sido anticipada por la Sociedad, sin perjuicio de la repercusión, por la misma vía, de los costes de la operación y mantenimiento de las obras y de los de funcionamiento de la sociedad, en la parte correspondiente. A estos efectos, se entenderá por importe de la inversión el coste total de las obras incluyendo el de las indemnizaciones necesarias, redacción de proyectos, dirección de obras, costes internos y externos activados por SEIASA, gastos generales en los que incurra la sociedad durante la ejecución de la obra, gastos financieros, tributos y cualesquiera otros que guarden relación con aquellas. Las Comunidades de Regantes aportarán los terrenos necesarios para la realización de las obras y, en el caso de que sea necesario realizar expropiaciones o adquisiciones de terrenos, su coste será financiado íntegramente por las Comunidades de Regantes.

b) Las obras realizadas serán de titularidad de la Sociedad Mercantil Estatal sin perjuicio de que en los acuerdos con los usuarios se puedan establecer fórmulas de adquisición de las obras e instalaciones realizadas una vez finalizado el pago de las tarifas correspondientes, o al menos garantizada la amortización del importe de la inversión realizada por la Sociedad.

3. El Convenio entre los usuarios y la Sociedad tendrá, al menos el siguiente contenido:

a) La descripción de la obra a realizar contenida en el proyecto y su presupuesto; si no se dispusiera de ellos, del anteproyecto o bases técnicas. Asimismo, se tendrán en consideración los estudios de viabilidad realizados en relación con la obra proyectada.

b) La determinación del esquema financiero de ejecución del proyecto con referencia a la parte del mismo relativa a cada una de las partes afectadas por la obra, concretando las aportaciones de la sociedad, de los usuarios y de las demás fuentes de financiación que se prevean. La sociedad no podrá asumir ni garantizar obligaciones de terceros debiendo tener garantizadas suficientemente las aportaciones propias y la disponibilidad de los recursos comprometidos por terceros antes del inicio del procedimiento de adjudicación o encomienda de gestión de las obras.

c) Quedan excluidas de los convenios las actuaciones y obras en el interior de la parcela y especialmente las referentes a los sistemas de aplicación de agua.

d) Podrán ser objeto de este convenio actuaciones encaminadas a proyectos de optimización energética e implantación de sistemas de producción de energía mediante la aplicación de tecnologías de energías renovables. Estos proyectos irán encaminados al autoconsumo de las energías producidas con objeto de reducir los costes energéticos derivados del uso de las infraestructuras modernizadas de regadío, siempre de acuerdo con la legislación vigente de preasignaciones tanto autonómica como estatal, y aportando en todos los casos un estudio de viabilidad económica de la inversión en el proyecto de energía renovable cuyo resultado será decisivo para ejecutar o no estas actuaciones.

Necesariamente esta actuación deberá ir en documento separado y la comunidad de regantes deberá contar con las autorizaciones de los órganos administrativos competentes para poder efectuar la instalación.

e) Las actuaciones deberán contar con un sistema de gestión de la red de riego por telecontrol cuando ésta se incluya en el proyecto.

f) Las tarifas que hayan de establecerse con cargo a los usuarios y su obligación de pago, así como las garantías que, en su caso, deban prestar los usuarios para asegurarla.

g) Los derechos y obligaciones de los usuarios en cuanto a la información sobre el curso de realización del Proyecto, y a ser oídos en relación con las incidencias fundamentales que afecten al mismo, pudiéndose establecer una organización adecuada, en la que se encuentren debidamente representados, a efectos del ejercicio de estos derechos.

Los usuarios tendrán derecho a ser informados del desarrollo de los proyectos, desde su elaboración o modificación hasta su terminación y, posteriormente, durante la explotación. Para hacer efectivo este derecho se constituirá una Comisión mixta, denominada «Comisión de Seguimiento», presidida por el presidente de la Sociedad Mercantil Estatal, o persona que le sustituya, que estará integrada por una representación paritaria de la Sociedad Mercantil Estatal y de los usuarios, en un número máximo de cuatro vocales por cada parte, y que podrá resolver sobre las circunstancias que se produzcan en el desarrollo del proyecto, teniendo el Presidente voto de calidad.

h) Las previsiones relativas a la realización material de las tareas necesarias para la debida explotación de las obras, así como las relativas al régimen de titularidad de las obras e infraestructuras.

C. Respecto a la participación, en su caso, de las Comunidades Autónomas afectadas.

Con carácter previo a la ejecución de los proyectos podrá elaborarse el correspondiente Convenio, que se someterá a consideración de las Comunidades Autónomas interesadas en las obras de que se trate, en el que se prevean las condiciones financieras de realización de la obra.

La aportación de la Comunidad Autónoma será preferentemente en ejecución de una parte de la obra, a negociar con la Sociedad y con los usuarios.

En el caso en que la aportación de la Comunidad Autónoma represente un coste económico, bien en ejecución de obra o en financiación, con anterioridad a la firma del Convenio, la Comunidad Autónoma efectuará el correspondiente expediente de gasto que, previa fiscalización por la intervención autonómica, deberá ser autorizado y comprometido por el órgano competente.

D. Respecto a los proyectos de modernización y consolidación de regadíos realizados por la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias, SA.

Los proyectos de modernización y consolidación de regadíos que realiza la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias, SA (SEIASA), tienen la consideración de proyectos generadores de ingresos, a los efectos previstos en el artículo 61 del Reglamento (CE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Marítimo y de Pesca y se deroga el Reglamento (CE) n.º 1083/2006, del Consejo.

Cuarta. Actuaciones del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y de la Sociedad Mercantil Estatal.

En relación con las obras referidas en la cláusula tercera de este convenio, se observará el siguiente régimen de distribución de competencias:

A) Actuaciones de la Sociedad:

Corresponde a la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias, SA:

1. La elaboración, por medios propios o por contrato con terceros, de los proyectos de obras y de las actuaciones inherentes a las mismas, incluyendo los estudios previos necesarios y los complementarios, así como los estudios de viabilidad realizados en relación con la obra proyectada, sin perjuicio de que pueda llevar a efecto la ejecución de los proyectos cuya elaboración hubiesen ultimado el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente o las Comunidades Autónomas. La redacción de los proyectos iniciales deberá contar con la autorización previa del MAPAMA (Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal).

2. La dirección e inspección de las obras, que se llevará a efecto en los términos establecidos en los pliegos de condiciones reguladores de cada contrato de ejecución de obra.

3. La contratación con terceros se regirá por las disposiciones del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP), aplicables a las sociedades mercantiles públicas. En el caso de que la financiación se realice con Fondos Comunitarios, se estará además a lo que dispongan las normas a aplicar.

La gestión administrativa de los proyectos de obra se llevará a cabo según los procedimientos internos de contratación aprobados por la Sociedad, de acuerdo con los criterios establecidos por el MAPAMA (Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal) y el MINHAFP (Dirección General del Patrimonio del Estado).

4. Si, por cualquier circunstancia no prevista en el proyecto inicial, y dentro de los supuestos previstos en el TRLCSP, se hiciera necesario la redacción de un proyecto modificado o complementario, la Sociedad deberá solicitar la autorización previa, para su redacción, a la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal, en la que se establecerán los criterios generales para este fin.

5. La recepción y liquidación de las obras conforme al proyecto contratado, al finalizar su ejecución por el contratista que las haya realizado, en los términos establecidos en el contrato entre éste y la Sociedad Mercantil Estatal para la ejecución de la obra.

6. La presentación, cuando proceda, ante la Administración competente de las inversiones realizadas por la Sociedad, dentro del periodo correspondiente, a los efectos de su cómputo para obtener, en su caso, la financiación de los fondos estructurales de la Unión Europea, de acuerdo con las condiciones reglamentarias de los mismos, aportando la documentación justificativa que acredite la realidad de la inversión efectuada y las condiciones de la misma, que la Administración, le solicite.

En ningún caso, la actividad de la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias referida a la contratación y explotación de las obras de modernización y consolidación de regadíos, supondrá la asunción por la misma de competencias que impliquen ejercicio de autoridad pública.

7. Para la gestión de las obras, la Sociedad se atendrá en todos los casos a las instrucciones que se remitan desde el MAPAMA a través de la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal, y del MINHAFP a través de la Dirección General del Patrimonio del Estado.

8. Los criterios de selección y/o priorización de actuaciones para la ejecución de las obras de modernización son los siguientes, y se adoptarán uno o varios de los siguientes criterios, por orden de preferencia, según la ordenación que se presenta:

1. Las zonas que sustituyan aguas superficiales y/o subterráneas por aguas regeneradas, con motivo de la modernización serán preferentes a otras.

2. Se utilizará el concepto de modernización de zona regable en lugar del de sector, por lo que sería prioritario el finalizar zonas regables íntegramente, antes que iniciar la modernización de sectores de otras zonas.

3. Serán preferentes las peticiones de modernización de comunidades de regantes que agrupen el mayor número de sectores correlativos de una zona regable.

4. Así mismo, serán preferentes las peticiones de comunidades de regantes que, en su conjunto, completen la modernización de unidades de demanda agraria definidas en los planes de demarcación.

5. Las actuaciones que no necesiten energía eléctrica para su funcionamiento serán preferidas sobre las que la necesiten o haya que instalar energías renovables, quedando excluidas aquellas que supongan el uso de acequias.

6. Serán preferentes las que supongan mayor superficie de actuación, siendo deseable no actuar por debajo de 5.000 ha.

7. Las que generen mayor ahorro de agua o consigan una mayor disminución de la demanda de agua o un mayor ahorro energético.

8. Las que propongan un mayor grado de intensidad en la modernización.

9. Las más alejadas de núcleos urbanos, en las que puedan establecerse las condiciones de ruralidad.

10. Aquellas actuaciones de modernización que faciliten el autoabastecimiento eléctrico contemplando el uso de energías renovables.

B) Actuaciones del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.

Corresponde al Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente:

1. La autorización para la redacción de los Proyectos iniciales, Modificados y Complementarios.

2. La aprobación técnica y definitiva de todos los Proyectos y de sus posibles modificaciones.

3. La inspección y control de la ejecución de las obras durante su construcción y explotación.

4. La constatación de la ejecución de las obras conforme al proyecto aprobado, al finalizar su ejecución.

5. Dictar, en coordinación con la Dirección General del Patrimonio del Estado, las normas necesarias para una mejor gestión de las actuaciones de la Sociedad.

6. Hacer cumplir las instrucciones para la gestión de las obras que hayan dictado la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal o la Dirección General del Patrimonio del Estado.

7. La tramitación cuando proceda, ante los organismos Comunitarios competentes, a través de la Dirección General competente, de las solicitudes de cofinanciación de fondos estructurales de la Unión Europea a que puedan tener derecho las inversiones realizadas por la sociedad, dentro de un periodo determinado, de acuerdo con la reglamentación correspondiente.

8. Transferir los fondos necesarios para financiar la ampliación de capital de la Sociedad, con cargo a la correspondiente partida presupuestaria 23.18.414A.851 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, por importe de 4.297.236,55 euros.

Quinta. Situación financiera de SEIASA.

Según se establece en el anexo III, el capital social escriturado que tiene la sociedad asciende a 1.036.805.981,29 €.

De esta cantidad, el capital social dispuesto en obras programadas ha sido de 958.435.467,71 €. Esta se desglosa:

– Las obras terminadas, previas a la primera modificación del convenio del 2012, han sido de 817.344.392,00 €.

– Las obras terminadas correspondientes a la primera modificación del convenio de 2012 han sido de 97.875.400,60 €.

– Las obras programadas en ejecución ascienden a 43.215.675,11 €.

Si a esta cantidad, añadimos los 24.327.390,26 € para la reparación de tuberías de PRFV, resulta que el capital social disponible para reprogramar obras es de 54.043.123,32 €.

Por otra parte, en el año 2017 se va a producir una ampliación de capital de 15.001.262,13 € (2.496 acciones), de los que 10.701.216,70 € son para compensar el FEDER programado y no recibido, aunque es necesario desembolsar 10.704.025,58 € (1.781 acciones), por ser el valor nominal de un número exacto de acciones y que desembolsa a través de una adenda al convenio de 2013, y 4.297.236,55 € (715 acciones) corresponde a capital social para obra nueva. Por tanto el capital total para programar y reprogramar asciende a 58.340.359,87 €.

Sexta. Condiciones de explotación de la obra.

La sociedad explotará las obras construidas de acuerdo con lo establecido en el convenio con los usuarios, con derecho a percibir las tarifas que se establezcan en el citado convenio; repercutiendo, en todo caso, tanto los gastos de operación y mantenimiento de las obras, como los de funcionamiento de la sociedad en la parte correspondiente.

La sociedad podrá realizar la explotación, bien directamente, bien contratando con terceros la prestación de tal servicio, o bien conviniendo con Organismos, Entidades o Comunidades de Usuarios la gestión de la explotación, cuando su competencia o actividad esté directamente relacionada con la naturaleza de la obra a explotar, o con la explotación misma; asimismo cabe la posibilidad de que tales actividades sean objeto de encomienda de gestión a entidades que tengan la condición de medio propio de la Administración.

Séptima. Asesoramiento y asistencia técnica.

La sociedad podrá prestar servicios de asesoramiento y asistencia técnica a los usuarios en materia de planificación, ordenación de regadíos, formación y aquellos otros que demanden los usuarios relacionados con su objeto social, antes, durante y después de la realización de las obras de mejora o consolidación de regadío.

Estos trabajos podrá prestarlos por sí misma, mediante contratación con terceros o a través de encomienda de gestión a entidades que tengan la condición de medio propio de la Administración, con derecho a percibir por ello el coste real de los trabajos efectuados, que se repercutirán a los usuarios a través de las tarifas establecidas al efecto en el convenio con comunidades de regantes.

Octava. Duración, eficacia y disolución.

El presente Convenio tendrá efectos durante los cuatro años siguientes desde la fecha de su publicación en el BOE tras la inscripción en el Registro, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 49 de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público.

Antes de la finalización del plazo previsto, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción.

El presente Convenio de colaboración sustituye al suscrito el 3 de diciembre de 2012 y a su modificación de 27 de diciembre de 2013, y sus correspondientes adendas, suscritos entre el MAGRAMA y SEIASA, los cuales quedan extinguidos.

Los encargos de las obras realizados a SEIASA que se incluyen en el anexo II, quedan extinguidos por no estar formalizados los convenios de colaboración con las comunidades de regantes y no estar prevista su ejecución.

Los que están en ejecución, y con convenio suscrito y pendiente de iniciar, anexo IV a) y IV b), continuarán cumpliéndose según lo estipulado en cada uno de sus convenios.

La extinción del Convenio se produce de acuerdo con lo que se establece en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Novena. Incumplimiento de obligaciones y compromisos.

Dadas las características de este Convenio, en el que las actuaciones que se encomiendan por el Ministerio a la Sociedad Estatal, van precedidas de la correspondiente financiación en forma de desembolso de capital social para su ejecución, no se considera desarrollar el contenido del artículo 49.e de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

No obstante lo anterior, si alguna actuación encargada a la sociedad y dotada del correspondiente capital social no se pudiera realizar, la Sociedad en ningún caso podrá utilizar esos fondos para ejecutar otras actuaciones. Para su utilización, será necesario que el Ministerio reprograme nuevas actuaciones con capital desembolsado para actuaciones que no se realicen, así como se añadirán al capital social a reprogramar los remanentes de las actuaciones ya liquidadas.

Décima. Régimen jurídico y jurisdicción aplicable.

El presente Convenio se suscribe en desarrollo de la previsión contenida en el artículo 99 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, y tiene la naturaleza de los previstos en los artículos 47.1 y 47.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Todas las controversias que susciten en relación con la interpretación, modificación, efectos o resolución del presente convenio, serán resultas en el seno de la Comisión de Seguimiento, sin perjuicio de las atribuciones que corresponden al MAPAMA como Ministerio de tutela, de conformidad con lo establecido en los artículos 176 y siguientes de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, y en artículo 116 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Undécima. Comisión de seguimiento.

Con el fin de articular el seguimiento de las actuaciones previstas en el convenio inicial y en la presente modificación del convenio de colaboración, se crea una comisión de seguimiento con la siguiente composición y funciones:

1. Composición:

– En representación del MAPAMA,

• Directora General de Desarrollo Rural y Política Forestal.

• Subdirector General de Regadíos y Economía del Agua.

– En representación de SEIASA,

• Presidente.

• Director Técnico o Director Económico Financiero, según el tema a tratar en la Comisión.

2. Funciones:

– Realizar el seguimiento de las actuaciones objeto del Convenio de colaboración.

– Analizar y proponer las soluciones a los problemas técnicos que puedan surgir relacionados con las actuaciones objeto del Convenio de Colaboración.

– Coordinar las actuaciones conjuntas.

– Resolver cualquier conflicto interpretativo que plantee la ejecución del Convenio de colaboración.

– Estudiar y proponer las actuaciones que puedan ser objeto de reprogramación.

La comisión, presidida por la Directora General de Desarrollo Rural y Política Forestal, actuando como secretario el Director General de SEIASA, se reunirá al menos cada seis meses, y en todo caso, siempre que lo solicite alguno de sus miembros.

En todo lo no específicamente previsto sobre el funcionamiento de esta comisión, serán de aplicación las normas sobre órganos colegiados previstas en el Capítulo II del título Preliminar sección 3.ª de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Duodécima. Modificación.

La comisión de seguimiento podrá proponer iniciar el procedimiento de modificación este Convenio de colaboración mediante la suscripción del correspondiente acuerdo formalizado con anterioridad a su fecha de finalización.

Decimotercera. Ministerio de tutela.

De acuerdo con lo expuesto en el artículo 176 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, tiene atribuida la tutela funcional de SEIASA, ejerciéndola desde la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal y de la Subdirección General de Regadíos y Economía del Agua.

El MAPAMA, como ministerio de tutela, ejercerá el control funcional y de eficacia de la sociedad prevista en el artículo 166.2 de la citada Ley 33/2003 y es el responsable de dar cuenta a las Cortes Generales de sus actuaciones, en el ámbito de su competencia.

Asimismo, entre otras competencias, instruirá a la sociedad respecto a las líneas de actuación estratégicas y establecerá las prioridades de ejecución de las mismas, y propondrá su incorporación a los Presupuestos de Explotación y Capital y Programas de Actuación Plurianual, previa conformidad, en cuanto a sus aspectos financieros, de la Dirección General del Patrimonio del Estado del MINHAFP.

La sociedad, se regirá por el título VII Patrimonio Empresarial de la Administración General del Estado y por el ordenamiento jurídico privado, salvo en materias en que les sea de aplicación, la normativa presupuestaria, contable, de control financiero y de contratación.

Decimocuarta. Ejecución de obra.

La autorización de ejecución de las actuaciones a través de la suscripción del correspondiente convenio con las comunidades de regantes beneficiarias, queda condicionada a la presentación de los correspondientes informes técnicos de las actuaciones, para poder comprobar si éstas cumplen con el objeto social de la sociedad y demás objetivos del programa de modernización y consolidación de regadíos.

Y en prueba de conformidad así como para la debida constancia, ambas partes suscriben el presente convenio, por triplicado ejemplar, en la fecha y lugar indicados en el encabezamiento.–La Ministra de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, Isabel García Tejerina.–El Presidente de la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias, SA, Joaquín Rodríguez Chaparro.

ANEXO I
Obras programadas, encomendadas y no ejecutadas por no estar formalizados los convenios de colaboración con las comunidades de regantes y no estar prevista su ejecución

Anexo I

Aportación SEIASA

Euros

a

Obras no ejecutadas contempladas en el anexo I (modificación, de 27 diciembre 2013, del convenio de 3 de diciembre de 2012).

3.960.000,00

b

Obras no ejecutadas contempladas en el anexo II (modificación, de 27 diciembre 2013, del convenio de 3 de diciembre de 2012).

22.220.163,46

c

Obras no ejecutadas contempladas en el anexo III (modificación, de 27 diciembre 2013, del convenio de 3 de diciembre de 2012) que se debían realizar con la ampliación de capital año 2012.

8.414.199,94

d

Obras no ejecutadas contempladas en el anexo III (modificación, de 27 diciembre 2013, del convenio de 3 de diciembre de 2012) que se debían realizar con la ampliación de capital año 2013.

11.732.000,00

e

Obras no ejecutadas contempladas en el anexo VIII (modificación, de 27 diciembre 2013, del convenio de 3 de diciembre de 2012) que se iban a realizar con capital social procedente de capital social disponible.

20.622.627,28

f

Obras no ejecutadas contempladas en la primera adenda, suscrita el 18 de diciembre de 2014, al convenio de 3 de diciembre de 2012, modificado el 27 de diciembre de 2013.

2.400.136,91

Total

69.349.127,59

ANEXO II
Obras programadas, encomendadas y no ejecutadas

Distribución según origen y comunidades autónomas

a) Obras no ejecutadas incluidas en el anexo I de la modificación, de 27 de diciembre de 2013, del Convenio de 3 de diciembre de 2012.

Obras acogidas al Programa Operativo FEDER 2007-2013 y FEDER Cohesión.

Distribución por Comunidades Autónomas:

Andalucía

Actuación

Presupuesto

Euros

FEDER

Euros

Aportación

de los Regantes

Euros

Aportación SEIASA

Euros

Declaración de interés general

Modernización de Regadíos de las Vegas del Guadalquivir. Vegas Altas Sector III (1)

4.100.000,00

2.870.000,00

820.000,00

410.000,00

Ley 55/1999, de 29 de diciembre.

Modernización de Regadíos de las Vegas del Guadalquivir. Vegas Altas Sector VI (2)

2.600.000,00

1.820.000,00

520.000,00

260.000,00

RD Ley 10/2005, de 20 de junio.

Modernización de Regadíos de las Vegas del Guadalquivir. Vegas Altas Sector VIII (3)

2.900.000,00

2.030.000,00

580.000,00

290.000,00

RD Ley 10/2005, de 20 de junio.

C.R. San Pablo de Bucceite (4)

10.000.000,00

7.000.000,00

2.000.000,00

1.000.000,00

Ley 14/2000 de 29 de diciembre.

C.R. San Martín Tesorillo (5)

20.000.000,00

14.000.000,00

4.000.000,00

2.000.000,00

Ley 14/2000 de 29 de diciembre.

Total

39.600.000,00

27.720.000,00

7.920.000,00

3.960.000,00

(1) No pudo formalizarse el Convenio por no aportar el aval requerido.

(2) La comunidad de regantes renunció.

(3) No pudo formalizarse el Convenio por no aportar el aval requerido.

(4) La comunidad de regantes rechazó suscribir el Convenio.

(5) La comunidad de regantes rechazó suscribir el Convenio.

Estas actuaciones se podrían ejecutar en un futuro al estar declaradas de Interés General, previo nuevo encargo a la sociedad.

b) Obras no ejecutadas incluidas en el anexo II de la modificación, de 27 de diciembre de 2013, del Convenio de 3 de diciembre de 2012.

Estaba prevista su ejecución con cargo al capital social SEIASA. (2013)

Distribución por Comunidades Autónomas:

Andalucía

Actuación

Presupuesto

Euros

Aportación SEIASA

Euros

FEDER

Euros

CC.RR

Euros

Declaración de interés general

C.U. Gádor (6)

6.000.000,00

900.000,00

4.200.000,00

900.000,00

Ley 24/2001, de 27 de diciembre.

C.U. Sierra Gádor. Fase IV. Almería (7)

3.500.000,00

525.000,00

2.450.000,00

525.000,00

Ley 24/2001 de 27 de diciembre.

C.R. Huercal Overa. Fase I (8)

4.500.000,00

675.000,00

3.150.000,00

675.000,00

Ley 62/2003, de 30 de diciembre.

Total

14.000.000,00

2.100.000,00

9.800.000,00

2.100.000,00

(6) y (7) No pudo formalizarse el Convenio por la imposibilidad de cumplir con el esquema financiero. Los proyectos no estaban redactados y tampoco estaba realizada la tramitación ambiental por lo que era imposible la terminación de las obras antes del 31 de diciembre de 2015.

(7) No pudo formalizarse el Convenio por depender esta actuación de otras infraestructuras a realizar de manera conjunta.

Las actuaciones 6 y 7 se podrían ejecutar en un futuro al estar declaradas de Interés General previo nuevo encargo a la sociedad.

(8) No pudo formalizarse el Convenio por no superar la tramitación ambiental.

Aragón

Actuación

Presupuesto

Euros

Aportación SEIASA

Euros

CC.RR.

Euros

Declaración de interés general

C.R. Sector XI Canal del Flumen (Complementario) (9)

600.000,00

300.000,00

300.000,00

Ley 24/2001.

Total

600.000,00

300.000,00

300.000,00

(9) La comunidad de regantes renunció por acometer la actuación por sus propios medios.

Castilla y León

Actuación

Presupuesto

Euros

Aportación SEIASA

Euros

FEADER (*)

Euros

CC.RR.

Euros

Declaración de interés general

C.R. Vegas de Castronuño (Valladolid) (10)

3.536.003,72

1.498.204,78

891.072,94

1.146.726,01

Ley 42/2006.

Comunidad de Regantes Canal Pollos (Valladolid) (11)

8.591.000,00

3.640.006,70

2.164.932,00

2.786.061,30

R.D.L. 14/2009.

Total

12.127.003,72

5.138.211,48

3.056.004,94

3.932.787,31

(*) Fondos aportados a través de las Comunidades Autónomas.

(10) No pudo formalizarse el Convenio porque la Comunidad de Regantes no pudo asumir las condiciones financieras del convenio en donde se les exigía avalar la cantidad FEADER por estar muy próximo el final de 2015 y todos los fondos no recibidos antes de esa fecha debían aportarlos la Comunidad de Regantes.

(11) No pudo formalizarse el Convenio al no estar terminada la tramitación ambiental antes de fin de 2015, y de este modo no se podría cumplir el esquema financiero.

Todas estas actuaciones se podrían ejecutar en un futuro al estar declaradas de Interés General previo nuevo encargo a la sociedad.

Cataluña

Actuación

Presupuesto

Euros

Aportación SEIASA

Euros

CCAA

Euros

CC.RR.

Euros

Declaración de interés general

Modernización del Riego de la Comunidad de Regantes de Valls Fase II (12)

3.740.000,00

1.870.000,00

1.477.300,00

392.700,00

Ley 24/2001.

Modernización del Riego de la Margen derecha del Ebro, fase III, 1.ª (13)

3.000.000,00

1.500.000,00

00,00

1.500.000,00

Ley 14/2001 R.D. Ley 24/2001.

Comunidad de Regantes de Canalls d´Urgel (14)

6.061.000,00

3.030.500,00

0,00

3.030.500,00

R.D. Ley 14/2009.

Total

12.801.000,00

6.400.500,00

1.477.300,00

4.923.200,00

(12) No pudo formalizarse el Convenio al existir un incumplimiento de pagos de la Comunidad Autónoma en la Fase I ya ejecutada y en otras 13 actuaciones anteriores. Este incumplimiento de pago ha dado lugar a una deuda de más de 14 millones de euros.

(13) La comunidad de regantes renunció por acometer la actuación por sus propios medios.

(14) La comunidad de regantes renunció.

Las actuaciones 12 y 14, se podrían ejecutar en un futuro al estar declaradas de Interés General previo nuevo encargo a la sociedad.

Comunidad Valenciana

Actuación

Presupuesto

Euros

Aportación SEIASA

Euros

CC.AA.

Euros

CC.RR.

Euros

Declaración de interés general

C.R. Villarreal - Fase IV-3: Proyecto Complementario de las obras de Transformación del sistema de riego tradicional a localizado Sector III. Villarreal Castellón. Zona Cariñena (15)

1.553.672,31

776.836,16

0,00

776.836,16

L 55/1999.

SAT San Enrique (16)

7.000.000,00

3.500.000,00

0,00

3.500.000,00

RDL 14/2009.

Total

8.553.672,31

4.276.836,16

0,00

4.276.836,16

(15) No pudo formalizarse el Convenio por depender esta actuación de otras infraestructuras a realizar de manera conjunta. En concreto querían hacer una planta fotovoltaica y una vez realizada, ejecutar esta actuación.

(16) No pudo formalizarse el convenio porque la Comunidad de Regantes no pudo asumir las condiciones financieras del Convenio.

Todas estas actuaciones se podrían ejecutar en un futuro al estar declaradas de Interés General previo nuevo encargo a la sociedad.

Extremadura

Actuación

Presupuesto

Euros

Aportación SEIASA

Euros

CC.AA.

Euros

CC.RR.

Euros

Declaración de interés general

C.R. Alardos - Fase II (17)

3.000.000,00

1.350.000,00

973.771,80

676.228,20

L 62/2003.

El Torno (Valle del Jerte) Fase II (18)

700.000,00

315.000,00

227.213,42

157.786,58

L 53/2002.

Total

3.700.000,00

1.665.000,00

1.200.985,22

834.014,78

(17) No pudo formalizarse el convenio porque la Comunidad de Regantes no pudo asumir las condiciones financieras del Convenio.

(18) No pudo formalizarse el convenio porque la Comunidad de Regantes no pudo asumir las condiciones financieras del Convenio.

Todas estas actuaciones se podrían ejecutar en un futuro al estar declaradas de Interés General previo nuevo encargo a la sociedad.

Región de Murcia

Actuación

Presupuesto

Euros

Aportación SEIASA

Euros

FEDER COHESIÓN

Euros

CC.RR

Euros

Declaración de interés general

Modernización de Regadíos de la CCRR de Librilla. Fase I (19)

4.679.231,64

2.339.615,82

0,00

2.339.615,82

Ley 55/1999 de 29 de diciembre.

Total

4.679.231,64

2.339.615,82

0,00

2.339.615,82

(19) La comunidad de regantes rechazó suscribir el Convenio con ese esquema financiero.

Esta actuación se podría ejecutar en un futuro al estar declaradas de interés general previo nuevo encargo a la sociedad.

Resumen:

Total obras a realizar

Euros

Aportación SEIASA

Euros

FEDER

Euros

FEDER COHESIÓN

Euros

FEADER

Euros

CC.AA.

Euros

CC.RR.

Euros

56.460.907,67

22.220.163,46

9.800.000,00

0,00

3.056.004,94

2.678.285,22

18.706.454,07

c) Obras no ejecutadas e incluidas en el apartado A del anexo III de la modificación, de 27 de diciembre de 2013, del Convenio de 3 de diciembre de 2012.

Estaba prevista su ejecución con cargo a la ampliación de capital del año 2012.

Distribución por Comunidades Autónomas.

Aragón

Actuación

Presupuesto

Euros

Aportación SEIASA

Euros

CC.RR.

Euros

Declaración de interés general

C.R. Lasesa (Fase II) (20)

7.000.000,00

3.500.000,00

3.500.000,00

R.D. Ley 14/2009.

Total

7.000.000,00

3.500.000,00

3.500.000,00

(20) No pudo formalizarse el Convenio porque la Comunidad de Regantes no pudo asumir las condiciones financieras del convenio considerando que podrían resultar lesivas para la Comunidad.

Esta actuación se podría ejecutar en un futuro al estar declaradas de interés general previo nuevo encargo a la sociedad.

Castilla-La Mancha

Actuación

Presupuesto

Euros

Aportación SEIASA

Euros

CC.AA.

Euros

CC.RR.

Euros

Declaración de interés general

Z.R. Valdepusa, S-IV (C.R. Castrejón) (Toledo) (21)

5.870.939,88

2.935.469,94

0,00

2.935.469,94

L 14/2000.

Total

5.870.939,88

2.935.469,94

0,00

2.935.469,94

(21) No pudo formalizarse el Convenio pues la Comunidad de Regantes fue suprimida por la CH Tajo y la zona la integró en una Mancomunidad de usuarios.

Esta actuación se podría ejecutar en un futuro al estar declarada de interés general previo nuevo encargo a la sociedad.

Castilla y León

Actuación

Presupuesto

Euros

Aportación SEIASA

Euros

FEADER (*)

Euros

CC.RR.

Euros

Declaración de interés general

C.R. Canal de Zorita (Salamanca) (22)

2.900.000,00

1.228.730,00

730.800,00

940.470,00

RDL 10/2005, de 20 de junio.

Total

2.900.000,00

1.228.730,00

730.800,00

940.470,00

(22) No pudieron iniciarse las obras por no aportar el aval requerido en los plazos establecidos en el Convenio.

Esta actuación se podría ejecutar en un futuro al estar declaradas de interés general previo nuevo encargo a la sociedad.

Comunidad Valenciana

Actuación

Presupuesto

Euros

Aportación SEIASA

Euros

CC.AA.

Euros

CC.RR.

Euros

Declaración de interés general

Comunidad Gral. Regantes Vall de Uxó (Fase I) (23)

1.500.000,00

750.000,00

0,00

750.000,00

L 24/2001.

Total

1.500.000,00

750.000,00

0,00

750.000,00

(23) No pudo formalizarse el Convenio porque las infraestructuras a ejecutar podrían presentar interferencias con otras actuaciones ejecutadas por la Confederación Hidrográfica del Júcar.

Esta actuación se podría ejecutar en un futuro al estar declaradas de interés general previo nuevo encargo a la sociedad.

Resumen:

Total obras a realizar

Euros

Aportación SEIASA

Euros

CC.RR.

Euros

FEADER

Euros

CC.AA

Euros

17.270.939,88

8.414.199,94

8.125.939,94

730.800,00

0,00

d) Obras no ejecutadas incluidas en el apartado B del anexo III de la modificación, de 27 de diciembre de 2013, del Convenio de 3 de diciembre de 2012.

Estaba prevista su ejecución con cargo a la ampliación de capital de 2013.

Distribución por Comunidades Autónomas.

Andalucía

Actuación

Presupuesto

Euros

Aportación SEIASA

Euros

CC.RR.

Euros

Declaración de interés general

C.U Sierra de Gador Fase VI (Almería) (24)

5.832.000,00

2.916.000,00

2.916.000,00

Ley 24/2001 de 27 de diciembre.

Total

5.832.000,00

2.916.000,00

2.916.000,00

(24) No pudo formalizarse el Convenio por depender esta actuación de otras infraestructuras a realizar de manera conjunta.

Esta actuación se podría ejecutar en un futuro al estar declaradas de interés general previo nuevo encargo a la sociedad.

Aragón

Actuación

Presupuesto

Euros

Aportación SEIASA

Euros

CC.RR.

Euros

Declaración de interés general

C.R. Lasesa Fase III (Huesca) (25)

5.832.000,00

2.916.000,00

2.916.000,00

RD Ley 14/2009.

Total

5.832.000,00

2.916.000,00

2.916.000,00

(25) No pudo formalizarse el Convenio porque la Comunidad de Regantes no pudo asumir las condiciones financieras del convenio considerando que podrían resultar lesivas para la Comunidad.

Esta actuación se podría ejecutar en un futuro al estar declaradas de interés general previo nuevo encargo a la sociedad.

Castilla-La Mancha

Actuación

Presupuesto

Euros

Aportación SEIASA

Euros

CC.RR.

Euros

Declaración de interés general

Canal Bajo del Alberche (Toledo) (26)

11.800.000,00

5.900.000,00

5.900.000,00

RDL 14/2009.

Total

11.800.000,00

5.900.000,00

5.900.000,00

(26) No pudo formalizarse el Convenio porque la Comunidad de Regantes está pendiente de la ejecución de una obra «en alta» de la Confederación y sin ésta, esta actuación no tendría sentido.

Esta actuación se podría ejecutar en un futuro al estar declaradas de interés general previo nuevo encargo a la sociedad.

Resumen:

Total obras a realizar

Euros

Aportación SEIASA

Euros

CC.RR.

Euros

FEADER

Euros

CC.AA

Euros

23.464.000,00

11.732.000,00

11.732.000,00

0,00

0,00

e) Obras no ejecutadas incluidas en el anexo VIII de la modificación, de 27 de diciembre de 2013, del Convenio de 3 de diciembre de 2012.

Estaba prevista su ejecución con capital social disponible (2013).

Distribución por Comunidades Autónomas.

Andalucía

Actuación

Presupuesto

Euros

C. Social SEIASA

Euros

FEADER

Euros

FEDER

Euros

FEDER-Cohesión

Euros

CC.RR

Euros

Declaración de interés general

Plan Guaro Sector VIII (27)

3.000.000,00

300.000,00

0,00

2.100.000,00

0,00

600.000,00

Ley 10/2001, de 5 de julio.

Modernización de regadíos de la CC.RR de Pozo Alcón (fase III) (28)

10.350.000,00

1.035.000,00

0,00

7.245.000,00

0,00

2.070.000,00

Ley 62/2003, de 30 diciembre.

Total

13.350.000,00

1.335.000,00

0,00

9.345.000,00

0,00

2.670.000,00

(27) y (28) No pudo formalizarse el Convenio al estimar no poder terminar la ejecución de las actuaciones dentro de los plazos del programa operativo FEDER.

Todas estas actuaciones se podrían ejecutar en un futuro al estar declaradas de interés general previo nuevo encargo a la Sociedad.

Aragón

Actuación

Presupuesto

Euros

C. Social SEIASA

Euros

FEDER/FEADER

Euros

FEDER-Cohesión

Euros

CC.RR

Euros

Declaración de interés general

Modernización del regadío de la Comunidad de Regantes de Zaidín, Sector 1 (29)

2.774.811,00

1.387.405,50

0,00

0,00

1.387.405,50

RDL 14/2009, de 4 de diciembre.

Total

2.774.811,00

1.387.405,50

0,00

0,00

1.387.405,50

(29) La comunidad de regantes renunció.

Esta actuación se podría ejecutar en un futuro al estar declaradas de interés general previo nuevo encargo a la sociedad.

Castilla y León

Actuación

Presupuesto

Euros

C. Social SEIASA

Euros

FEADER

Euros

FEDER

Euros

FEDER-Cohesión

Euros

CC.RR

Euros

Declaración de interés general

CR del Canal del Páramo Sector IV (30)

5.397.731,00

2.698.865,50

0,00

0,00

0,00

2.698.865,50

Ley 14/2000, de 29 de diciembre.

Total

5.397.731,00

2.698.865,50

0,00

0,00

0,00

2.698.865,50

(30) No pudo formalizarse el Convenio por no poder asumir el esquema financiero la Comunidad de Regantes.

Esta actuación se podría ejecutar en un futuro al estar declaradas de interés general previo nuevo encargo a la sociedad.

Cataluña

Actuación

Presupuesto

Euros

C. Social SEIASA

Euros

FEDER/FEADER

Euros

FEDER-Cohesión

Euros

CC.RR

Euros

Declaración de interés general

CR de la Presa de Colomers. Mejora del Rec de la Tallada (31)

4.326.160,00

2.163.080,00

0,00

0,00

2.163.080,00

Ley 53/2002, de 30 de diciembre.

Total

4.326.160,00

2.163.080,00

0,00

0,00

2.163.080,00

(31) No pudo formalizarse el Convenio por falta de definición en la distribución de la actuación dentro de la zona regable. Además, la CR tiene una importante deuda con SEIASA que se niega a pagar.

Esta actuación se podría ejecutar en un futuro al estar declaradas de interés general previo nuevo encargo a la sociedad.

Comunidad Valenciana

Actuación

Presupuesto

Euros

C. Social SEIASA

Euros

FEDER/FEADER

Euros

FEDER-Cohesión

Euros

CC.RR

Euros

Declaración de interés general

Proyecto de optimización energética para la C.R. de San Isidro (32)

533.615,20

266.807,60

0,00

0,00

266.807,60

RDL 10/2005, de 20 de junio.

Comunidad de Regantes Villarreal Fase IV-2. Proyecto complementario obras comunidad de regantes Villarreal mejora de distribución desde la Acequia mayor al depósito Solaes y mejora de la calidad de las aguas. (33)

2.601.030,62

1.300.515,31

0,00

0,00

1.300.515,31

Ley 55/1999, de 29 de diciembre.

Total

3.134.645,82

1.567.322,91

0,00

0,00

1.567.322,91

(32) y (33) No pudo formalizarse el Convenio por no contemplar modernización hídrica solo incorporación de energía fotovoltaica.

Estas actuaciones se podrían ejecutar en un futuro al estar declaradas de interés general previo nuevo encargo a la sociedad.

La Rioja

Actuación

Presupuesto

Euros

C. Social SEIASA

Euros

FEDER/FEADER

Euros

FEDER-Cohesión

Euros

CC.RR

Euros

Declaración de interés general

CR Canal de Lodosa. Rincón de Soto (34)

5.076.485,08

2.538.242,54

0,00

0,00

2.538.242,54

Ley 55/1999, de 29 de diciembre.

CR de Calahorra. Acequia de los Molinos (35)

7.548.860,86

3.774.430,43

0,00

0,00

3.774.430,43

Ley 14/2000 de 29 de diciembre.

Total

12.625.345,94

6.312.672,97

0,00

0,00

6.312.672,97

(34) No pudo formalizarse el Convenio por estar pendiente la zona de la realización de la concentración parcelaria.

(35) No pudo formalizarse el Convenio por necesidad de ampliación de presupuesto para la ejecución de esta actuación.

Estas actuaciones se podrían ejecutar en un futuro al estar declaradas de interés general previo nuevo encargo a la Sociedad.

Región de Murcia

Actuación

Presupuesto

Euros

C. Social SEIASA

Euros

FEDER/FEADER

Euros

FEDER-Cohesión

Euros

CC.RR

Euros

Declaración de interés general

Modernización de Regadíos de la CCRR de Librilla, Sector 1 (36)

10.236.584,00

1.535.487,60

0,00

7.165.608,80

1.535.487,60

Ley 55/1999, de 29 de diciembre.

Modernización de Regadíos de la CCRR de Librilla, Sector 2 (37)

12.108.306,00

1.816.245,90

0,00

8.475.814,20

1.816.245,90

Ley 55/1999, de 29 de diciembre.

Modernización de Regadíos de la CCRR de Librilla, Sector 3 (38)

12.043.646,00

1.806.546,90

0,00

8.430.552,20

1.806.546,90

Ley 55/1999, de 29 de diciembre.

Total

34.388.536,00

5.158.280,40

0,00

24.071.975,20

5.158.280,40

(36) (37) (38) Los fondos FEDER asignados a SEIASA fueron recortados y no había suficientes para cumplir con el esquema financiero.

Estas actuaciones se podrían ejecutar en un futuro al estar declaradas de interés general previo nuevo encargo a la Sociedad.

Resumen:

Total obras a realizar

Euros

Aportación SEIASA

Euros

FEADER

Euros

FEDER

Euros

FEDER Cohesión

Euros

CC.RR

Euros

75.997.229,76

20.622.627,28

0,00

9.345.000,00

24.071.975,20

21.957.627,28

f) Obras no ejecutadas incluidas en la primera adenda al Convenio de 3 de diciembre de 2012, modificado el 27 de diciembre de 2013, suscrita el 18 de diciembre de 2014.

Estaba prevista su ejecución con la ampliación de capital de 2014.

Aragón

Actuación

Presupuesto

Euros

C. Social SEIASA

Euros

CC.RR

Euros

Declaración de interés general

Balsa de Huerto y Salillas (2 balsas) (39)

2.300.000,00

1.150.000,00

1.150.000,00

RDL 14/2009, de 4 de diciembre.

Total

2.300.000,00

1.150.000,00

1.150.000,00

(39) La comunidad de regantes renunció.

Esta actuación ya está ejecutada por la Confederación Hidrográfica del Ebro.

Comunidad Valenciana

Actuación

Presupuesto

Euros

C. Social SEIASA

Euros

CC.RR

Euros

Declaración de interés general

CR Sector 2 del Canal Júcar-Turia (40)

2.500.273,82

1.250.136,91

1.250.136,91

Ley 55/1999, de 29 de diciembre.

Total

2.500.273,82

1.250.136,91

1.250.136,91

(40) La comunidad de regantes renunció.

Esta actuación se podría ejecutar en un futuro al estar declarada de interés general previo nuevo encargo a la sociedad.

Resumen:

Total obras a realizar

Aportación SEIASA

FEADER

FEDER

FEDER Cohesion

CC.RR

4.800.273,82

2.400.136,91

0,00

0,00

0,00

2.400.136,91

ANEXO III
Resumen financiero

a)

Capital social escriturado

1.036.805.981,29

1. Capital social dispuesto en obras programadas

958.435.467,71

– Obras terminadas previas a la primera modificación del convenio 2012

817.344.392,00

– Obras terminadas correspondientes a la primera modificación del convenio de 2012

97.875.400,60

– Obras programadas en ejecución

43.215.675,11

2. Reparación y sustitución tuberías de PRFV

24.327.390,26

Capital social disponible

54.043.123,32

b)

Origen del capital social disponible.

1. Capital social no dispuesto en obras no ejecutadas

69.349.127,59

2. Capital social no consumido en las obras ejecutadas

14.186.331,62

3. Capital social consumido en mayor importe al previsto para obra programada y ejecutada

5.164.945,63

4. Reparación y sustitución tuberías de PRFV

24.327.390,26

Capital social disponible

54.043.123,32

Acciones

c)

Ampliación de capital 2017

15.001.262,13

2.496

d)

Capital social disponible

54.043.123,32

Ampliación capital 2017:

FEDER no recuperado

10.704.025,58

1.781

Capital social obra nueva

4.297.236,55

715

Total disponible

58.340.359,87

ANEXO IV
Relación de obras con compromiso de aportación de capital SEIASA

a) Obras en ejecución

ACTUACIÓN

Presupuesto

Euros

Aportación SEIASA

Euros

Declaración de interés general

Modernización de regadíos en la CR de Molinar del Flumen (Huesca) Fase I.

14.120.000,00

7.060.000,00

Ley 53/2002 de 30 diciembre y Ley 62/2003 de 30 diciembre.

Modernización de regadíos en la CR de Molinar del Flumen (Huesca) Fase II.

22.159.065,00

11.079.532,50

Ley 53/2002 de 30 diciembre y Ley 62/2003 de 30 diciembre.

Canal Páramo S-VIII (León).

14.700.000,00

6.228.390,00

Ley 14/2000 de 29 diciembre.

CR Canal Páramo S.I (León).

8.500.000,00

3.601.450,00

Ley 14/2000 de 29 diciembre.

Modernización de la zona DAYA de la CR Acequia Común de Carlet (CCRR Canal Júcar-Turia) Valencia.

1.221.176,48

610.588,24

Ley 55/1999 de 29 diciembre.

Total

60.700.241,48

28.579.960,74

b) Obras programadas, con convenio suscrito y pendientes de iniciar ejecución

ACTUACIÓN

Presupuesto

Euros

Aportación SEIASA

Euros

Declaración de interés general

Modernización del regadío del sector XI del Canal de Monegros en el término municipal de Orillena (Huesca) CCRR de Orillena. Fase IB.

6.469.417,34

3.234.708,67

Ley 53/2002 de 30 diciembre.

Balsa de Molinar del Flumen (2 balsas) (Huesca).

9.450.000,00

4.725.000,00

Ley 53/2002 de 30 diciembre y Ley 62/2003 de 30 diciembre.

Acequia de Mabab (La Rioja).

2.062.011,40

1.031.005,70

Ley 24/2001 de 27 diciembre.

CR La Horca-Agramón (Castilla-La Mancha).

235.000,00

117.500,00

Ley 14/2000 de 29 diciembre.

CR Liria (segunda fase) (Valencia)(Camp del Turia).

4.000.000,00

2.000.000,00

Ley 14/2000 de 29 diciembre.

Acequia de Carcaixent, Fase I (Valencia).

7.055.000,00

3.527.500,00

Ley 24/2001 de 27 diciembre.

Total

29.271.428,74

14.635.714,37

ANEXO V

a) Obras programadas con capital social disponible

Comunidad regantes

Presupuesto

Euros

Capital Social

Euros

CC.RR

Euros

FEADER

Euros

Declaración de interés general

Plan Guaro Sector VIII. (Málaga) (*).

3.000.000,00

1.500.000,00

1.500.000,00

0,00

Ley 10/2001 de 5 de julio.

Molinar del Flumen. Fase III (Huesca).

6.000.000,00

3.000.000,00

3.000.000,00

0,00

Ley 53/2002 de 30 diciembre y Ley 62/2003 de 30 diciembre.

Modernización de Cartuja de San Juan, Fase I (Huesca).

20.512.698,24

10.256.349,12

10.256.349,12

0,00

Ley 53/2002 de 30 de diciembre.

Modernización Orillena Fase III (Huesca).

11.250.000,00

5.625.000,00

5.625.000,00

0,00

Ley 53/2002, de 30 de diciembre.

Modernización Páramo Bajo S. VII y VIII (León).

26.048.000,00

9.504.915,20

8.447.366,40

8.095.718,40

Ley 55/1999 de 29 diciembre.

Modernización CR Sectores IV y VI. Canal del Páramo (León).

24.938.000,00

9.099.876,20

8.087.393,40

7.750.730,40

Ley 14/2000 de 29 diciembre.

Modernización Canal de Pollos (Valladolid) (*).

9.916.000,00

3.618.348,40

3.215.758,80

3.081.892,80

RDL 14/2009, de 4 de diciembre.

Modernización del Canal de Castronuño (Valladolid) (*).

4.440.000,00

1.620.156,00

1.439.892,00

1.379.952,00

RDL 14/2009, de 4 de diciembre.

Canal de Zorita (Salamanca)(*).

3.700.000,00

1.350.130,00

1.199.910,00

1.149.960,00

RDL 14/2009, de 4 de diciembre.

Modernización del Canal del Pisuerga. Sector Santoyo (Palencia).

9.916.000,00

3.618.348,40

3.215.758,80

3.081.892,80

Ley 55/1999 de 29 diciembre.

Sector I, tramo III. Canal M.I. Najerilla. Acequia de S. Asensio (La Rioja), Fase I (sectores 3 y 4).

6.000.000,00

3.000.000,00

3.000.000,00

0,00

Ley 53/2002, de 30 de diciembre.

Sector I, tramo III. Canal M.I. Najerilla. Acequia de S. Asensio (La Rioja), Fase II (sectores 1 y 2).

3.700.000,00

1.850.000,00

1.850.000,00

0,00

Ley 53/2002, de 30 de diciembre.

Total

129.420.698,24

54.043.123,32

50.837.428,52

24.540.146,40

(*) Estas actuaciones ya estaban programadas con otro esquema financiero diferente.

Dado que en el momento actual solo se conocen las condiciones financieras del convenio MAPAMA con Castilla y León, el resto de actuaciones se programan al 50% entre la sociedad y la comunidad de regantes.

En el caso de que suscriban más convenios entre el MAPAMA, y otras Comunidades Autónomas, se redactaría una adenda al presente convenio en la que se establecerían los esquemas financieros resultantes en cada Comunidad Autónoma.

b) Obras programadas con ampliación de capital de 2017

Comunidad regantes

Presupuesto

Euros

Capital Social (*)

Euros

CC.RR (*)

Euros

C. Autónoma

Euros

FEADER

Euros

Declaración de interés general

C.R. Albatera (Alicante)

8.594.473,10

4.297.236,55

4.297.236,55

0,00

0,00

RDL 10/2005 de 20 de junio.

Total

8.594.473,10

4.297.236,55

4.297.236,55

0,00

0,00

En los Presupuestos Generales del Estado para 2017 figura la cantidad de 15.001.262,13 € (2.496 acciones) para suscribir acciones de SEIASA. Se ha efectuado, a través de la adenda n.º 2, un desembolso de 10.704.025,58 €, por lo que quedan por desembolsar la cantidad de 4.297.236,55 €.

Si por cualquier circunstancia, esta actuación fuera beneficiaria de fondos FEADER del Programa de Desarrollo Rural Autonómico o del Nacional, las cantidades a aportar, tanto por la sociedad como por la comunidad de regantes, se minorarían de acuerdo con las cantidades que aporten la comunidad autónoma y el PDR autonómico o nacional, en su caso, redactándose una Adenda al presente Convenio en la que se establecerá el esquema financiero resultante.

ANEXO VI

a) Obras terminadas previas a la primera modificación del convenio 2012

Actuaciones

Inversión

Aportación SEIASA

CU Campo de Níjar. Fase I (Al)

9.435.855,16

4.767.391,12

CU Campo de Níjar. Fase II (Al)

28.986.939,18

15.454.164,33

CU Sierra de Gádor (Al)

15.417.136,38

9.116.343,98

CR Villa de Dalías (Al)

4.298.676,27

2.145.720,78

CU Campo de Nijar. Fase III (Al)

11.913.853,68

5.956.926,84

CU Sierra de Gádor (Sondeo 42 y Fuente Nueva) (Al)

1.081.292,21

540.646,10

ZR Guadalcacín (Ca)

65.227.779,10

31.625.559,27

CR Pantano del Guadalmellato (Co)

17.542.773,43

8.622.588,64

CR Sierra Mágina-El Caz de Torres (Ja)

2.430.345,98

1.145.358,76

CR Pozo Alcon e Hinojares. Fase I (Ja)

15.895.477,00

8.385.064,58

CR Pozo Alcon e Hinojares. Fase II (Ja)

2.890.690,03

1.351.328,39

CR Acequias del Guadalhorce. Fase I (Má)

5.669.472,26

3.317.532,70

CR Acequias del Guadalhorce. Fase II (Má)

1.941.669,91

910.483,40

ZR Valle Inferior del Guadalquivir (Se)

127.606.934,94

75.580.873,25

CR El Temple (Hu)

1.384.563,36

700.103,59

CR San Juan de Laluenga (Hu)

3.771.798,79

1.898.973,44

CR Val de Alferche. D-XII-5 y FFCC (Hu)

2.245.258,65

1.133.896,60

ZR Monegros Sect. VIII-Tramo III Poleñino. Fase I (Hu)

6.692.392,66

3.419.644,51

CR Val de Alferche. DXII-XIII y D-XII-5 Desagües, (Hu)

2.666.760,09

1.345.988,69

CR Val de Alferche. Sector XI (Hu)

4.983.227,91

2.520.395,44

CR Val de Alferche. Sector VII (Hu)

4.121.788,84

2.200.261,68

CR Val de Alferche. Sector XII (Hu)

2.173.513,11

1.105.176,66

CR Val de Alferche. Sect. XII, XIII y XIV Cabecera (Hu)

2.306.706,20

1.167.092,10

CR La Campaña -Castejón del Puente (Hu)

19.582.746,28

10.032.878,62

CR Almudevar. Fase I (Hu)

2.293.430,65

1.159.202,38

ZR Monegros II. Sect. V, VI y VII. Montesusín (Hu)

16.602.839,69

10.261.325,61

CR Canal del Flumen. Sector XI (Hu)

20.456.866,10

11.165.029,03

CR Miguel Servet-Villanueva de Sigena (Hu)

5.955.206,11

3.007.706,35

CR Lasesa. Fase I (Hu)

23.149.280,15

15.459.722,28

CR Lalueza. Fase I (Hu)

7.542.342,59

4.366.507,52

CR de Sector VII del Flumen (Hu)

15.806.287,33

9.922.587,95

CR Tramaced (Hu)

5.600.240,29

3.735.179,85

CR Almudevar. Fase II (Hu)

16.858.921,25

10.676.216,38

CR N.º 53 del Canal de Aragón y Cat. Esplús (Hu)

6.750.093,37

4.253.047,67

CR Albelda, 1.ª Fase (Hu)

9.473.995,84

5.181.971,43

CR San Pedro de Castelflorite (Zona Alta) (Hu)

12.007.950,14

8.045.326,59

CR San Pedro de Castelflorite (Zona Baja) (Hu)

11.759.773,78

7.879.048,43

CR San Pedro de Castelflorite (Monte de Pomar) (Hu)

724.247,20

438.722,11

CR Lalueza. Fase II (Hu)

2.224.893,79

1.490.567,46

CR Almudevar. Fase III (Hu)

826.983,23

413.491,61

ZR Monegros Sect. VIII-Tramo III Poleñino. Fase II (Hu)

1.283.487,71

641.926,20

CR Pina de Ebro (Z)

11.358.921,07

6.408.181,20

CR N.º V Riegos de Bárdenas. Montesaso-Biota (Z)

8.080.934,18

4.040.467,07

CR El Salobral (Ab)

1.093.673,96

610.319,21

CR Balazote - La Herrera. Fase I (Ab)

25.610.040,82

10.883.969,58

C.R. Balazote - La Herrera. Fase II (Ab)

7.876.419,07

3.641.671,34

CR Donace y Río Calvache. Barajas de Melo (Cu)

5.160.736,48

2.434.081,03

CR Donace y Río Calvache. Barajas de Melo (Compl.) (Cu)

646.437,46

301.469,24

CR Reina Victoria - Canal de Guma. Sec A, B, C y D (Bu)

19.321.343,27

8.910.632,49

CR Canal de Aranda. 2.ª Fase (Bu)

960.521,54

482.023,44

CR San Agustín de Tordomar. Fase II (Bu)

2.258.035,13

1.041.256,93

CR La Vid. Fase II (Bu)

2.978.572,81

1.398.064,76

CR Cabecera Río Riaza, Sect. B y C (Bu)

12.259.675,84

5.762.281,72

CR Canales del Arlanzón. Fase II (Bu)

2.683.791,11

1.254.744,20

SC Embalse de Villameca. Fase II (Le)

2.155.205,79

1.065.089,81

CR Embalse de Villameca. Fase IV (Le)

1.361.134,11

627.335,59

CR Canal del Páramo Bajo. Sect. I, II y V (Le)

48.109.666,34

22.930.133,44

C.R. M.I. del Porma. Sect. IV (A y B). Fase II (Le)

20.024.144,48

9.402.510,59

SC Embalse de Villlameca. Fase VI (Le)

841.525,55

387.854,08

CR Canal del Páramo V y VII (Le)

25.344.091,57

11.829.626,48

CR La Primera. Alar del Rey (Pa)

1.537.815,47

710.125,70

CR Vega de Villallano (Pa)

1.292.164,85

626.436,34

CR Canal del Pisuerga, Sect. A,B,C,D y E. Fase II (Pa)

28.068.539,81

13.207.977,57

Canal de Villagonzalo (Sa)

18.812.199,50

8.760.641,25

CR Vegas del Almar (Sa)

10.070.676,42

4.857.418,87

CR Canal de Villoria (Sa)

3.380.688,45

1.558.139,05

CR Canal de La Maya (Sa)

11.932.997,14

5.725.360,21

CR Éjeme-Galisancho (Sa)

4.608.694,66

2.177.027,28

CR M.D. Pantano del Águeda (Sa)

2.208.401,19

1.043.292,70

CR Canal de Florida de Liébana (Sa)

6.609.365,49

3.043.140,39

CR Canal de Babilafuente (Sa)

15.416.838,92

7.424.899,08

CR Cabecera del Río Riaza. Sector A (Sg)

1.363.837,67

576.467,71

CR Canal de Almazán. Fase I (So)

31.191.674,24

14.574.244,18

CR Canal de Almazán. Fase I (Sector eléctrico) (So)

2.184.526,45

973.765,38

CR Canal de Riaza. Fase B. Sect. I, II y III (Va)

36.952.112,78

18.046.542,53

Canal de Macías Picavea. Fase II (Va)

14.356.335,90

6.617.492,98

CR Canal de Simancas-Geria-Villlarciel. Fase II (Va)

2.724.533,07

1.260.592,09

CR Canal de Tordesillas, Sect. I y II (Va)

12.435.304,58

6.018.723,68

Canal de Tordesillas. Subsect. II-1 (Va)

2.227.036,54

976.825,45

CR Virgen del Aviso. Fase II (Za)

7.314.233,32

3.470.165,36

CR San Frontis. Fase II (Za)

6.305.547,50

2.981.164,56

CR Canal de Toro. Sect. I yII (Za-Va)

18.003.480,58

8.491.873,84

CR MI Río Muga, Alto Amp. (Ge)

3.574.736,06

1.796.646,72

CR Molí de Pals. Fase I (Ge)

8.020.160,44

4.010.080,12

CR Presa de Colomers-Sentmenat (Ge)

13.945.683,06

6.972.840,63

CR Molí de Pals. Fase II (Ge)

8.194.338,66

4.097.169,42

CR Canal de Piñana (L)

8.571.242,80

4.476.361,92

CR Soses (Canal de Ar. y Cataluña) (L)

16.632.039,07

9.850.237,23

CR Massalcoreig (L)

4.017.825,01

2.294.946,20

Colectiv. N.º 1 de los Canales de Urgell, Fase I (L)

3.542.926,21

2.373.760,56

CR Pantano de Riudecanyes (L)

10.609.492,42

6.502.923,49

CR Bajo Priorato Pantano de Guiamets (T)

20.377.557,22

12.244.423,40

CGR Canal de la Dcha del Ebro, Fase I (T)

966.154,68

491.654,54

CR Mora de Ebro (T)

4.690.919,26

2.598.212,78

CR Benissanet (T)

1.457.264,70

740.086,19

CR Mas de Barberans (T)

1.404.101,91

940.748,28

CGR Canal de la Dcha del Ebro, Fase II (T)

5.014.482,32

2.491.898,56

CR La Baronesa (A)

1.005.551,35

503.288,77

CR Monteagudo. Fase I (A)

1.510.608,85

702.457,86

CR Monforte del Cid (A)

8.611.802,37

3.838.031,95

CGU Alto Vinalopó (A)

46.855.317,14

20.728.337,06

CGR RLMI Subsect. 1-20 (A)

10.487.652,51

4.717.728,90

SAT Percamp (A)

6.141.531,51

2.954.892,57

CR Valle de Benejama (A)

2.929.202,11

1.282.995,22

CGR RLMI 4.º Levante y 7.º de la Peña (A)

7.456.219,05

3.137.779,91

CGR RLMI Primero de Levante. Sectores 2-12 (A)

9.721.111,14

4.301.720,06

CGR RLMI Primero de Levante. Sectores 13-31 (A)

19.499.904,36

8.198.274,02

CR Alcalalí-Jalón (A)

796.271,33

320.060,97

CR Monteagudo. Fase II (A)

221.308,22

108.230,39

CR San Isidro y Realengo (A)

8.336.551,82

3.452.950,64

CGR RLMI Primero de Levante. Sector I (A)

2.752.520,64

1.136.473,47

CR Guardamar del Segura (A)

4.141.540,92

1.706.501,80

CR Castellón (Cs)

8.856.327,07

3.263.763,84

CR Villarreal. Zonas 2, 4 y 5 (Cs)

10.236.816,24

4.275.723,67

CR Almazora (Cs)

3.800.116,42

1.486.548,30

CR Cota 220 del Río Mijares (Cs)

13.809.631,58

6.109.298,97

CR Villarreal. Sector III (Cs)

3.091.121,63

1.235.956,35

CR Villarreal. Fase III (Automatismos) (Cs)

2.554.654,44

1.051.519,50

CGR Nules-Mascarell (Cs)

8.047.601,83

3.405.745,75

CR Azuebar (Cs)

1.295.929,02

596.877,16

CR Cota 220 del Río Mijares (Complem.) (Cs)

853.138,46

403.662,07

CR Casinos (V)

6.981.051,62

3.084.084,75

CR Picassent X (M.D. Canal Júcar-Turia) (V)

1.950.313,98

859.881,78

CR Riegos del Río Alcoy (V)

8.645.329,58

3.881.144,11

CR Acequia Común Carlet (V)

4.441.984,88

1.965.329,76

CR Picassent XI (M.D. Canal Júcar-Turia) (V)

3.396.937,87

1.497.415,42

CR Casinos. Fase II (V)

275.518,99

123.987,38

CR Bélgida (V)

446.948,80

192.975,18

CR Liria. Fase I (V)

3.012.898,20

1.476.321,01

CR Liria. Fase II (V)

2.883.379,10

1.356.970,42

CR M.I. Canal Júcar-Turia. Sector IV (V)

4.721.186,07

2.084.044,72

JLA Acequia de Rafelguaraf (V)

2.362.814,56

1.024.493,28

CR Pozo San Felipe (Benimodo) (V)

6.071.450,13

2.892.086,80

CR Los Tollos (Canal Jucar-Turia) (V)

6.729.674,63

2.989.432,02

JCR Turís (V)

9.769.376,70

4.103.136,09

CR Casinos. Fase III (V)

203.737,10

99.690,19

CR Acequia Común Carlet. Fase II (Complem.) (V)

515.469,10

242.255,36

CR Los Tollos (Canal Jucar-Turia) (Compl.) (V)

787.152,59

393.576,29

CR Vegas Altas I (Canal de Orellana) (Ba)

4.124.392,99

1.925.608,62

CR Vegas Altas II (Canal de Orellana) (Ba)

4.839.931,40

2.268.434,89

CR Entrerríos (Ba)

523.170,53

241.241,73

CR Talavera La Real. Sect. F, G, G-2.º-A y H (Ba)

3.797.072,18

1.766.877,23

CR Talavera la Real. Toma F2 (Ba)

747.826,04

352.997,75

CR Badajoz Canal de Montijo (Ba)

3.596.175,88

1.685.974,50

CR Guadiana del Caudillo (Ba)

2.979.476,31

1.374.536,92

CR Canal de Orellana. 1.ª Fase (Ba)

23.851.197,31

11.114.624,47

CR Vegas Altas III (Canal de Orellana) (Ba)

4.808.496,34

2.259.619,97

CR Montijo Canal de Montijo (Ba)

2.350.847,50

1.105.018,00

CGR Canal del Zújar. Sector II (Ba)

10.104.517,05

4.749.797,00

CR Mérida (Ba)

3.620.081,18

1.683.590,14

CR Vegas Altas II (C.Orellana) - Actuac. Compl. (Ba)

1.043.893,04

469.751,14

CR M.I. del Río Alagón - San Gil (Ca)

2.295.756,50

1.058.256,59

CR M.I. del Río Alagón - Riolobos (Ca)

1.168.757,90

538.787,15

CR Barrado (ZR Valle del Jerte) (Cc)

740.882,13

350.394,38

CR Garganta, Honduras y Cámbara (ZR V.Ambroz) (Cc)

728.221,21

360.443,59

CR M.I del Río Alagón. Sect. I, III, V, IX (Cc)

5.966.444,17

2.974.047,19

CR M.I. del Río Alagón. Sect. XI, XIII, XV, XIX (Cc)

5.891.552,27

2.965.436,69

CR M.D. del Río Alagón. Sect. II, IV,VI,VIII (Cc)

6.818.130,38

3.207.253,71

CR M.D. del Río Alagón. Sect. X, XII,XIV,XVI (Cc)

11.369.958,52

5.368.935,02

CR M.I. del Río Alagón - Fase II (Cc)

5.188.604,96

2.410.448,27

CR Alardos. Fase I (Madrigal de la Vera) (Cc)

529.619,42

249.374,91

CR El Torno. Fase I (ZR Valle del Jerte) (Ca)

4.512.352,47

2.259.692,07

CR Miño Pequeño -Terra Cha (Lu)

4.024.111,56

1.781.747,35

CR Laguna de Antela (Or)

3.624.918,41

1.641.511,00

CR Río Alhama de Alfaro - Guarre (LR)

698.915,98

355.395,85

Río Madre de la Ribera. Fase II (Calahorra) (LR)

783.827,77

399.680,13

CR Río Ebro Alfaro. Río Madre Soto. Fase III (LR)

781.661,49

397.456,37

CR Río Ebro Alfaro. Río Madre. Fase IV (LR)

745.008,13

378.840,60

CR Río Ebro Alfaro. Fase V (LR)

1.457.805,31

741.317,73

Río Madre de la Ribera. Fase III (Calahorra) (LR)

869.404,95

443.975,08

CGR Calahorra. Acequia Madre del Sorbán (LR)

721.118,80

371.103,73

CR La Llanada (Aldeanueva) (LR)

1.444.022,40

733.845,82

CR M.I. del Najerilla. Sector 3.º, Tramo III (LR)

51.545.621,68

30.057.193,93

CR Quel (LR)

1.927.294,97

975.482,10

CGR Calahorra. Río Madre de la Ribera. Fase IV (LR)

1.307.185,00

664.912,83

CGR Calahorra. Acequia del Sordillo. Fase II (LR)

815.357,40

401.483,71

CR Entrena (LR)

1.677.997,37

838.998,68

CR Chinchón. Fase I (M)

13.935.721,81

7.408.747,34

CR Chinchón. Fase II (M)

229.696,67

114.848,36

CR Campo de Cartagena. 2.ª Fase (Mu)

6.371.285,35

2.966.422,94

CR Tajo-Segura de Totana (Mu)

4.269.406,24

1.976.395,41

CR Lorca. Fase I (Mu)

8.121.567,86

3.734.539,87

CR Casablanca-Abarán I (Mu)

2.259.610,86

1.140.729,48

CR Casablanca-Abarán II (Mu)

1.451.285,22

745.391,04

CR Sector A. Abarán (Vegas Altas y Media del Segura. Zona II) (Mu)

3.961.130,75

1.856.091,34

CR Heredamiento Molina de Segura (Mu)

9.768.447,82

4.699.815,89

CR Azarbe del Merancho. 2.ª Fase (Mu)

2.124.895,29

1.035.276,73

CR Lorca. Fase II (Mu)

14.451.163,09

6.769.438,74

CR Campo de Cartagena. Cota 120 (Mu)

14.828.892,52

8.100.828,05

CR Blanca. Fase I (Vegas Altas y Media del Segura. Zona II) (Mu)

21.333.961,94

11.038.666,30

CR Campotejar (Mu)

1.648.928,33

780.897,98

CR Arco sur Mar Menor. Fase II (Mu)

7.819.784,31

3.711.639,51

CR Campotejar (Complementario) (Mu)

415.910,85

196.941,67

Total

1.610.946.241,29

817.344.392,00

b) Obras terminadas correspondientes a la primera modificación del convenio de 2012

Actuación

Inversión

Inversión SEIASA

Modernización de regadíos CR El Fresno Fase I

6.714.598,03

1.007.189,70

Modernización de regadíos CR El Fresno Fase II

9.195.891,20

1.379.383,68

C.R. Andévalo Pedro Arco

3.006.102,71

450.915,41

Modernización de Regadíos de las Vegas del Guadalquivir. Vegas Altas Sector IX. Fase I

4.663.283,86

466.328,39

Modernización de Regadíos de las Vegas del Guadalquivir. Vegas Altas Sector V. Fase I

4.627.785,72

462.778,57

Modernización de Regadíos de las Vegas del Guadalquivir. Vegas Altas Sector I

2.507.925,50

250.792,55

Modernización de Regadíos de las Vegas del Guadalquivir. Vegas Altas Sector IV

4.448.806,90

444.880,69

Modernización de Regadíos de las Vegas del Guadalquivir. Vegas Altas Sector II

2.303.572,39

230.357,24

Modernización de Regadíos Plan Guaro

13.476.088,79

2.021.413,32

Modernización de Z.R. Viar. Casetas, contadores, distribución secundaria y obras e instalaciones complementarias

18.878.901,15

2.831.835,17

C.R. A-19-20 Huerto y Salillas

6.733.866,10

3.366.933,05

C.R. La Concepción. Tamarite de Litera

12.882.848,87

6.441.424,44

«Embalse de Regulación «Sauvella» en el t.m. de Tamarite de Litera (Huesca) (C.R. El Puntal)

9.700.161,82

4.850.080,91

Cabecera del Rio Riaza Fase III, Red Terciaria (Burgos-Segovia)

1.540.011,73

652.502,97

Canal de Páramo III y IX (León) Fase I

14.724.222,96

6.238.653,27

Paramo Bajo III y VI (León) FASE I

15.389.892,92

6.520.697,63

C.R. Paramo Bajo S-IV (León)

20.665.392,59

8.755.926,84

Paramo Bajo III y VI (León) FASE II

19.067.342,29

8.078.832,94

Canal del Páramo III y IX (León) Telecontrol

824.987,78

349.547,32

Canal de Páramo III y IX (León) Fase II

5.985.081,30

2.535.878,95

Pisuerga, Fase III Tamara

5.345.098,03

2.264.718,04

Pisuerga, Fase III Lantadilla

1.234.677,27

523.132,76

C.R. Almazán Fase II (Soria)

7.236.293,01

3.066.017,35

Toro Sectores III y IV (Zamora)

20.721.674,48

8.779.773,48

Toro Sectores III y IV Telecontrol

719.078,26

304.673,46

Canal de Toro Sector IV

8.806.883,40

3.731.476,50

Comunidad de Regantes de Raimat

2.294.578,22

1.147.289,11

Modernización del Riego de la Comunidad de Regantes de Valls Fase I

4.435.239,92

2.217.619,96

C.R. Almazora - Obras complementarias - (Fase 2)

476.268,85

214.320,98

C.R. Nules y Mascarel

264.503,68

119.026,66

C.R. La Alcudia (Canal Júcar Turia)

7.048.676,33

3.171.904,35

C.R. Foia del Pou

4.243.465,53

1.909.559,49

C.R. Casinos - Obras complementarias - (Fase 4)

728.809,58

364.404,79

C.R. Benimodo (San Felipe)

1.396.051,15

628.223,02

C.R. Canal del Zújar (Tercera Fase)

1.054.297,54

474.433,89

C.G.R. Canal de Orellana (Segunda Fase)

1.687.188,03

759.234,61

CGR Canal de Orellana. 2.ª fase (Desglos. 1 y 2) (Ba)

12.694.557,68

5.712.550,96

C.R. Piornal (ZR Valle del Jerte)

2.635.493,51

1.185.972,08

Modernización de Regadíos CR Puerto Lumbreras

3.495.238,82

524.285,82

Modernización de ZR Lorca y Valle Guadalentín, S. VIII, Subsector I, La Tercia

12.927.951,26

1.292.795,13

Modernización de la CR Zona II de las Vegas Altas y Medias Segura. Blanca F II

4.109.239,44

616.385,92

Plan de Mejora, Modernización y Consolidación de los Regadíos de la C.R. de las Aguas Reguladas por Embalse de Argos de Calasparra

10.208.327,99

1.531.249,20

Total

291.100.356,59

97.875.400,60

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