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Documento BOE-A-2018-4952

Resolución de 19 de marzo de 2018, de la Dirección General de Energía y Minas, de la Consejería de Economía, Empleo e Industria, por la que se autoriza el modelo para su uso e instalación en la red de un transformador de medida de tensión, en alta tensión, marca EMEK, modelo GT1 72,5.

Publicado en:
«BOE» núm. 88, de 11 de abril de 2018, páginas 37673 a 37675 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Galicia
Referencia:
BOE-A-2018-4952

TEXTO ORIGINAL

Hechos

«TRAFOLEC, S.L.», domiciliada en Playa de Áreas, número 27, 36966 Sanxenxo, Pontevedra, presenta el 21 de julio de 2017 solicitud de autorización del modelo para su uso e instalación en red, de un transformador de medida de tensión, en alta tensión, marca «EMEK», modelo GT1 72,5.

Junto con la solicitud presenta:

– Declaración del fabricante «EMEK Electrik Endüstrisi A.S.» por la que se declara a «TRAFOLEC, S.L.», como su representante en España para la importación, comercialización y venta de sus productos.

– Declaración del fabricante del cumplimiento de los requisitos del Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

– Declaración del fabricante del cumplimiento de los requisitos del Real Decreto 186/2016, de 6 de mayo, por el que se regula la compatibilidad electromagnética de los equipos eléctricos y electrónicos, según lo establecido en el punto f del artículo 8 del Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento unificado de puntos de medida.

– Declaración de conformidad del fabricante con el Real Decreto 1110/2017, de 24 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico.

– Certificado de ensayos y de conformidad con las normas UNE-EN 61868-1 y UNE-EN 61869-3 por parte del Laboratorio Central Oficial de Electrotecnia, entidad acreditada como Laboratorio de ensayo según los procedimientos establecidos en el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la infraestructura para la calidad y la seguridad industrial.

– Memoria técnica descriptiva del modelo y sus características firmada por el Ingeniero Técnico Industrial don Alberto Gómez Vázquez, colegiado del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de A Coruña y visado con número 1737/17-CO, de fecha 19 de julio de 2017.

Consideraciones legales y técnicas

El Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico («Boletín Oficial del Estado» número 224, de 18 de septiembre de 2007), establece en su artículo 8 que aquellos aparatos o dispositivos para los que no se haya establecido reglamentación metrológica específica para su evaluación de la conformidad, requerirán autorización del modelo para su uso e instalación en la red y estarán sujetos a las verificaciones correspondientes.

Considerando el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23 («Boletín Oficial del Estado» número 139, de 9 de junio de 2014).

El Decreto 135/2017, de 28 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía, Emprego e Industria (DOG número 18, de 25 de enero de 2018) atribuye a la Dirección Xeral de Enerxía e Minas las competencias y funciones de la Consellería en materia de energía,

De acuerdo con todo lo indicado, resuelvo:

Primero.

Autorizar el modelo de transformador de medida de tensión, en alta tensión, marca «EMEK», modelo GT1 72,5, para su uso e instalación en red, con las siguientes características:

Nivel de aislamiento nominal: 72,5/140/325 kV.

Frecuencia nominal: 50 Hz.

Tensión primaria Un (en voltios): 66000/√3V.

Tensión secundaria nominal (en voltios): 110/√3V (1a-1n)(2a-2n)(3a-3n).

Clase de precisión: 0.2, 0.5, 0.2S, 0.5S, 3P, 5P, 6P y 10P.

Número máximo de secundarios: 5.

Factor de tensión: 1,2 continuo/1,5 para 30 segundos.

Carga máxima simultánea: 75 VA.

Segundo.

El contenido y el alcance de esta autorización están sujetos a las condiciones siguientes:

1. El plazo de validez de esta autorización es de cinco años, pudiendo ser prorrogada por períodos sucesivos previa petición presentada por el solicitante ante esta Dirección Xeral de Enerxía e Minas.

2. Independientemente del plazo indicado en el punto anterior, esta autorización tiene carácter transitorio, el interesado debe solicitar la evaluación de conformidad correspondiente en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la reglamentación que la establezca, una vez ésta se dicte, o bien en el plazo que resulte de la aplicación de un nuevo Reglamento que regule los sistemas de medida de la energía eléctrica o la entrada en vigor de nuevas normas distintas de las que dieron origen a esta autorización.

3. Previamente a su instalación, los equipos a que se refiere esta autorización tendrán que superar el control de verificación en origen realizado por un verificador de medidas eléctricas oficialmente autorizado. Posteriormente deberán ser sometidos a la verificación sistemática con la periodicidad y condiciones indicadas reglamentariamente.

4.  Los instrumentos de medida correspondientes a esta autorización del modelo para su uso e instalación en red llevarán una placa de características con las siguientes inscripciones:

Razón social o marca del fabricante.

Tipo o modelo.

Número de serie y año de fabricación.

Tensión e intensidad de los primarios y secundarios.

Clase de precisión.

Frecuencia.

Nivel de aislamiento.

Relación de transformación.

5. La presente autorización del modelo para su uso e instalación en la red es válida en todo el territorio nacional.

Tercero.

Ordenar la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra esta resolución, que no finaliza la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Secretario General Técnico de la Consellería de Economía, Emprego e Industria en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de que se pueda hacer uso de cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Santiago de Compostela, 19 de marzo de 2018.–El Director General de Energía y Minas, Ángel Bernardo Tahoces.

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