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Documento BOE-A-2018-9989

Resolución de 12 de julio de 2018, de la Subsecretaría, por la que se convocan exámenes para la obtención del título de Traductor-Intérprete Jurado.

Publicado en:
«BOE» núm. 171, de 16 de julio de 2018, páginas 71453 a 71457 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Referencia:
BOE-A-2018-9989

TEXTO ORIGINAL

En virtud de lo dispuesto en el Real Decreto 2555/1977, de 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación (BOE de 8 de octubre de 1977) y en la Orden AEC/2125/2014, de 6 de noviembre, por la que se dictan normas sobre los exámenes para la obtención del título de Traductor-Intérprete Jurado (BOE de 15 de noviembre de 2014), dispongo:

Primero. Convocatoria.

Se convocan exámenes para la obtención del título de Traductor-Intérprete Jurado, que se celebrarán a partir del día 17 de septiembre de 2018, en el lugar y fecha concretos que se anunciarán oportunamente.

Segundo. Requisitos para participar en los exámenes.

1. Los interesados en participar en los exámenes para la obtención del título de Traductor-Intérprete Jurado deben reunir los siguientes requisitos:

a) Ser mayor de edad;

b) Tener la nacionalidad española o de cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza;

c) Poseer un título español de Grado o Licenciatura, o cualquier título cuya correspondencia al nivel 2 o 3 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior haya quedado establecida en virtud del Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de educación superior, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles del marco español de cualificaciones para la educación superior de los títulos oficiales de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y Diplomado (BOE de 22 de noviembre de 2014). Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia emitidos por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o el departamento ministerial que lo sustituya en sus competencias en la materia.

2. Los requisitos indicados en el apartado anterior deben concurrir el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes de admisión y subsistir en el momento del nombramiento.

Tercero. Abono de la tasa y presentación de solicitudes.

Los aspirantes podrán presentarse a un máximo de dos idiomas de los que figuran en el apartado cuarto de la convocatoria. Deberán presentar una solicitud por cada idioma y abonar la tasa correspondiente a cada una de ellas. Si, por razones organizativas, el Tribunal no puede celebrar en sesiones distintas los exámenes de las dos lenguas elegidas por un aspirante, pedirá a este último que opte por una de las dos lenguas. En tal caso, procederá la devolución de las tasas correspondientes a la otra lengua, si el aspirante así lo solicita.

Será de aplicación lo previsto en la disposición adicional única de la Ley 9/2011, de 10 de mayo, de tasas consulares (BOE de 11 de mayo de 2011), sobre la tasa por la tramitación y, en su caso, expedición del título de Traductor-Intérprete Jurado y de expedición del carné, y en la Resolución de 23 de febrero de 2017, de la Secretaría General Técnica, por la que se modifican los modelos de impreso para el pago de las tasas por admisión a pruebas selectivas para obtención del nombramiento de Traductor-Intérprete Jurado y por la tramitación y expedición del título (BOE de 3 de marzo de 2017). El importe de la tasa por derechos de examen es de 45,77 euros.

La solicitud de admisión, en la que constarán, al menos, nombre, apellidos, edad, domicilio y número del documento nacional de identidad o del pasaporte del candidato y titulación que posee, se formalizará con el modelo 790, código 010, que se podrá descargar en la Sede Electrónica del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. Cada aspirante deberá descargar su propio formulario, que contiene un número de justificante único. La solicitud irá dirigida a la Subsecretaria de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y se presentará en el Registro General del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE de 2 de octubre de 2015).

El ingreso del importe correspondiente a la tasa por derechos de examen se efectuará presentando el formulario de solicitud cumplimentado en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado dicho ingreso mediante la validación de la entidad colaboradora correspondiente a través de certificación mecánica o, en su defecto, sello y firma autorizada en el espacio reservado a estos efectos.

De conformidad con el artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social (BOE de 31 de diciembre de 1997), estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen:

a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, que deberán acompañar la solicitud de un certificado acreditativo de tal condición.

b) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Subsecretaría de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación dictará una resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», en la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y en el punto de acceso general, en la que se indicará el lugar y fecha de celebración del primer examen y los lugares en que se expondrán las listas de admitidos y de excluidos provisionales para que, en un plazo de diez días hábiles, estos últimos puedan subsanar los posibles errores u omisiones. Expirado este plazo de diez días hábiles, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» la relación definitiva de admitidos y excluidos.

Cuarto. Lenguas.

Se convocan exámenes para los siguientes idiomas: Albanés, árabe, armenio, bengalí, bielorruso, bosnio, búlgaro, checo, chino, coreano, croata, danés, eslovaco, esloveno, estonio, finés, georgiano, griego, hebreo, húngaro, indonesio, islandés, japonés, letón, lituano, macedonio, montenegrino, neerlandés, noruego, persa, portugués, serbio, sueco, turco, ucraniano y urdu.

Quinto. Exámenes.

1. Los exámenes para la obtención del título de Traductor-Intérprete Jurado constarán de los tres ejercicios que a continuación se describen.

2. El primer ejercicio, en castellano, constará de 50 preguntas (más 5 de reserva) tipo test, de carácter gramatical y terminológico, referidas a las materias comprendidas en el anexo I a la presente convocatoria. El ejercicio se calificará de «apto» o «no apto» y solo podrán pasar al siguiente los aspirantes que hayan obtenido la calificación de «apto». El Tribunal hará pública la lista de los aspirantes declarados aptos, a los que convocará simultáneamente a la realización del segundo ejercicio. Entre la convocatoria del segundo ejercicio y la fecha de realización del mismo deberá mediar, como mínimo, una semana.

Duración: La duración de este primer ejercicio será de 75 minutos.

3. El segundo ejercicio comprenderá tres pruebas. Todas ellas serán eliminatorias, por lo que los aspirantes deberán obtener la calificación de «apto» en todas y cada una de ellas. En el caso de que el aspirante no supere alguna de las pruebas, no se corregirán las siguientes. La corrección se efectuará en el orden en el que figuran a continuación:

a) La primera prueba consistirá en la traducción al castellano, sin diccionario, de un texto de carácter general de tipo literario, periodístico o ensayístico en la lengua por la que se presenta el candidato.

b) La segunda prueba consistirá en la traducción a la lengua por la que se presenta el candidato, sin diccionario, de un texto en castellano de carácter general de tipo literario, periodístico o ensayístico.

Duración: Para la realización de las dos pruebas anteriores, los aspirantes dispondrán de un total de 120 minutos, que podrán distribuir libremente.

c) La tercera prueba consistirá en la traducción al castellano de un texto de carácter jurídico o económico en la lengua por la que se presenta el candidato. En esta prueba se permitirá el uso de cuantos diccionarios desee el aspirante, tanto monolingües como bilingües y multilingües, pero no el uso de diccionarios electrónicos ni de glosarios confeccionados por el aspirante.

Duración: La duración de la tercera prueba será de 90 minutos.

El Tribunal hará pública la lista de aquellos aspirantes que hayan sido declarados aptos, esto es, que hayan superado las tres pruebas, y los convocará simultáneamente a la realización del tercer ejercicio. Entre la convocatoria al tercer ejercicio y la fecha de realización del mismo deberá mediar, como mínimo, una semana.

4. El tercer ejercicio será de carácter oral. Este ejercicio, que comprenderá una prueba de interpretación consecutiva y, si el tribunal lo considera oportuno, un diálogo con el aspirante en la lengua por la que se presenta y/o en castellano, permitirá a aquel verificar el dominio y comprensión del idioma de partida y de llegada por parte del aspirante.

5. Todos los ejercicios se celebrarán en Madrid y los aspirantes serán convocados en llamamiento único para cada ejercicio.

6. Aspirantes con discapacidad: El Tribunal adoptará las medidas necesarias para que los aspirantes con discapacidad que así lo soliciten gocen de similares condiciones para la realización del ejercicio que los demás participantes, con las adaptaciones de tiempos adecuadas, con arreglo a lo establecido en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad (BOE de 13 de junio de 2006) y demás normas de aplicación.

Para ello, los aspirantes deberán solicitar expresamente por escrito, junto con la solicitud de admisión a los exámenes, las adaptaciones que necesitan, adjuntando fotocopia compulsada del dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de minusvalía competente que acredite de forma fehaciente las deficiencias permanentes que han dado origen al grado de minusvalía reconocido. El Tribunal no estará obligado a admitir solicitudes de adaptaciones presentadas posteriormente.

7. La corrección de todas las pruebas se basará en criterios publicados antes de la celebración de las mismas.

8. El Tribunal podrá requerir en cualquier momento y a cualquier aspirante que acredite que reúne los requisitos de edad, nacionalidad, titulación o de otro tipo necesarios para participar en los exámenes y podrá excluir a aquellos que no los reúnan.

9. Las listas de aspirantes que hayan superado cada ejercicio se publicarán en el tablón de anuncios de la sede del Tribunal, así como en las páginas web exteriores.gob.es y administracion.gob.es.

10. La lista definitiva de aprobados se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en los lugares indicados anteriormente.

Sexto. Nombramiento del Tribunal.

1. De conformidad con lo establecido en el apartado 1 del artículo 3 de la Orden AEC/2125/2014, de 6 de noviembre, se designa miembros del Tribunal a los siguientes funcionarios del Cuerpo de Traductores e Intérpretes:

Titulares:

Presidente: Doña Elena Morán López.

Vocal: Doña Raquel Canas Remesal.

Secretario: Don Jordi Baulies i Villà.

Suplentes:

Presidente: Doña María José Gabaldón García.

Vocal: Doña Ana María Izquierdo Pliego.

Secretaria: Doña Ana María Roca Urgorri.

2. El Tribunal podrá recabar la colaboración de los asesores que en cada caso estime pertinente.

3. Los miembros y asesores del Tribunal calificador tendrán derecho a la percepción de las asistencias previstas en el artículo 31 del capítulo V del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio (BOE de 30 de mayo de 2002). A estos efectos, el Tribunal calificador tendrá la categoría primera de las recogidas en el artículo 30.1 y en el anexo IV del mencionado Real Decreto.

4. El Tribunal tendrá su sede en la Oficina de Interpretación de Lenguas, Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, plaza de la Provincia, 1, 28071 Madrid.

5. Contra los actos y decisiones del Tribunal no cabrán más recursos ni reclamaciones que los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

6. En lo no previsto en la presente convocatoria, se aplicará lo dispuesto en el capítulo II del título II de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Séptimo. Comunicación con los candidatos e información sobre la convocatoria.

A efectos exclusivamente informativos, para facilitar la organización de las pruebas, se ha habilitado la siguiente dirección de correo electrónico: tribunal.TIJ18@maec.es.

A lo largo de la convocatoria, se irá publicando toda la información relacionada con los diversos aspectos del desarrollo de la misma en la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación www.exteriores.gob.es/Portal/es/ServiciosAlCiudadano/OportunidadesProfesionalesFormacion/OportunidadesProfesionales/traduccioneinterpretacion/Paginas/Examen.aspx y en la del Punto de Acceso General www.administracion.gob.es.

Octavo. Norma final.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse un recurso de alzada, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, 12 de julio de 2018.–La Subsecretaria, Beatriz Larrotcha Palma.

ANEXO I
Relación de materias a las que se refieren las preguntas del primer ejercicio de los exámenes para la obtención del título de Traductor-Intérprete Jurado

Gramática

1. Ortografía, reglas de acentuación y puntuación.

2. Morfosintaxis.

2.1 Concordancias de género y número.

2.2 Uso de los tiempos y modos verbales.

2.3 Uso de las preposiciones.

2.4 Uso del artículo.

2.5 Uso del pronombre.

2.6 Oraciones simples y compuestas y coordinación y subordinación.

2.7 Extranjerismos sintácticos.

3. Léxico.

3.1 Léxico general y especializado, interferencias léxicas, calcos y falsos amigos.

3.2 Interferencias fraseológicas.

4. Toponimia: Libro de estilo interinstitucional de la UE.

Terminología jurídica y económica

5. Terminología básica de las normas jurídicas: Constitución, leyes, normas con rango de ley y reglamentos.

6. Órganos legislativos y ejecutivos y órganos de la Administración.

7. Poder judicial: Jueces y Magistrados, Juzgados y Tribunales, y tipos de resoluciones judiciales.

8. Organismos y organizaciones internacionales.

9. Terminología básica del Derecho de familia.

10. Terminología básica del Derecho de sucesiones.

11. Terminología básica del Derecho de obligaciones y contratos.

12. Terminología básica del Derecho penal: delitos, penas y elementos del delito.

13. Terminología básica del Derecho mercantil.

13.1 Empresa y empresario.

13.2 Sociedades.

13.3 Propiedad intelectual e industrial.

13.4 Contratos.

14. Terminología básica del Derecho laboral.

14.1 Relación laboral y contratos de trabajo.

14.2 Seguridad Social.

15. Derecho tributario: terminología y elementos de los principales impuestos.

16. Terminología básica del Derecho internacional.

17. Contabilidad y finanzas.

17.1 Terminología contable básica.

17.2 Terminología financiera básica.

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