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Documento BOE-A-2020-8465

Orden TFP/689/2020, de 20 de julio, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 24 de marzo de 2020, por el que se designan los representantes de la Administración General del Estado en la Comisión Bilateral Generalitat-Estado a que se refiere el artículo 183 de la Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña.

Publicado en:
«BOE» núm. 201, de 24 de julio de 2020, páginas 56743 a 56744 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Política Territorial y Función Pública
Referencia:
BOE-A-2020-8465

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Ministros, en su reunión del día 24 de marzo de 2020, ha aprobado el Acuerdo por el que se designan los representantes de la Administración General del Estado en la Comisión Bilateral Generalitat-Estado a que se refiere el artículo 183 de la Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña.

Estimando de interés la difusión del mismo, se ordena su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», con el texto que figura como anexo de esta Orden.

Madrid, 20 de julio de 2020.–La Ministra de Política Territorial y Función Pública, Carolina Darias San Sebastián.

ANEXO
Acuerdo por el que se designan los representantes de la Administración General del Estado en la Comisión Bilateral Generalitat-Estado a que se refiere el artículo 183 de la Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña

El artículo 183 de la Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña crea la Comisión Bilateral Generalitat-Estado como marco general y permanente de relación entre los Gobiernos de la Generalitat y el Estado a los efectos previstos en dicho precepto.

En el citado artículo se establece que la Comisión está integrada por un número igual de representantes del Estado y de la Generalitat, y que su presidencia será ejercida de forma alternativa entre las dos partes en turnos de un año.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 3.1 del Reglamento de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado, adoptado por el Pleno en su reunión de 16 de abril de 2007 y, modificado posteriormente en su reunión de 19 de julio de 2011, la Comisión Bilateral estará constituida por seis representantes de cada parte.

El Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, así como el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, hacen necesaria la adecuación de los representantes de la Administración General del Estado que figuraban en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 13 de julio de 2018, por el que se designan los representantes de la Administración General del Estado en la Comisión Bilateral Generalitat-Estado a la que se refiere el artículo 183 de la Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña.

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Política Territorial y Función Pública y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 24 de marzo de 2020, acuerda:

Primero. Representantes de la Administración General del Estado en la Comisión Bilateral.

Los representantes de la Administración General del Estado en la Comisión Bilateral Generalitat-Estado creada por el artículo 183 de la Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña, son:

La Presidencia de la representación de la Administración General del Estado en la Comisión corresponderá a la persona titular del Ministerio de Política Territorial y Función Pública.

Vocales: los titulares de los siguientes órganos:

Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública.

Secretaría de Estado de Hacienda.

Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

Secretaría de Estado de Relaciones con las Cortes y Asuntos Constitucionales.

Delegación del Gobierno en Cataluña.

La Secretaría de la Comisión corresponderá a la persona titular de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local.

Segundo. Sustitución y delegación de la representación.

Los representantes de la Administración General del Estado podrán ser sustituidos o delegar su representación en una autoridad que ostente el cargo con rango de Secretaría de Estado o de Subsecretaría, como mínimo, conforme a lo dispuesto en el artículo 3.2 del Reglamento de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado.

Tercero. Convocatoria de otros cargos de la Administración General del Estado.

La Presidencia de la representación de la Administración General del Estado convocará a las reuniones de la Comisión Bilateral, conforme a lo previsto por el artículo 3.4 de su Reglamento, a los cargos de otros Departamentos sectoriales cuando la naturaleza y contenido de los asuntos a tratar justifique o aconseje su presencia.

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