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Documento BOE-A-2021-1328

Resolución de 17 de noviembre de 2020, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del Fondo para Inversiones en el Exterior, F.C.P.J., ejercicios 2017 y 2018.

Publicado en:
«BOE» núm. 25, de 29 de enero de 2021, páginas 10524 a 10597 (74 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Cortes Generales
Referencia:
BOE-A-2021-1328

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 17 de noviembre de 2020, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización del Fondo para Inversiones en el Exterior, FCPJ, ejercicios 2017 y 2018, acuerda:

1. Instar al Gobierno a:

– Seguir las recomendaciones del Informe emitido por el Tribunal de Cuentas.

– Adoptar las medidas necesarias para que de forma paulatina se asegure que el nombramiento de los Vocales del Comité Ejecutivo del Fondo a propuesta de la Secretaría de Estado de Comercio cumpla el principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres, tal y como establece el artículo 54 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

– Que el Comité Ejecutivo del Fondo para Inversiones en el Exterior requiera a la Gestora «COFIDES» para que presente una propuesta de actualización de la Guía Operativa en la que se regulen los criterios que deben aplicarse en las operaciones internacionales para determinar el importe de la variable de internacionalización, de manera que tengan en cuenta la capacidad de inversión del promotor en el exterior.

– Contabilizar el gasto que supone el estudio pormenorizado de los distintos proyectos por parte del personal técnico para efectuar el subsiguiente análisis y la evaluación de los mismos.

– Implantar un método por el cual se incluya en los informes sobre las distintas operaciones elevados al Comité Ejecutivo información sobre el grado de internacionalización.

– Tomar en consideración la capacidad inversora del promotor en mercados internacionales como factor para fijar la variable de internacionalización, haciendo depender la concesión del préstamo del mantenimiento de cifras de internacionalización correspondientes a determinar en cada caso.

– Solicitar a las gestoras, en aquellos casos en que se produzca la participación en fondos de capital riesgo, información suficientemente completa que permita conocer el resultado de sus inversiones sobre el grado de internacionalización de las sociedades beneficiarias de los fondos.

2. Instar al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo a:

– Actualizar las reglas para la valoración de las comisiones que cobra el fondo, ya que reflejan los costes reales y el tiempo real dedicado por la Gestora.

3. Instar a la Compañía Española de Financiación del Desarrollo, como gestora del Fondo, a:

– Detallar en los informes que se presenten al Comité Ejecutivo, para la aprobación y el seguimiento de todas las operaciones internacionales, las sociedades en el exterior que cumplen los requisitos para ser computadas en la variable de internacionalización y el importe de la inversión del promotor en esas sociedades, de tal manera que se pueda relacionar el importe de la inversión exigida al promotor en la variable de internacionalización con la capacidad inversora que realmente tenga su grupo de sociedades en el exterior.

– Proponer al Comité Ejecutivo del Fondo una modificación de su guía operativa, en la que se regulen los criterios que deben aplicarse en las operaciones internacionales para determinar el importe de la variable de internacionalización, de manera que tenga en cuenta la capacidad de inversión del promotor en el exterior.

– Adoptar las medidas pertinentes para que, en las operaciones de participación en fondos de capital riesgo, las gestoras remitan información suficiente, a efectos de controlar el efecto que han tenido las inversiones de dichos fondos en la internacionalización de las empresas en las que participan.

– Informar de forma clara y precisa de la efectividad del fondo y de los resultados obtenidos.

Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de noviembre de 2020.–El Presidente de la Comisión, Santos Cerdán León.–El Secretario Primero de la Comisión, Jesús Manuel Alonso Jiménez.

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