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Documento BOE-A-2021-5887

Resolución de 7 de abril de 2021, de la Subsecretaría, por la que se amplía el plazo de resolución de la convocatoria para la provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación, convocada por Resolución de 29 de enero de 2021.

Publicado en:
«BOE» núm. 89, de 14 de abril de 2021, páginas 42662 a 42662 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2021-5887

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 29 de enero de 2021 (BOE de 15 de febrero) de la Subsecretaría del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico se convocó la provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación de cuatro puestos de trabajo adscritos a este Ministerio.

El artículo 56 del real decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado, establece que «los nombramientos deberán efectuarse en el plazo máximo de un mes contado desde la finalización del de presentación de solicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse hasta un mes más.»

En el presente procedimiento, razones organizativas, aconsejan la ampliación del plazo de resolución en los términos previstos en la normativa vigente.

Por ello, de acuerdo con lo anterior, se acuerda ampliar en un mes el plazo de resolución de la convocatoria para la provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación, convocada por Resolución de 29 de enero de 2021.

Contra la presente Resolución, se podrá interponer con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano judicial competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 7 de abril de 2021.–El Subsecretario para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Miguel González Suela.

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