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Documento BOE-A-2024-2396

Decreto de 31 de enero de 2024, del Fiscal General del Estado, por el que se acepta la renuncia de doña María Isabel Neira Campos como Fiscal Delegada de la Fiscalía Especial Antidroga, en la Fiscalía de la Comunidad de la Región de Murcia.

Publicado en:
«BOE» núm. 35, de 9 de febrero de 2024, páginas 15431 a 15432 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio Fiscal
Referencia:
BOE-A-2024-2396

TEXTO ORIGINAL

Hechos

El 4 de enero de 2024 se recibió en la Inspección Fiscal un escrito de fecha 3 del mismo mes de la de la Excma. Sra. Fiscal Jefa de la Fiscalía Especial Antidroga, trasladando a la Fiscalía General del Estado su parecer favorable a la remoción de la Ilma. Sra. doña María Isabel Neira Campos como fiscal delegada antidroga en la Fiscalía de la Comunidad de la Región de Murcia. El Excmo. Sr. Fiscal Superior ha mostrado también su informe favorable a la renuncia de doña María Isabel, solicitada por motivos personales.

Fundamentos

Primero.

El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal dispone que los Fiscales Decanos de las Fiscalías serán nombrados, y en su caso relevados, mediante resolución dictada por el Fiscal General del Estado, a propuesta motivada del Fiscal Jefe respectivo (artículo 36.4).

La Instrucción 5/2008, de 18 de diciembre, de la Fiscalía General del Estado complementa la anterior disposición en su apartado I.d), ante la falta de previsión estatutaria al respecto, aclarando que también se seguirá el mismo procedimiento de designación y cese de los delegados provinciales, mediante un trámite de audiencia del Fiscal de Sala Coordinador correspondiente, y que la propuesta de cese será remitida al Fiscal General del Estado a través de la Inspección Fiscal.

Segundo.

De manera más específica, el artículo 62.1 párrafo tercero del Reglamento del Ministerio Fiscal (Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo), establece que los fiscales delegados de las Fiscalías Especiales podrán ser removidos por la persona titular de la FGE a propuesta del Fiscal de Sala Jefe de la Fiscalía Especial, oído el Fiscal Jefe correspondiente. El artículo 62.3 del mismo Reglamento prevé que los ceses de los fiscales delegados especialistas se publicarán, a instancia de la persona titular de la Fiscalía General del Estado, en el «Boletín Oficial del Estado».

Tercero.

Se han cumplido, por tanto, todos los trámites previstos para proceder al cese interesado, con la conformidad de la Fiscal de Sala Jefa Antidroga y la audiencia del Consejo Fiscal.

En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y el RMF, y haciendo propia la fundamentación de la propuesta,

ACUERDO

1. Aprobar la renuncia mediante su cese de la fiscal delegada de la Fiscalía Especial Antidroga, Ilma. Sra. doña María Isabel Neira Campos, en la Fiscalía de la Comunidad de la Región de Murcia.

2. Notificar el presente Decreto a la Excma. Sra. Fiscal de Sala Jefa de la Fiscalía Antidroga y al Excmo. Sr. Fiscal Superior de la Comunidad de la Región de Murcia, que lo trasladará a la fiscal interesada, y al Ministerio de Justicia, con entrega de copias de la resolución.

3. Publíquese el presente cese en el «Boletín Oficial del Estado».

4. Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.1.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (artículo 13.2 EOMF; STS 20/07/2015 Rec. Cas. 2099/2014; Orden de Servicio de la Inspección Fiscal de 24 de septiembre de 2015), cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la Fiscalía General del Estado (c/ Fortuny n.º 4 Madrid 28010) en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, según lo establecido en el artículo 12.1.b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esa misma ley, si se dispusiera de legitimación.

Madrid, 31 de enero de 2024.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.

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