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Documento BOE-A-2024-8361

Resolución de 17 de abril de 2024, del Consorcio Centro de Investigación Biomédica en Red, por la que se publica la Adenda al Convenio con la Universitat Autònoma de Barcelona, para la promoción e impulso de la investigación en el área temática de Bioingeniería, Biomateriales y Nanomedicina. Unidad 25 de Nanbiosis.

Publicado en:
«BOE» núm. 101, de 25 de abril de 2024, páginas 47951 a 47952 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades
Referencia:
BOE-A-2024-8361

TEXTO ORIGINAL

El Consorcio Centro de Investigación Biomédica en Red es un consorcio público de los previstos en los artículos 118 a 127 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dotado de personalidad jurídica propia y adscrito al Instituto de Salud Carlos III.

El Consorcio Centro de Investigación Biomédica en Red y la Universitat Autònoma de Barcelona han suscrito con fecha 15 de abril de 2024 una primera adenda al convenio.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 17 de abril de 2024.–La Presidenta del Consejo Rector del Consorcio Centro de Investigación Biomédica en Red, Marina Anunciación Pollán Santamaría.

PRIMERA ADENDA AL CONVENIO ENTRE EL CONSORCIO CENTRO DE INVESTIGACIÓN BIOMÉDICA EN RED (CIBER) Y LA UNIVERSITAT AUTÒNOMA DE BARCELONA (UAB), PARA LA PROMOCIÓN E IMPULSO DE LA INVESTIGACIÓN EN EL ÁREA TEMÁTICA DE BIOINGENIERÍA, BIOMATERIALES Y NANOMEDICINA. UNIDAD 25 DE NANBIOSIS

REUNIDOS

De una parte, el Consorcio Centro de Investigación Biomédica en Red (en adelante CIBER) con domicilio en c/ Monforte de Lemos número, 5, 28029 de Madrid y CIF G85296226, representado por doña Margarita Blázquez Herranz, con DNI núm. *****3455*, Gerente del mismo y en virtud de las facultades que le confiere el poder notarial otorgado ante el Notario de Madrid, don Santiago Cháfer Rudilla, el día 1 de febrero de 2022, con número ciento setenta y cuatro de su protocolo.

De otra parte, el Doctor Francisco Javier Lafuente Sancho, Rector Magnífico de la Universitat Autònoma de Barcelona (en adelante, UAB), según el Decreto 131/2020, de 10 de noviembre (publicado en el DOGC núm. 8269 de 12 de noviembre), en nombre y representación de esta institución, que tiene la sede social en el Campus Universitario, s/n, 08193 Bellaterra (Cerdanyola del Vallès), y que tiene el número de identificación fiscal Q-0818002-H, en virtud de las competencias que le otorga el artículo 75, párrafo m) de los Estatutos.

Las partes se reconocen capacidad y competencia suficientes para formalizar la presente adenda, y a tal efecto

MANIFIESTAN

I. Que con fecha 16 de mayo de 2023, se suscribió el convenio entre el CIBER y la UAB, publicado posteriormente en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE) de fecha 27 de mayo de ese mismo año, cuyo objeto era dar continuidad y regular, de forma específica, las condiciones de funcionamiento y desarrollo de la Plataforma de Equipamiento conjunta, Unidad 25 de NANBIOSIS, con el objetivo de permitir y facilitar el uso del equipamiento que la integra al personal investigador de la UAB y de los grupos que componen CIBER-BBN, así como de otras instituciones públicas y empresas.

II. Que de conformidad con la cláusula segunda «Obligaciones de las partes», letra «C) Por parte de CIBER», apartado primero, de dicho convenio, CIBER está de acuerdo en ubicar en la UAB los aparatos y equipos de su titularidad que integren la Unidad, concretamente en el Institut de Biotecnologia i Biomedicina de la UAB, Edifici MRB, Campus Universitari 08193 - Cerdanyola del Vallès. Ubicación que, en ningún caso, conllevará contraprestación alguna por las partes.

III. Que con posterioridad a la entrada en vigor de este convenio, esto es, el 16 de mayo de 2023, se ha advertido un error en la localización especificada para el alojamiento de estos aparatos y equipos titularidad de CIBER.

IV. Que habida cuenta de dicha circunstancia, las partes acuerdan modificar la ubicación de la UAB, suscribiéndose la presente adenda con arreglo a las siguientes:

DISPOSICIONES

Primera. Objeto.

Las partes acuerdan, de forma expresa y unánime, corregir el apartado primero de la letra C), por parte de CIBER, de la cláusula segunda que queda redactada en los siguientes términos:

«CIBER está de acuerdo en ubicar en la UAB los aparatos y equipos de su titularidad que integren la Unidad, concretamente en el Servei de Ressònancia Magnètica Nuclear, situado en la Facultat de Ciències/Biociències, Edifici C, Campus Universitari 08193 - Cerdanyola del Vallès. Esta ubicación no conllevará, en ningún caso, contraprestación alguna por las Partes.»

Segunda. Tramitación de la adenda.

De conformidad con lo establecido en la cláusula séptima del convenio que nos ocupa, su modificación podrá tener lugar en cualquier momento, mediante acuerdo unánime de las Partes, reflejado mediante adenda al mismo, y previa autorización prevista en el artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Tercera. Eficacia y prórroga.

La presente adenda resultará eficaz una vez inscrita en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, cuya vigencia corresponderá a la duración que reste por cumplir de los cuatro años previstos en el mencionado convenio. Así mismo, la adenda será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Cuarta. Mantenimiento del resto de las cláusulas.

El resto del clausulado del convenio suscrito mantiene su vigencia, en tanto no se contradigan con el presente documento.

Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, las partes intervinientes firman la presente adenda, el 15 de abril de 2024.–La Gerente del CIBER, Margarita Blázquez Herranz.–El Rector Magnífico de la UAB, Francisco Javier Lafuente Sancho.

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