Habiéndose intentado la notificación, sin que haya
podido practicarse por causas no imputables a la
Administración, en aplicación de lo dispuesto en
el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de
enero, se notifica a don Ignacio Olaiz Ortigosa la
resolución desestimatoria de su solicitud de
indemnización al amparo de la Ley 32/1999.
Teniendo en cuenta que la resolución no se
publica en su integridad, de conformidad con lo previsto
en el artículo 61 de la referida Ley 30/1999, se
indica al interesado que el texto íntegro de la misma
se encuentra a su disposición en la Subdirección
General de Atención al Ciudadano y de Asistencia
a las Víctimas de Terrorismo, calle Rafael Calvo, 33,
28071 Madrid.
La Resolución que se notifica, que pone fin a
la vía administrativa, puede ser impugnada, de
acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992,
directamente en el plazo de dos meses a contar desde
el día siguiente de la notificación de este acto, ante
la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la
Audiencia Nacional y, potestativamente, en el plazo
de un mes, mediante recurso de reposición ante
el Ministerio del Interior.
Madrid, 18 de diciembre de 2000.-El
Subsecretario, Leopoldo Calvo-Sotelo
Ibáñez-Martín.-&21.958.
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