Al no haberse podido practicar la notificación
personal a don Jesús Mariano Pinedo Albiz, con
NIF 13.286.553-M; don Guillermo López Sánchez,
con NIF 48.491.619-N; don José Antonio Pardo
García, con NIF 74.653.708-D; doña María
González Ferro, con NIF 76.821.794-T; doña Natividad
Garcia Jiménez, con NIF 47.058.861-X; don Rafael
Cabrerizo Keil, con NIF 41.449.328-Q; doña Alicia
Andrade Martín, con NIF 25.666.193-X; don Juan
Antonio Ramos Lobato, con NIF 25.333.870-Z;
don Jaime Pérez Gutiérrez, con NIF 28.910.877-S;
doña Inés Moreno Palma, con NIF 27.336.904-R;
don Santiago Villa Campo, con NIF 71.645.377-D,
conforme dispone el artículo 59 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en su redacción dada por
la Ley 4/1999, a efectos de notificación a los
interesados, y en aplicación de lo dispuesto en el mismo
artículo y en el segundo párrafo del artículo 60.2
de la Ley 30/1992, debe publicarse como
encabezamiento y parte dispositiva de las resoluciones
el siguiente extracto: El Director general de
Formación Profesional y Promoción Educativa ha
resuelto la desestimación del recurso de reposición
interpuesto por don Jesús Mariano Pinedo Albiz,
con NIF 13.286.553-M; don Guillermo López
Sánchez con NIF 48.491.619-N; don José Antonio
Pardo Garcia, con NIF 74.653.708-D; doña María
González Ferro, con NIF 76.821.794-T; doña Natividad
García Jiménez, con NIF 47.058.861-X; don Rafael
Cabrerizo Keil, con NIF 41.449.328-Q; doña Alicia
Andrade Martín, con NIF 25.666.193-X; don Juan
Antonio Ramos Lobato, con NIF 25.333.870-Z;
don Jaime Pérez Gutiérrez, con NIF 28.910.877-S;
doña Inés Moreno Palma, con NIF 27.336.904-R;
don Santiago Villa Campo, con NIF 71.645.377-D.
Los expedientes se encuentran a disposición de
los interesados en la Subdirección General de Becas
y Promoción Educativa (Servicio de Reclamaciones,
Verificación y Control, teléfono 91 408 20 00, calle
Torrelaguna, 58, 28027 Madrid).
Esta resolución es definitiva en la vía
administrativa, y contra la misma cabe interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y el
artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de
julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por
la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo
de dos meses, a contar desde el día siguiente a
la fecha de su notificación, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Madrid, 11 de mayo de 2001.-El Director general
de Cooperación Territorial y Alta Inspección, Juan
Ángel España Talón.-25.008.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid