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Documento BOE-B-2001-256129

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a "Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima" la línea eléctrica aérea a 400 kV, doble circuito, denominada "Castejón-La Serna", en la provincia de Navarra, y se declara, en concreto, la utilidad pública de la misma.

Publicado en:
«BOE» núm. 256, de 25 de octubre de 2001, páginas 11421 a 11422 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-B-2001-256129

TEXTO

Visto el expediente incoado en el Área de Industria

y Energía de la Delegación del Gobierno en Navarra,

a instancia de "Red Eléctrica de España, Sociedad

Anónima", con domicilio en La

Moraleja-Alcobendas (Madrid), paseo del Conde de los Gaitanes,

número 177, solicitando la autorización y

declaración, en concreto, de utilidad pública de la línea

eléctrica antes citada.

Resultando que sometida la petición de "Red

Eléctrica de España, Sociedad Anónima" a información

pública a los efectos establecidos en el artículo 9

del Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre

autorización de instalaciones eléctricas, en los

artículos 10 y 31.4 del Reglamento sobre Expropiación

Forzosa y Sanciones en Materia de Instalaciones

Eléctricas, aprobado por Decreto 2619/1966, de

20 de octubre, normativa que resulta de aplicación

en virtud de lo establecido en la disposición

transitoria undécima del Real Decreto 1955/2000, de 1

de diciembre, así como a los efectos del

artículo 15 del Reglamento de Evaluación de Impacto

Ambiental, aprobado por Decreto 1131/1988, de

30 de septiembre, durante el plazo reglamentario,

se presenta oposición expresa al trazado de la línea

por don Luis Torres-Cabrera Pellón, en nombre y

representación de "Prefabricaciones y Contratos,

Sociedad Anónima" como propietaria de terrenos

afectados por la instalación proyectada, alegándose

una expectativa de recalificación de terrenos de suelo

rústico a suelo urbano industrial y pretendiéndose

un soterramiento parcial de línea;

Resultando que conforme la normativa aplicable

la solicitud de "Red Eléctrica de España, Sociedad

Anónima", ha sido puesta en conocimiento de los

organismos, corporaciones y entidades con bienes

o derechos a su cargo que pudieran verse afectados

por la instalación, a fin de que emitan los informes

y condicionados procedentes o formulen los reparos

que estimen oportunos;

Resultando que durante el plazo reglamentario

por dichos organismos, corporaciones y entidades

se ha prestado su conformidad expresa a la

autorización solicitada para el establecimiento de la

referida instalación eléctrica, habiéndose aceptado por

"Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima" los

condicionados emitidos por los mismos excepto

alguno de los propuestos por el Ayuntamiento de

Tudela;

Resultando que por el Ayuntamiento de Tudela

se solicita la compactación conjunta de las líneas

eléctricas de 400 kV doble circuito, la de 220 kV

simple circuito y la de 66 kV simple circuito, así

como una modificación puntual de trazado entre

los apoyos números 17 y 19, de forma que este

tramo de línea se ubique en terrenos de secano;

Resultando que por el Ayuntamiento de Castejón

también se solicita una modificación puntual del

trazado en el tramo que afecta a los apoyos números

4 y 5, aproximadamente, con ello a la autopista

A-15;

Resultando que puestos en conocimiento de "Red

Eléctrica de España, Sociedad Anónima" estos

condicionados, se aceptan las modificaciones puntuales

propuestas por ambos Ayuntamientos

incorporándose así las mismas al proyecto original,

manifestando a su vez la inviabilidad de la propuesta del

Ayuntamiento de Tudela de compactar diversas

líneas eléctricas de diferentes tensiones, dado que

ello acarrearía graves problemas técnicos de

operación y mantenimiento de las redes de transporte

y distribución que implicarían indisponibilidades no

deseadas de las diferentes líneas;

Resultando que a las alegaciones de los

Torres-Cabrera Pellón en nombre y representación de

"Prefabricaciones y Contratas, Sociedad Anónima",

"Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima"

manifiesta que los terrenos sobre los que discurre

el trazado de la línea tienen la consideración de

rústicos según las normas subsidiarias de

planeamiento vigentes del Ayuntamiento de Castejón, así

como que la línea proyectada cumple con toda la

normativa técnica aplicable en cuanto a distancias

de seguridad, no cumpliéndose los requisitos

técnicos y legales que justifiquen un soterramiento de

la instalación proyectada;

Resultando que el proyecto de la instalación y

su estudio de impacto ambiental ha sido sometido

al procedimiento de evaluación de impacto

ambiental, según las normas establecidas en el Real Decreto

1131/1988, de 30 de septiembre, por el que se

aprueba el Reglamento de Evaluación de Impacto

Ambiental, habiendo sido formulada la

correspondiente declaración de impacto ambiental mediante

Resolución de fecha 21 de junio de 2001, de la

Secretaría General de Medio Ambiente del

Ministerio de Medio Ambiente, en la cual se establece

que el proyecto es ambientalmente viable;

Visto el informe favorable emitido por el Área

de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno

en Navarra;

Visto el informe emitido por la Comisión

Nacional de Energía, aprobado en Consejo de

Administración, en su sesión de fecha 24 de julio de 2001;

Considerando que se han cumplido los trámites

exigidos en el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre,

en el Reglamento aprobado por Decreto 2619/1966,

de 20 de octubre, en el título IX de la Ley 54/1977,

de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y en el

Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental,

aprobado por Decreto 1131/1988, de 30 de

septiembre,

Esta Dirección General de Política Energética y

Minas ha resuelto:

1. Autorizar a "Red Eléctrica de España,

Sociedad Anónima" la línea eléctrica aérea a 400 kV,

doble circuito, denominada "Castejón-La Serna",

cuyas características principales son:

Origen: Nueva subestación de Castejón (término

municipal de Castejón).

Final: Subestación de la Serna (término municipal

de Tudela).

Longitud: 8.940 metros.

Frecuencia: 50 Hz.

Tensión nominal: 400 kV.

Capacidad térmica de transporte

(verano/invierno): 1.660/2.057 MVA.

Número de circuitos: Dos.

Conductores: Tres conductores por fase tipo

RAIL.

Número de cables de tierra: Dos compuestos fibra

óptica.

Tipo de aislamiento: Cadenas de aisladores de

vidrio templado tipo U-210.

Apoyos: Torres metálicas de celosía.

Cimentaciones: Independientes para cada pata de

hormigón en masa.

Puesta a tierra: Anillos cerrados de acero

descarburado.

Términos municipales afectados: Castejón y

Tudela (Navarra).

La finalidad de la instalación es garantizar la

evacuación de energía de las nuevas centrales de ciclo

combinado de gas situadas en Castejón, formando

parte de un conjunto de refuerzos y ampliaciones

de la red en Navarra y el País Vasco ante las

previsiones de instalación de diversos ciclos

combinados y parques eólicos en la zona.

2. Declarar, en concreto, la utilidad pública de

la instalación que se autoriza a los efectos previstos

en el título IX de la Ley 54/1997, de 27 de

noviembre, del Sector Eléctrico.

Contra la presente Resolución cabe interponer

recurso de alzada ante el excelentísimo señor

Secretario de Estado de Economía, de Energía y de la

Pequeña y Mediana Empresa en el plazo de un

mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del

procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por

la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en la Ley 6/1997,

de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento

de la Administración General del Estado.

Madrid, 11 de septiembre de 2001.-La Directora

general, Carmen Becerril Martínez.-51.799.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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