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Documento BOE-B-2002-187051

Resolución de la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental relativa al expediente de expropiación forzosa de los bienes y derechos, afectados por las obras de ejecución del proyecto clave 12-GR-3160, autovía del Mediterráneo. CN-340 de Cádiz a Barcelona por Málaga. Tramo: Enlace de Albuñol-Variante de Adra. Términos municipales: Albuñol (Granada) y Adra (Almería).

Publicado en:
«BOE» núm. 187, de 6 de agosto de 2002, páginas 6474 a 6478 (5 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2002-187051

TEXTO

Con fecha 6 de mayo de 2002 se aprobó el

proyecto reseñado y con fecha 13 de junio de 2002,

la Dirección General de Carreteras emitió

"informe-propuesta sobre las justificaciones exigidas, para

los contratos de obras, por la legislación y normativa

vigentes al respecto y Órdenes de iniciación y de

continuación de la tramitación del expediente de

contratación", ordenando a esta Demarcación la

incoación del expediente de expropiación forzosa

de los terrenos necesarios para la ejecución de las

obras correspondientes conforme lo establecido en

el artículo 8 de la vigente Ley de Carreteras de

29 de julio de 1988, tal aprobación lleva implícitas

las declaraciones de utilidad pública y necesidad

de ocupación, a los fines de expropiación, ocupación

temporal o imposición o modificación de

servidumbres.

Mediante Ley 19/2001, de 19 de diciembre, de

reforma del texto articulado de la Ley sobre Tráfico,

Circulación de Vehículos a motor y Seguridad Vial,

aprobado por Real Decreto 339/1990, de 2 de

marzo, se declara la urgente ocupación de los bienes

y derechos afectados por las mencionadas obras.

A tenor de ello, la tramitación del correspondiente

expediente expropiatorio se ha de ajustar a lo

previsto en el artículo 52 de la vigente Ley de

Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y

concordantes de su Reglamento, de 26 de abril

de 1957.

En consecuencia, haciendo uso de las facultades

que le otorga el artículo 98 de la citada Ley de

Expropiación Forzosa y atendiendo a lo señalado

en las reglas 2 y 3 de su artículo 52, así como

a lo previsto en el artículo 56.2 de su Reglamento,

esta Demarcación ha resuelto:

Primero.-Incoar el expediente de expropiación

forzosa en los términos y a los efectos previstos

en los artículos 21.1 y 36.2 de la Ley de

Expropiación Forzosa.

Segundo.-Publicar la relación de interesados,

bienes y derechos en el tablón de anuncio de los

Ayuntamientos de Albuñol (Granada) y Adra (Almería)

y en los de la Demarcación de Carreteras del Estado

en Andalucía Oriental y de la Unidad de Carreteras

de Almería. Además de en los medios antes citados,

del señalamiento se dará cuenta a los interesados

mediante citación individual y a través de la

inserción del presente Anuncio en el diario "Ideal", de

Granada, y "La Voz de Almería", de Almería, así

como en los "Boletines Oficiales de las Provincias

de Granada y Almería" y en el "Boletín Oficial del

Estado". La publicación en los Boletines Oficiales,

a tenor de lo previsto en el artículo 59.4 de la

Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del procedimiento Administrativo

Común, de 26 de noviembre de 1992, servirá como

notificación a los posibles interesados no

identificados, a los titulares de bienes y derechos afectados

que sean desconocidos y a aquellos de los que se

ignore su paradero.

Tercero.-Convocar a los propietarios que figuran

en dicha relación para que asistan al levantamiento

de las actas previas a la ocupación que tendrá lugar

en las dependencias de los mencionados

Ayuntamientos durante los días y horas que se especifican

en aquélla y al final de esta Resolución, sin perjuicio

de trasladarse al terreno afectado, si se estima

necesario.

A dicho acto deberán comparecer los titulares

de los bienes y derechos que se expropian por sí

o representados por persona provista de Poder

debidamente autorizado, aportando los documentos

acreditativos de su titularidad y el último recibo

del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, pudiendo

hacerse acompañar a su costa de Peritos y de

Notario, si así lo estiman oportuno.

Conforme establece el artículo 56.2 del

Reglamento de Expropiación Forzosa, publicada dicha

Resolución y hasta el momento en que se proceda

al Levantamiento de las citadas actas previas a la

ocupación, los interesados, así como todas aquellas

personas cuyos derechos o intereses legítimos hayan

podido omitirse al elaborar la relación de bienes

y titulares afectados, podrán formular por escrito

ante esta Demarcación (avenida de Madrid, número

7, primera planta, Granada) o en la Unidad de

Carreteras de Almería (paseo de Almería, número 41)

cuantas alegaciones estimen oportunas, a los solos

efectos de subsanar posibles errores que se hayan

podido producir al confeccionar la relación de

bienes y derechos afectados.

Para su mejor información, y durante el periodo

señalado, los interesados tendrán a su disposición

los planos-parcelarios de expropiaciones en los

Ayuntamientos de Albuñol y Adra y en las

dependencias de esta Demarcación de Carreteras y de

la Unidad de Carreteras de Almería.

Ayuntamiento de Albuñol: Días 26 a 28 de agosto

de 2002, de nueve a dieciocho horas.

Ayuntamiento de Adra: Días 29 de agosto a 18

de septiembre de 2002, de nueve a dieciocho horas.

Granada, 9 de julio de 2002.-El Jefe de la

Demarcación, Domingo Quesada Martos.-&36.753.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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