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Documento BOE-B-2002-279134

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid sobre la aprobación del expediente de información pública y aprobación definitiva del estudio informativo "Áreas de servicio de la autopista radial 2 Madrid-Guadalajara. Tramo: M-50 (enlace de Ajalvir)-Guadalajara".

Publicado en:
«BOE» núm. 279, de 21 de noviembre de 2002, páginas 9873 a 9873 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2002-279134

TEXTO

Con fecha de 24 de octubre de 2002 el Secretario

de Estado de Infraestructuras, por delegación

(Resolución delegación de atribuciones de 30 de mayo

de 1996), ha resuelto lo siguiente:

1. Declarar que el expediente de información

pública reseñado en el asunto cumple con lo

preceptuado en los artículos 32, 33, 34, 35 y 60 del

vigente Reglamento de Carreteras (1812/1994, de 2

de septiembre).

2. Aprobar el expediente de información pública

y aprobar definitivamente el estudio informativo

"Áreas de servicio de la autopista radial-2

Madrid-Guadalajara. Tramo: M-50 (enlance de

Ajalvir)-Guadalajara", eligiendo como solución:

Alternativa 1 área de servicio de MECO: Área de servicio

en ambas márgenes en el punto kilométrico 35,550.

3. En la ejecución de las obras y en el proyecto

de construcción se deberán cumplir las siguientes

condiciones, establecidas por la Secretaría General

de Medioambiente en la Resolución de 9 de abril

de 2002 o por la Confederación Hidrográfica del

Tajo, además de todas las medidas correctoras

previstas en el estudio de impacto ambiental:

3.1 Se deberán tener en cuenta todas las

condiciones establecidas en las declaraciones de

"Boletín Oficial del Estado" de 7 de abril de 1995 y

"Boletín Oficial del Estado" de 28 de agosto de

1999, que afectan a la zona de ubicación del Área

de Servicio, proponiendo y ampliando las medidas

compensatorias establecidas en la condición 1 de

la Resolución de 23 de febrero de 1995 y en la

condición 2 de la Resolución de 30 de julio de

1999.

3.2 Se deberá tener en cuenta las medidas

contempladas en las contestaciones a las consultas

realizadas por la Dirección General de Calidad y

Evaluación Ambiental.

3.3 Se preverá que los vertidos de aguas

residuales deberán contar con la autorización de la

Confederación Hidrográfica del Tajo, y las captaciones

de aguas públicas deberán disponer de las

correspondientes concesiones administrativas.

La presente resolución pone fin a la vía

administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el

artículo 109.c) de la Ley 30/1992, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, en la redacción

dada por la Ley 4/1999, y contra la misma se puede

interponer recurso potestativo de reposición, ante

el Ministro del Departamento en el plazo de un

mes, o bien directamente recurso

contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo

de dos meses a partir del día siguiente al de la

publicación de aquélla en el "Boletín Oficial del

Estado", sin que quepa formular el recurso

contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto

expresamente o se haya producido la desestimación

presunta del recurso de reposición interpuesto.

Madrid, 29 de octubre de 2002.-El Ingeniero Jefe,

José Ramón Paramio Fernández.-49.162.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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