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Documento BOE-B-2003-101040

Resolución del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife por la que se otorga concesión administrativa a la entidad Importadora Petrolífera de Canarias, S. Coop. (IMPECAN).

Publicado en:
«BOE» núm. 101, de 28 de abril de 2003, páginas 3392 a 3392 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2003-101040

TEXTO

En la sesión celebrada por el Consejo de

Administración de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz

de Tenerife, en fecha 20 de febrero de 2003, se

acordó adjudicar, una vez aceptadas las condiciones,

concesión administrativa a la entidad Importadora

Petrolífera de Canarias, S. Coop. (Impecan) para

la instalación de una planta de recepción y

distribución de combustibles petrolíferos en la Dársena

Pesquera del Puerto de Santa Cruz de Tenerife,

por un plazo de quince (15) años, prorrogables por

un período de diez (10) años y, una vez vencido

este plazo, por otro período de cinco (5) años, hasta

un máximo de treinta (30) años y con un canon

anual por ocupación de superficie de veintitres mil

ochocientos veintidos euros con sesenta y cuatro

céntimos/año (23.822,64 euros/año) y con estricta

sujeción a las demás condiciones establecidas en el

Pliego correspondiente.

Asimismo, abonará un canon anual por el

desarrollo de actividades industriales de siete mil

novecientos cuarenta euros con ochenta y ocho

céntimos/año (7.940,88 euros/año).

Lo que se comunica a los correspondientes

efectos, significándoles que contra el presente acuerdo,

que pone fin a la vía administrativa, se podrá

interponer con carácter potestativo bien recurso de

reposición ante el Consejo de Administración de la

Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife en el

plazo de un (1) mes, contado a partir del día

siguiente al de la publicación del presente acuerdo en el

Boletín Oficial del Estado, de conformidad con lo

prevenido en el artículo 116.1 de la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, o bien recurso

contencioso-administrativo ante la Sala del Tribunal

Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos

meses, contados a partir del día siguiente al de la

publicación del presente acuerdo en el Boletín

Oficial del Estado, de conformidad con lo establecido

en el artículo 8.3 en relación con el artículo 10.1.j)

de la Ley de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa.

Interpuesto el recurso de reposición, no podrán

interponer recurso contencioso-administrativo hasta

que aquél sea resuelto expresamente o se haya

producido la desestimación presunta, de conformidad

con lo dispuesto en el artículo 116.2 de la Ley

de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Santa Cruz de Tenerife, 21 de marzo de 2003.-El

Presidente, Luis Suárez Trenor.-&15.387.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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