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Documento BOE-B-2003-110027

Anuncio de concesión de la sección internacional, entre Figueras y Perpiñán, de la línea ferroviaria de alta velocidad entre España y Francia.

Publicado en:
«BOE» núm. 110, de 8 de mayo de 2003, páginas 3658 a 3658 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - A. Subastas y concursos de obras y servicios
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2003-110027

TEXTO

1. Entidad adjudicadora:

a) Reino de España, Ministerio de Fomento,

Dirección General de Ferrocarriles, plaza de los

Sagrados Corazones, 7, 28036 Madrid, (España).

Teléfono 91 597 99 24. Fax 91 597 93 42.

b) República Francesa, Ministère de

l'équipement, des transports, du logement, du tourisme et

de la mer, Direction des transports terrestres, Arche

de La Défense, 92055 La Défense Cedex 04,

(Francia).

2. Lugar de ejecución:

a) España: Comunidad Autónoma de Cataluña.

b) Francia: Département des

Pyrénées-Orientales.

3. Descripción de la concesión:

La concesión supone el proyecto, construcción,

conservación y explotación, a riesgo y ventura del

concesionario, de una nueva línea de alta velocidad,

con doble vía de ancho europeo, entre Figueras

y Perpiñán para el tráfico de pasajeros y mercancías.

El objeto de la concesión comprende la

construcción de un tramo ferroviario de 45,5 kilómetros

aproximadamente (24,6 kilómetros en Francia y

20,9 kilómetros en España), incluyendo el túnel

bitubo de Perthus de una longitud aproximada asimismo

de 8,2 kilómetros.

4. Fecha límite de recepción de candidaturas:

Hasta las doce horas del día 18 de junio de 2003.

5. Condiciones de participación:

a) Informaciones sobre la situación relativa al

contratista e informaciones y formalidades

necesarias para la evaluación de la capacidad mínima

económica y técnica que deben reunir los candidatos

seleccionados: Podrá ser candidato toda empresa

o grupo de empresas que actúen solidariamente.

Los candidatos respeterán el Derecho Comunitario

en materia de competencia. La documentación para

la candidatura incluirá una solicitud de candidatura

firmada por un representante con poder para

comprometer a la empresa o grupo de empresas

candidatas. La solicitud de candidatura se acompañará

de cuantas informaciones definan al candidato y

en especial de aquellas que correspondan a su forma

jurídica.

b) Situación jurídica, documentos que deben

aportarse: Las empresas que presenten una

candidatura agrupada designarán entre sus miembros un

mandatario único para representarles y acreditarán

la habilitación dada al efecto por cada uno de los

miembros de la agrupación a su mandatario. El

mandatario estará representado por una persona física

debidamente habilitada.

c) Capacidad económica y financiera,

documentos que deben aportarse: La documentación de la

candidatura incluirá las referencias previstas en el

artículo 26.1.a), b) y c) de la Directiva 93/37/CEE,

de 14 de junio de 1993, así como la naturaleza

de los compromisos del candidato en proyectos

realizados o en curso de realización.

d) Capacidad técnica, documentos que deben

aportarse: La documentación de la candidatura

incluirá las referencias del candidato previstas en

el artículo 27.1.b), c), d) y e) de la Directiva

93/37/CEE, de 14 de junio de 1993.

6. Criterios de adjudicación.

Cuantía de las ayudas públicas que se solicitan.

Adecuación de las características técnicas

propuestas en orden a asegurar el respeto al conjunto

de las obligaciones del concesionario establecidas

en la documentación de consulta, como: seguridad,

calidad de la explotación, respeto a los plazos de

construcción, inserción medioambiental,

mantenimiento, durabilidad.

Solidez de la financiación y coherencia de la

política tarifaria.

7. Información adicional: Las candidaturas

deberán presentarse necesariamente en español y

francés. La Comisión Intergubernamental prevista

por el Acuerdo de Madrid de 10 de octubre de

1995 es la encargada de tramitar el procedimiento

de adjudicación de la concesión iniciado por las

autoridades mencionadas, tal como se indica en el

apartado 1, a efectos especialmente mencionadas,

tal como se indica en el apartado 1, a efectos

especialmente del contenido de la Directiva

89/665/CEE, de 21 de diciembre de 1989.

Toda persona interesada puede solicitar

documentación con información complementaria en las

direcciones indicadas en el apartado 1.

8. Fecha de envío del anuncio al "Diario Oficial

de las Comunidades Europeas": 25 de abril de 2003.

Madrid, 29 de abril de 2003.-El Director general

de Ferrocarriles, Manuel Niño González.-18.512.

ANÁLISIS

Tipo:
Varios
Ámbito geográfico:
Cataluña, Internacional
Materias:
004 Construcción, 107 Movimiento de tierras y perforaciones, 109 Obras ferroviarias, 220 Gestión de inmuebles, instalaciones y actividades,
Observaciones:
Obras y gestión de servicios públicos.

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