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Documento BOE-B-2003-113022

BARCLAYS GARANTIZADO 5, FONDO DE INVERSIÓN MOBILIARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 113, de 12 de mayo de 2003, páginas 3755 a 3756 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2003-113022

TEXTO

En cumplimiento de las obligaciones de

información previstas en el artículo 10.4 del Reglamento

de la Ley 46/1984, de Instituciones de Inversión

Colectiva, "Barclays Fondos, Sociedad Anónima,

Sociedad Gestora de Instituciones de Inversión

Colectiva", como sociedad gestora y "Barclays Bank,

Sociedad Anónima", como entidad depositaria del

Fondo de Inversión Mobiliaria "Barclays

Garantizado 5, FIM", inscrito en el registro administrativo

de la "Comisión Nacional del Mercado de Valores"

con el número 877, hacen público, que se ha

producido el siguiente hecho relevante en la

mencionada Institución:

Como consecuencia del vencimiento el día 5 de

mayo de 2003, de la garantía asociada al fondo,

y del establecimiento de una nueva garantía de

rentabilidad para el período comprendido desde el 25

de junio de 2003 hasta el 27 de diciembre de 2006,

ambos inclusive, se han iniciado los trámites

necesarios para establecer una comisión del 3 por 100

a practicar en los reembolsos que se realicen desde

el 24 de junio de 2003 o desde la fecha en la que

el fondo alcance el volumen de 60 millones de euros

y durante todo el período garantizado. La comisión

de reembolso no será de aplicación en los días

siguientes:

15 de enero de 2004, 15 de julio de 2004, 17

de enero de 2005, 15 de julio de 2005, 16 de enero

de 2006 y 17 de julio de 2006.

Para poder ejercitar el reembolso en una de las

fechas anteriores sin aplicación de la comisión de

reembolso, la Sociedad Gestora exigirá el preaviso

de 3 días hábiles.

Las comisiones de suscripción y de reembolso

no se aplicarán durante el período que medie entre

la fecha de finalización de una garantía y la fecha

de inicio de la siguiente, ambas fechas inclusive,

de cada una de las garantías que, en su caso, se

establezcan.

El establecimiento de la comisión a practicar en

los reembolsos durante el nuevo período

garantizado, otorga el derecho de separación a los

partícipes en los términos previstos en al artículo 35.2

del Reglamento de Instituciones de Inversión

Colectiva.

Madrid, 26 de abril de 2003.-Barclays Fondos,

Sociedad Anónima, Sociedad Gestora de

Instituciones de Inversión Colectiva", sociedad gestora y

"Barclays Bank, Sociedad Anónima", entidad

depositaria del fondo.-Don Luis Rodríguez de la Flor,

Secretario del Consejo de "Barclays Fondos,

Sociedad Anónima, Sociedad Gestora de Instituciones

de Inversión Colectiva".-18.725.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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