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Documento BOE-B-2003-120121

Resolución de la Dirección General de Industria y Minería de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, por la que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa de ejecución, la declaración de utilidad pública del proyecto de instalación de "Gasificación de Cangas del Narcea y núcleos próximos (fase I) y polígono industrial de Tebongo (fase II)", y el estudio sobre evaluación preliminar de impacto ambiental presentado por Gas de Asturias, S. A.

Publicado en:
«BOE» núm. 120, de 20 de mayo de 2003, páginas 3978 a 3981 (4 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Referencia:
BOE-B-2003-120121

TEXTO

A los efectos previstos en el artículo 73.4 de la

Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de

Hidrocarburos, en relación con los artículos 17 de la Ley

de Expropiación Forzosa y 56 de su Reglamento

y el Decreto 38/1994, de 19 de mayo, por el que

se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos

Naturales del Principado de Asturias, se somete a

información pública el siguiente proyecto de

instalaciones:

Expediente: 89927/GAS-606.

Peticionario: Gas Asturias, S. A., con domicilio

en plaza de la Gesta, 2, 33007 Oviedo.

Objeto de la petición: Autorización administrativa

de ejecución y declaración de utilidad pública del

proyecto de las instalaciones correspondientes a la

gasificación de Cangas de Narcea y núcleos

próximos (fase I) y polígono industrial de Tebongo

(fase II), con los efectos previstos en los artículos 10,

11, 12 y 13 de la citada Ley de Expropiación

Forzosa.

Descripción de las instalaciones: El proyecto

consta de dos fases (I y II).

Fase I:

Construcción de una planta de recepción y

almacenamiento de Gas Natural Licuado (GNL), con

un depósito criogénico, y previsión de ampliación

de otro de 40 m3, evaporadores, un equipo

odorizante de THT, una estación de regulación y medida

(ERM) de 1.000 m3/h, una caldera de tres unidades

modulares para producción de agua caliente para

gasificación de la planta y equipo de puesta a presión

rápida. La planta se situará en la zona denominada

Retuertes, cerca de La Bubia.

El depósito de almacenamiento, inicialmente a

instalar, es de tipo horizontal, 158.685 litros de

capacidad geométrica (150.751 litros de capacidad útil),

a 5 bar de presión de salida del sistema.

Se prevé alimentar al núcleo de Cangas del Narcea

y otros (como el de Corias), además del polígono

de Tebongo, cuya instalación corresponde a la

fase II.

La alimentación con gas natural canalizado tiene

su origen en la planta de GNL, y está diseñada

para funcionar en alta presión A (APA), hasta una

presión máxima de operación de 10 bar. Discurre

por caminos y aceras públicos hasta el núcleo de

Cangas de Narcea, donde se construirán las

correspondientes redes de distribución, en disposición

mallada.

El alimentador será de material polietileno tipo

PE 100 de 200 mm de diámetro, SDR 11. La red

de distribución será mediante canalizaciones en PE

100 SDR 17,6 o PE 80 SDR11, diámetros 160,

119, 90 y 63 mm, para una presión de diseño 4 bar.

El alimentador tiene una longitud aproximada de

3.800 m y la red de distribución de unos 7.400 m.

Fase II:

Constituida por un alimentador de gas natural

al polígono industrial de Tebongo. Tiene como

origen el nudo de válvulas próximo a la planta de

GNL. La instalación se diseña para una presión

de alimentación en APA (presión máxima de

operación hasta 10 bar), siendo en la fase inicial la

presión de servicio hasta 4 bar (MPB).

El alimentador será construido en polietileno tipo

PE 100, diámetro 200 mm, SDR 11, partirá del

nudo de válvulas sito en La Bubia, y discurrirá por

pistas y caminos hasta el pueblo de El Puelo,

discurriendo por el Concejo de Tineo unos 600 metros.

En el polígono de Tebongo se conectará a la red

de distribución de polietileno del polígono formada

por canalización de PE 100 SDR 11, diámetro 200

mm y PE 80 SDR 11, con 16 acometidas para

el polígono industrial.

Presupuesto: 2.428.395,18 euros.

Afecciones a terrenos:

La afección a fincas particulares, derivadas de

la construcción de los gasoductos objeto de este

proyecto, se concreta de la siguiente forma:

Superficie a expropiar: Pleno dominio de los

terrenos sobre los elementos de instalación fija en

superficie.

Ocupación temporal: Es una necesidad derivada

de la ejecución de las obras, consistente en la

ocupación de una franja de 10 metros de ancho durante

el período que duren los trabajos. En esta área,

indicada en la relación que se adjunta, se hará

desaparecer, temporalmente, cualquier obstáculo que

entorpezca la construcción de la red de gas natural.

Servidumbres: Imposición de servidumbre

permanente de paso en una franja de 4 metros de ancho,

a lo largo de gasoducto, por donde discurran

enterradas las tuberías y otras instalaciones para la

conducción de gas, con las siguientes limitaciones:

Libre acceso del personal y equipos necesarios

para poder mantener, reparar y renovar las

instalaciones, con pago, en su caso, de los daños que

se ocasionen.

Prohibición de efectuar trabajos de arada o

similares a una profundidad superior a treinta

centímetros, así como a plantar árboles o arbustos a

una distancia inferior a dos metros a contar desde

el eje de la tubería.

Prohibición de efectuar cualquier tipo de obras

o efectuar acto alguno que pudiera dañar o perturbar

el buen funcionamiento de las instalaciones, a una

distancia inferior a cinco metros del eje del trazado

a uno y otro lado del mismo. Esta distancia podrá

reducirse siempre que se solicite expresamente y

se cumplan las condiciones que, en cada caso, fije

el órgano competente de la Administración.

Lo que se hace público para conocimiento general

y especialmente de los propietarios de terrenos y

demás titulares afectados por dicho proyecto, cuya

relación se inserta al final de este anuncio, para

que pueda ser examinado el expediente en la

Dirección General de Industria y Minería, sita en el

edificio administrativo de servicios múltiples, 4.a planta,

plaza de España, 5, en Oviedo, y presentar por

triplicado, en el Registro de Entrada de la Consejería

de Industria, Comercio y Turismo, las alegaciones

que estime oportunas en el plazo de veinte días,

a partir del siguiente al de la inserción de este

anuncio.

Asimismo, se concede un plazo de quince días

naturales, contados a partir de la misma fecha, para

la presentación de reclamaciones relativas a la

evaluación del estudio preliminar del impacto

ambiental, conforme a lo dispuesto en el Decreto 38/94,

de 19 de mayo, por el que se aprueba el Plan de

Ordenación de los Recursos Naturales del

Principado de Asturias.

Oviedo, 18 de febrero de 2003.-El Consejero

de Industria, Comercio y Turismo, P. D. Resolución

de 20-8-2001 (BOPA 24-8-2001), el Director

general de Industria y Minería, Luis María García

García.-18.868.

ANEXO (ver imágenes páginas 3980 y 3981).

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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