Se instruye por la Dirección General de Defensa
de la Competencia del Ministerio de Economía con
el número 2.410/02, expediente a instancia de la
"Asociación de Ferrallistas de la Provincia de
Pontevedra", solicitando autorización singular para la
creación y funcionamiento de un Registro de
Clientes Morosos;
Considerando que la Ley 16/1989, de 17 de julio,
de Defensa de la Competencia ("Boletín Oficial del
Estado" del 18), modificada por la Ley 52/1999,
de 28 de diciembre (Boletín Oficial del Estado del
29), contempla la facultad del Tribunal de Defensa
de la Competencia de autorizar los acuerdos a que
se refiere el artículo 3 de dicha disposición legal,
esta Dirección General, en cuanto órgano instructor
del expediente y conforme a lo previsto en el artículo
38.4 de la Ley 16/1989, ha acordado abrir un
período de información pública durante diez días hábiles,
a partir de la publicación de este aviso, según lo
preceptuado en el artículo 36.5 de la Ley 16/1989,
para que toda persona física o jurídica, sea o no
interesada, pueda aportar cualquier clase de
información y exponer cuantos datos estime significativos
acerca del objeto del referido expediente.
Madrid, 7 de enero de 2003.-El Director general
de Defensa de la Competencia, Fernando Jiménez
Latorre.-409.
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