Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades
Profesionales de la Seguridad Social número 151
Por acuerdo de la Junta Directiva se convoca
a todos sus mutualistas asociados, convenientemente
acreditados, a la Junta General ordinaria de la
entidad, que se celebrará el próximo 26 de junio de
2003, en el Centro de Prevención y Rehabilitación
sito en Sant Cugat del Vallés (Barcelona), Avenida
Alcalde Barnils s/n, a las doce horas en primera
convocatoria, y una hora mas tarde en segunda,
conforme al siguiente
Orden del día
Primero.-Examen y aprobación, en su caso, de
las cuentas anuales del ejercicio 2002, y distribución
del excedente obtenido.
Segundo.-Examen y aprobación, en su caso, del
anteproyecto de presupuestos del ejercicio 2004.
Tercero.-Información sobre la auditoría del
ejercicio 2002.
Cuarto.-Nombramiento, reelección y/o
ratificación de miembros de la Junta Directiva y Comisión
Permanente.
Quinto.-Comisión de Prestaciones Especiales.
Sexto.-Ratificación de los acuerdos adoptados
por la Junta Directiva, la Comisión Permanente y
aprobación de la gestión de los órganos rectores.
Séptimo.-Delegaciones y apoderamientos a los
efectos procedentes.
Las condiciones aplicables para acreditar la
asistencia, representación y voto son las recogidas en
el Título II, Capítulo V, Sección 1.a de los vigentes
Estatutos y conforme a lo establecido en el artículo
21 de los citados Estatutos, previo acuerdo adoptado
por la Junta Directiva el día 27 de mayo, el asociado
que desee asistir a la celebración de la Junta General
tiene a su disposición, en cualquiera de los centros
asistenciales /oficinas de la Mutua, el documento
a cumplimentar para acreditarse ante la Secretaría
de la Junta. Este documento podrá retirarse hasta
cinco días anteriores a la celebración de la Junta
General.
La representación podrá otorgarse a favor de otra
empresa asociada y deberá formalizarse por escrito
firmado por el empresario asociado, su
representante o apoderado con facultades suficientes,
especificándose la convocatoria de que se trate y las
instrucciones para el ejercicio del derecho de voto.
La personalidad de las personas físicas, ya actúen
en su nombre o en virtud de representación, se
acreditará mediante la exhibición del documento
nacional de identidad o, en el supuesto de
extranjeros, del de residencia o pasaporte.
Para hacer uso del derecho de voto el mutualista
deberá hallarse al corriente en el cumplimiento de
sus obligaciones sociales.
Barcelona, a, 27 de mayo de 2003.-El Presidente
Leopoldo Rodes Castañe.-25.725.
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